9 febrero, 2021

CONSULTA: ¿Me pueden obligar a conducir vehículos oficiales sin licencia?

Se multiplican los casos en que personal policial es “obligado” a conducir vehículos oficiales sin tener la autorización correspondiente y la licencia de conducir. APROPOL ADVIERTE DE LOS POTENCIALES RIESGOS.

 Por Marcos Anglada

La reglamentación es clara y no se debe conducir ningún vehículo (menos aun un móvil oficial) sin cumplir los requisitos establecidos para ello. Por lo tanto el personal debe saber que en la hipotética situación de un accidente de transito el que deberá enfrentar toda la responsabilidad es quien conduce en esas circunstancias y no podrá alegar para desprenderse de esas responsabilidad penal y civil por los daños causados.

Quien sea obligado a desarrollar sus tareas laborales en esas condiciones debe denunciarlo inmediatamente y debe negarse a cumplir esa orden que es ilegal. Puede recurrir a las autoridades de la Agencia de Control Policial (ACP) y en caso de considerarlo dentro de las causales de la Ley de Violencia Laboral Nº 12434/05 que establece en su articulo 7mo que la denuncia “…El/la trabajador/a víctima de violencia laboral podrá optar por denunciar el hecho ante su mismo empleador o ante la Defensoría del Pueblo de la Provincia….”. APROPOL recomienda hacerlo obviamente ante la defensoría.

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