Santa Fe anunció bonificaciones para el personal que atiende la emergencia tal cual APROPOL y UTRAPOL lo reclamamos ademas de otras medidas que recien comienzan a cristalizarse. SERÁ MIENTRAS DURE LA EMERGENCIA QUE ESTABLECE EL DNU N° 297/20.
A través de un mensaje televisivo el ministro de Gestión Pública detalló la medida. Serán 3 mil pesos para policías, personal hospitalario, asistentes de comedores escolares y profesionales de la sanidad.
Sumando a las medidas tomadas hasta el momento por el gobierno provincial para prevenir y actuar frente el avance del Coronavirus, el ministro de Gestión Pública Rubén Michlig anunció una bonificación especial que recibirán, con los sueldos de marzo todo aquel personal que está abocado a la emergencia sanitaria.
Estos agentes recibirán un bono de 3 mil pesos, y comprende al personal policial y del servicio penitenciario, asistentes de comedores escolares, profesionales de la sanidad y personal hospitalario.
Además, el funcionario precisó que "se dispuso un incremento del 30% a todos aquellos los profesionales médicos que revisten en carácter de monotributistas en los distintos efectores de salud de la provincia".
En tanto, se conoció el decreto de adhesión de la provincia al decreto nacional anunciado por el presidente Alberto Fernández este jueves a la noche cuando determinó la cuarentena obligatoria.
Los puntos del decreto
En uno de los artículos, Perotti declara asueto administrativo al personal de la Administración Central dependiente del Poder Ejecutivo, Organismos Descentralizados, Entes Autárquicos e Instituciones de la Seguridad Social, Empresas y Sociedades del Estado Provincial, los días 25, 26, 27 y 30 de marzo de 2020.
Asimismo, aclara que quedan justificadas las inasistencias en las que incurriera el personal en el día de la fecha, con motivo de las restricciones a la circulación dispuestas por el DNU N°
297/20.
EL Artículo 6 expresa que “Durante el período de vigencia de las medidas dispuestas por el DNU N° 297/20 y mientras subsista la situación de emergencia, se consideran críticas y esenciales las siguientes funciones y cometidos administrativos":
a) Las que se encuentran a cargo de los organismos dependientes de los Ministerios de Salud y Seguridad;
b) Las que se encuentran a cargo de los organismos dependientes del Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad en materia penitenciaria y de protección civil;
c) Las que se encuentran a cargo de organismos dependientes del Ministerio de Gestión Pública relacionadas con el sistema informático provincial y la conectividad del sector público;
d) Los servicios de comedores escolares y copa de leche de los establecimientos educativos de todos los niveles y modalidades dependientes del Ministerio de Educación de la Provincia; y los servicios sociales críticos, programas alimentarios y de adultos mayores dependientes del Ministerio de Desarrollo Social;
e) Los servicios de la Secretaría de Estado de Igualdad y Género correspondientes al Sistema de Protección Integral de Víctimas de Violencia de Género y la atención de mujeres y diversidades en situación de vulnerabilidad, y los dependientes del Ministerio de Desarrollo Social vinculados al sistema de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes;
f) Las áreas del Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (IAPOS) directamente vinculadas a la atención prestacional de los aftliados;
g) Las Empresas y Sociedades del Estado provincíal que tengan a su cargo la prestación de servicios públicos esenciales y sus entes de control;
h) Los servicios administrativos necesarios para liquidación de haberes y adquisición de bienes y servicios esenciales en el marco de la emergencia pública declarada;
i) Personal que cumple funciones esenciales a los fines de garantizar la continuidad de las obras públicas;
j) Las Autoridades Superiores, quienes deberán reprogramar su agenda de audiencias y actividades, ajustándola a lo estrictamente necesario para atender la situación de emergencia pública declarada.
Fuente consultada: LT10
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