Personal “traspasado” ilegal y arbitrariamente desde la PFA a la Policia de la Ciudad vienen desarrollando una intensa batalla gremial para que los restituyan a sus lugares de trabajo. Recientemente presentaron un Recurso de Amparo ante la justicia.
Por el Dr Sergio Ariazu (*)
El Estado Nacional, en cuanto su condición de empleador, dispuso un cambio de estado jurídico del personal de la Policía Federal Argentina, violando expresas garantías consagradas en la Constitución Nacional -cambio de empleo que quiere ser dispuesto por Decreto-, el cual es manifiestamente arbitrario e inconstitucional, perdiéndose así por imperio del órgano administrativo el derecho de la estabilidad del empleado público en el orden federal.
El acto atacado, por resultar graves los vicios que en forma patente y notoria lo tornan nulo de nulidad absoluta e inadmisible, siendo totalmente ilegitimo e irregular, tornándose procedente su tratamiento. Según surge la norma impugnada, el Estado Nacional ha dictado un decreto con un alcance general que restringe y limita el derecho de propiedad contemplado en la Constitución Nacional.
Resulta pues intolerable la intervención del aparato estatal al realizar un cambio de status quo en la relación de empleado público Nacional a uno Municipal, desde todo punto de vista técnico legal, de manera que el acto administrativo que así se constituye adolece en sus elementos “causa y finalidad”.
Es así que son enumeradas diversas causas determinantes de la emisión de la norma agraviante, las que no poseen el menor sustento fáctico frente a la realidad práctica del sentido, ya que es aplicada solamente al personal que se halla dentro del área metropolitana.
Ahora como consecuencia de la Resolución Administrativa, se determinó que debía pasar a revistar en la Policía de la ciudad, sometiéndose así al personal a una situación de discriminación, con relación al resto del personal policial con Estado Federal, hecho éste que –de por sí- torna aún más flagrante la situación creada por el Estado Nacional.
RESUMEN RECURSO
“…. Por medio de la presente viene a PRESENTAR DENUNCIA INCONSTITUCIONALIDAD E INAPLICABILIDAD DEL ARTICULO 2º DE LA LEY 27606, y SOLICITAR CONSTANCIA DEL ESTADO DE REVISTA EN LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, en los términos Art. 2, 5, 14, 17,33, 43, 75 Inc. 22 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL (artículos concordantes de los instrumentos internacionales sobre Derechos Humanos), de la Constitución Nacional; Art. 8, 25, 28 y cc. de la Convención Americana de Derechos Humanos - Pacto de San 2 José de Costa Rica (ley 23.054); y la ley 21965 y su dec. Reglamentario, 1866/83 en lo que respecta a la publicidad de los actos de gobierno, a fin de que aclare la situación laboral del actor, personal de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINAS que cumplen en la actualidad funciones en COMISIÓN en la POLICÍA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.
Por ello, solicita se aclare la situación de revista, en la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, conforme a lo normado en la Ley 21965, LEY ORGÁNICA DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, prescriptos en los art. 47,48 49 y sig. de dicha norma.
Se funda el presente en el derecho de acceso a la información pública reconocido como parte indispensable de la forma republicana y democrática de gobierno por los artículos 1, 14, 33 y 75 inc. 22 de la CN, art. 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, art. 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y jurisprudencia concordante de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ("Asociación Derechos Civiles c/ EN – PAMI S/ AMPARO LEY 16.986" y el ya citado "CIPPEC c/ Estado Nacional - Ministerio de Desarrollo Social - dto. 1172/03 s/ amparo ley 16.986", entre otros).
El presente pedido se realiza dado la actual situación laboral de angustia e incertidumbre que atraviesan, y lo llena de confusión respecto a su futuro laboral. Además de las manifestaciones públicas, del Señor Presidente dela Nación, DR. ALBERTO FERNÁNDEZ, quien refirió que los policías federales que trabajan en la Ciudad de Buenos Aires, seguirán cobrando su haberes, a pesar de haberse reducido la cuota de coparticipación a través del Decreto 735/2020, publicado en el BO."
Esto es un resumen de lo planteado ante la Corte estamos realizando un vídeo que resuman estos 7 años de la lucha del traspaso con todo los perjuicios ovacionados y para que podamos difundir la verdad de todo que fue un gran negocio porque la Corte solo hablo de plata y el personal transferido paso a ser los invisibles y descartados cómo personas. Azules por Siempre.
Plantean inconstitucionalidad del traspaso de la PFA a la órbita de la ciudad by Apropol Santa Fe on Scribd
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(*) Directivo de la Agrupación Azules Por Siempre PFA. Abogado patrocinante de los camaradas afectados
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