10 junio, 2023

CASO CASCO: La defensa del jefe de la comisaría dice que no se probó la tortura ni la muerte violenta

Aduce que no hubo desaparición forzada y que la fiscalía cambia la teoría del caso cuando queda refutada en pruebas. Pidieron la nulidad del juicio por eso.

Las defensas del jefe de la comisaría 7ª Diego Alvarez, que estaba a cargo cuando fue detenido Franco Casco en 2014, iniciaron sus alegatos este viernes afirmando que no existe ninguna evidencia volcada en el juicio de que hubiera existido detención ilegal y que todo el proceso se basa en conjeturas no probadas, la más relevante la que señala que el chico de 21 años murió por causas violentas. Por ese motivo arrancaron solicitando se declare nulo el juicio, por basarse en una hipótesis carente de prueba, y que se absuelva a los acusados.

“Toda la facticidad de esta detención ilegal por la que se está pidiendo perpetua se basa en una fecha incierta”, dijo Rodrigo Mazzuchini, defensor de Alvarez, a quien la fiscalía y las querellas solicitan la aplicación de prisión perpetua por muerte seguida de desaparición forzada del joven.

“No tenemos un solo testigo de la detención en nueve años, no recabaron cámaras, no hay nada que permita suponer que Franco Casco fue detenido el 6 de octubre, como sostiene la acusación”, dijo Mazzuchini, al comenzar una de las intervenciones de las más esperadas en el juicio del controvertido caso.

Mazzuchini afirmó que la imposibilidad de imponer pena se basa en lo indemostrable, a su criterio, de lo que la fiscalía sostiene que pasó. Adujo que no hay ninguna prueba de muerte violenta, que no hubo desaparición forzada, que no hay evidencia de tortura, que en la comisaría atendieron a tiempo los planteos de fiscales y las consultas de la familia, que la propia seccional documentó la presencia del joven allí. “No se sustrajo a Franco Casco de la protección de la ley y de su amparo. Sus familiares pudieron tramitar ante el Estado y obtener respuestas”, estableció.

“Diego José Alvarez declaró ocho veces, tres en la instrucción y cinco en este juicio”, sostuvo el defensor particular. “Nunca se negó a contestar preguntas. No tiene antecedentes penales. Es un trabajador como funcionario público que seguramente obró con ingenuidad. Se prestó siempre a responder todas las preguntas porque creyó que a sus acusadores los iba a convencer en su buena fe. Fue ingenuo porque con eso no se convence a personas ya convencidas por sus conjeturas previas o por su ideología. Nunca pudo Alvarez defenderse en juicio. A medida que iba probando con circunstancias lo que se hizo se iba ampliando el marco factual para seguir acusándolo. Si la detención de Casco no fue en Ovidio Lagos y Guemes, entonces fue en Cafferata y algo. Por eso se violó su defensa en juicio”.

“Estamos ante un pedido de prisión perpetua. Recalco. ¿Ante este tribunal alguien de los acusadores pudo definir dónde se detuvo a Franco Casco? No pudieron. Es lo que deben hacer. ¿Alguna vez se pudo precisar una hora? No pudieron. ¿Pudo alguno de los acusadores definir cómo ocurrió el hecho? ¿Pudieron decir ‘Vino Diego Alvarez, Contino, Juan Perez…’? No porque no lo saben. Están pidiendo perpetua y no conocen el hecho típico. Dicen puede haber sido Díaz y Alvarez con personal sin identificar. Esto es nulo absolutamente”, afirmó el defensor.

Mazzuchini abundó en que no puede el tribunal oral a cargo del juicio ordenar revisar nueve años después si alguien vio a Casco o no vio a Casco. Declarar que fue insustancial lo que hicieron los acusadores. “No puede el Tribunal sino declarar la nulidad del proceso y absolver”.

