En el mes de septiembre el Poder Ejecutivo a través del Decreto 2045, resolvió a favor un recurso de una empleada policial que por haber estado con licencia por maternidad había sido inhabilitada para realizar un curso de perfeccionamiento en el Instituto de Seguridad Pública (I.Se.P.) hace dos años atrás.
Si bien, antes de este decisorio del Gobernador, una resolución ministerial determinó que Instituto de Seguridad Publia (I.Se.P.) reconociendo los derechos de la mujer, admitía que con licencia por maternidad pudiese hacerse cursos de perfeccionamiento; con la salvedad de aquellas que por diferentes motivos deban cuidar a una persona en gestación, (embarazadas), que debían concluir con materias específicas una vez desaparecida esa situación.
Pero, el decreto en cuestión, no solo resolvió atendiendo a los derechos de la mujer; sino que disparó dos situaciones que seguramente serán de un debate a futuro; y que requerirían de una posición de fondo.
Jurado Ad-Hoc
El Decreto 2045 del pasado 8 de septiembre, para el caso del planteo de la Subispector V.A.P., no solo le reconoce su derecho a la realización del curso de capacitación, sino que, ordena la conformación de una junta Ad Hoc parar que se analice la posibilidad de su ascenso al grado inmediato superior con la retroactividad que corresponda conforme a cuando debió ser considerada.
Esto genera un disparador, para otros casos similares, donde la Jefatura de Policía ya deberá prever esto, y quizás habría que analizar una especie de juntas ac hot, casi permanentes, atendiendo a la cantidad de personal policial que puede estar licenciado con lesiones profesionales, o en los casos de la mujer en proceso de maternidad o post parto.
Esto requiere de un análisis muy pormenorizado de la legislación vigente, donde hoy hay un vacío que visualiza el decreto del Poder Ejecutivo.
Personal lesionado en acto de servicio
También, lo que sale a la luz con el tema de la exclusión parcial de policías licenciados por lesiones profesionales o mujeres en estado de embarazos o post parto; es qué se hace con casos mas graves; por ejemplo mencionemos lo ocurrido en el mes de mayo en Rosario con el suboficial Gabriel Sanabria, que estuvo al borde de la muerte por los impactos de bala que recibió en su cuerpo.
A Sanabria, hoy en San Javier, recuperándose, le dieron un ascenso extraordinario, esta en servicio efectivo; pero sigue siendo de seguridad; la pregunta es, como sigue la carrera de Sanabria que no puede hace ninguna actividad física de las que demanda un curso de perfeccionamiento en el I.Se.P.
Que ha hecho o piensa hacer el ministerio en casos como los de Gabriel Sanabria, que son muchos; hay hombres y mujeres de la fuerza que siguen con lesiones profesionales; algunos esperan ser cambiados de escalafon para poder seguir con la carrera; o bien que se busque una salida para que puedan seguir creciendo dentro del espacio policial que les toque.
El Decreto de Perotti, para un caso puntual, en el puntal para buscar soluciones de fondo para policías que no pueden hipotecar sus carreras por falta de practicidad legal.
Fuente: UTRAPOL Noticias
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