Se rubrico por parte del Dr. Sergio Alejandro Bustos, (Comisionado de la Asociación Internacional Cristiana Promotora de Derechos Humanos) y el Lic. Luís Alberto Miranda, Secretario General de la Federación Argentina de Sindicatos Policiales y Penitenciarios (FASIPP), refrendado por el Secretario Hugo Faustino Aillón.
En la fecha han firmado un Convenio de Cooperación Mutua y de servicio de asesoría jurídica a título gratuito, en el cual se comprometen, en líneas generales en velar por la plena vigencia de los Derechos Humanos de los policías y penitenciarios de todo el país.
Sobre cuestiones como un salario digno, justo y equitativo que permita al policía y a su familia un nivel de vida digno, teniendo en cuenta los peligros, responsabilidades y situaciones de estrés a las que se ve enfrentado por su accionar cotidiano, así como la capacidad técnica que su profesión le exige; condiciones óptimas de seguridad e higiene en el trabajo; un régimen de descanso y vacaciones proporcionales al desgaste que implica su labor en permanente estrés; deber de cumplimiento de órdenes superiores sólo si estas son legales y, en caso contrario, el derecho a oponerse a ellas, no pudiéndose aplicar medida penal o disciplinaria alguna al funcionario que rehusa una orden ilegal o violatoria de derechos humanos; recibir, de modo permanente, la formación adecuada al cumplimiento de sus funciones, estableciendo una carrera policial que sea el soporte académico – profesional de la transformación cultural; educación, capacitación y formación operativa permanente en derechos humanos, exhaustiva en materia de evaluación táctica del peligro, de modo que puedan determinar en cada situación si el uso de la fuerza, incluida la fuerza letal, es proporcionada, necesaria y lícita; que plasme sus derechos como trabajadores de percibir “igual salario por igual trabajo” (Art 14 Bis CN); por el reconocimiento de las prestaciones a cargo de las ART y obras sociales por casos de enfermedades, secuelas y fallecimientos por Covid-19 en actos de servicio, etc; y fundamental mente se comprometen a agotar las instancias y estrategias que les permitan el “Derecho a la Sindicalización”.
Existen numerosas experiencias válidas en el derecho comparado de sindicalización de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, tales los casos de Israel, Holanda, Estados Unidos, Canadá e Inglaterra.
Lo mismo sucede en países como Uruguay, Brasileño (solo a la Policía Federal), Suecia, España, Francia, Portugal, Malta, Irlanda, Italia, Grecia, Alemania, Bélgica, Chipre, Hungría, Polonia, Bulgaria, y República Checa, etc y en general en toda la Unión Europea, que habilitaron a los trabajadores de sus fuerzas de seguridad a ejercer libremente «el derecho de sindicalización», atento la naturaleza que el mismo reviste jerarquía constitucional, y es reconocido además en diferentes Tratados Internacionales, que les permita usufructuar de los derechos que otorga la democracia a todos los trabajadores.
Salta, 2 de febrero de 2022.-
Fuente: FASIPP Noticias
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