Subrayó que habrá atribución de responsabilidad internacional en este caso si hay condenas como piden fiscalía y querella. “La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ya está al tanto de este caso. Puede haber responsabilidad si no se observa lo que señaló esta defensa. Le mandaron una nota a (el ex canciller argentino) Felipe Sola para que presente una respuesta sobre este tema. Y El Estado argentino se va a encontrar en graves problemas con una condena. Va a tener que defenderse de que el Estado Argentino generó el agravio. ¿De qué murió este joven? Las juntas médicas dicen causa de muerte indeterminada. Imaginen que un juez dice seguramente un perito que opinó en contra. La perito Virginia Creimer firmó de conformidad la causa de muerte indeterminada. Y ante la pregunta del defensor (Martín) Gesino dijo que las cinco horas que habló fueron sobre cuestiones generales”.

También cuestionó el letrado la introducción de la figura de desaparición forzada. “¿Qué nos dicen? Que las autoridades fraguaron documentos para hacer ver que la detención había sido el 7 de octubre de 2014. En la imputación cometieron un error técnico. Tienen una confusión mussoliniana entre lo que es el Estado Argentino y lo que es un funcionario público. ¿Alguien piensa que Antonio Bonfatti, que no goza de mi simpatía política, o Cristina Fernández de Kirchner encabezó ese plan criminal? ¿Alguien piensa que dieron libertad para hacer cacerías en la zona de la terminal? ¿Lo hizo el comisario Alvarez? Hay una confusión entre funcionario publico y Estado santafesino o argentino. La confusión es con las desapariciones forzadas sistemàticas en los 70 en los Estados latinoamericanos. Detrás de aquello no estaba entonces el comisario de la 7º. Estaba el Estado Argentino. En otras palabras, estaban Videla, Massera, Agosti. Acá no hay plan sistemático ni actuación estatal”.

El abogado planteó que “acá si se pudo acudir a la Justicia, hacer un hábeas corpus, que es lo que pasa ahora, no estamos ante el delito de desaparición forzada. Para eso necesitamos un plan estatal. No hay plan sistemático ni la imposibilidad de iniciar un recurso legal como para sostener que hubo desaparición forzada. En todo momento hubo personal policial que declaró que Casco había sido detenido. Acá se hizo un hábeas corpus. Vino a declarar Ramón Casco y lo atendió Alvarez. El Servicio Público de Defensa provincial y la secretaría de Derechos Humanos intervinieron. No hubo una persona privada de la protección de la ley. No existió la aquiescencia del Estado en una desaparición. No se sustrajo a Franco Casco de la protección de la ley y de su amparo. Sus familiares pudieron tramitar ante el Estado y obtener respuestas”.

También sostuvo que ninguna pericia forense probó que que Franco Casco hubiera sufrido golpes. “Vinieron diez médicos al juicio. Salvo la doctora Creimer ninguno pudo hablar de eso. Descartemos lo que se hizo en Rosario. Los antropólogos no encontraron ningún hueso roto. No detectaron nada. Nadie da entre los médicos elementos para sostener que hubo golpes. El sufrimiento físico supuesto no pudo ser peritado. No sirve la indignación retórica para decir que uno tiene la verdad. Que hayan mencionado que los presos hablaron de gritos es un infantilismo. NIngún médico firmó que haya sido torturado. Se habló de causa de muerte indeterminada".

Fue especialmente crítico con la perito forense de Buenos Aires Virginia Creimer. “Es tan importante la doctora Creimer. La misma profesional que firmó causa de muerte indeterminada vino acá y habló cinco horas. Hizo un show, una ficción literaria. Dijo que lo habían tirado (al río Paraná) muerto. Pero antes dijo que lo habían tirado vivo”. Agregó que el dictamen de la muerte de Casco por causa indeterminada “fue firmada por peritos y ninguno en discordancia”. Pero que Creimer señaló con posterioridad en el juicio, según el defensor contra su propia firma en el dictamen, que murió por asfixia y que no murió ahogado.

Fuente: La Capital

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