18 enero, 2022

LISTAS NEGRAS: cinco policías menos en el barrio de Perotti

Se trata de cinco camaradas que no poseen “Pase Sanitario” por falta de vacunación y fueron pasados a la situación irregular de “teletrabajo”.

Por Miguel Zalazar

Esto ocurrió ayer en la Comisaria 15ta de la Unidad Regional V – Castellanos, en la misma ciudad donde reside el propio gobernador de la provincia que ahora tiene menos seguridad por un capricho de su Jefe de Policía y su Ministro de Seguridad.

En estas operaciones de prensa con medidas y contra medidas, la ultima orden se dio en la Circular General 006/2022 proveniente del Departamento Personal D-1 que decía:

“TEXTO: Departamento Personal (D.1) Nº: 006/2022. Por orden de la Señora Jefa de Policía de la Provincia, Directora General de Policía Licenciada Emilce Marcela Chimenti, para conocimiento y estricto cumplimiento del personal a su cargo según distribuidor adjunto, en el marco de la situación de contagios y aislamientos preventivos por la pandemia de Covid-19, y en referencia a la Resolución JPP Nro. 001/22, de fecha 08/01/2022, comunicada en Circular General D.P. (D.1) Nro. 002/22 y ampliatorias se dispone:

• Ordenar a las distintas dependencias policiales que deberán proceder, a partir de la recepción de la presente, al retiro del arma reglamentaria y chaleco balístico provistos y su posterior envío la División Logística correspondiente, conforme al procedimiento en vigencia, con más la asignación de teletrabajo a dicho personal subordinado y a los pertenecientes a cualquiera de los Escalafones y Sub Escalafones policiales, que no posean ninguna dosis del esquema de vacunación contra la Covid-19 o quienes hayan manifestado no desear vacunarse, sea cual fuere su motivo, en pos de la preservación y protección de la salud de dichos empleados y ciudadanos en general.

• Los superiores inmediatos de los agentes que se trate para disponer el reintegro laboral, con o sin provisión de arma reglamentaria, según el caso, del personal policial cuyas circunstancias se modifiquen en el futuro, ello por contar con esquema de vacunación completa con más catorce (14) días desde la aplicación de la segunda dosis, excepto que se encuentre encuadrado en el artículo 3°, incisos V y VI de la Resolución N° 627/2020 del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN, deberán dar intervención previa al servicio de SANIDAD POLICIAL y de procederse al reintegro laboral, se informará a la División Personal y ésta al Departamento Personal (D.1).

• Toda novedad que surja relacionada con las directivas antes mencionadas, las Divisiones Personal de cada unidad policial deberán dar conocimiento a la Habilitación correspondiente, como así también a las Divisiones Operaciones de las UU.RR. y/o DD.GG., Departamento Personal D.1, Departamento Operaciones Policiales D.3 y Departamento Judicial D.5 si correspondiere. Otorgar al presente trámite, carácter de PREFERENCIAL Y URGENTE DESPACHO.-”

Como se vera el relato cae ante la realidad, pero ya es tarde. El daño esta hecho.

AMPLIAREMOS

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