24 marzo, 2024

CHACO: Policías detenidos en una causa armada recuperan la libertad

Los uniformados que se encontraban detenidos en la Causa Bravo que se investiga en Charata recuperaron su libertad, quedo en evidencia que dicha causa fue una causa armada.

 

Los camaradas Alexis Jesús Fleita Noguera, Enzo Matías Gómez, Franco Daniel Sosa y Carlos Agustín Diaz recuperaron la libertad por orden judicial luego de atravesar dos años de prisión preventiva. Se vencieron los plazos y ya no pudieron seguir sometiéndolos a ese escarnio.

 

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La Cámara en lo Criminal de la Cuarta Circunscripción con sede en Charata resolvió que los cuatros policías imputados por la muerte del joven sean liberados. El jefe de la Policía del Chaco, adelantó a este medio que se esperan los pasos administrativos para que proximamente retomen en sus funciones.

 

 

Por unanimidad, la Cámara en lo Criminal de la cuarta Circunscripción Judicial con sede en Charata dispuso este viernes el cese de la prisión preventiva de Alexis Jesús Fleitas Noguera, Enzo Matías Gómez, Franco Daniel Sosa y Carlos Agustín Díaz , no haciendo lugar a la prórroga solicitada por la parte acusadora, y ordenando así la inmediata libertad de los cuatro imputados. 

Los policías Alexis Fleitas, Franco Sosa, Agustín Díaz y Enzo Gómez, imputados por la muerte de Leonardo Bravo llegarán a juicio en libertad.
Por la causa caratulada como ‘tortura seguida de muerte y falsedad ideológica‘ por la que murió Leandro Bravo, están imputados los cuatro policías, quienes ahora llegarán al juicio -cuyo inicio será en los próximos meses- en libertad.

La resolución N° 180 lleva las firmas de los camaristas Sergio Benito, Lorena Címbaro Canella y Juan Carlos Clauter, y establece que quienes fueron beneficiados con la medida deberán "cumplir con las exigencias previstas en el artículo 275 del Código Procesal Penal (Ley 965N)". Por tanto, deberán:

1) Fijar y mantener un domicilio y no ausentarse del mismo sin autorización del Tribunal y proporcionar un número de teléfono de contacto, más uno alternativo, debiendo además comunicar si cambian los números o los dan de baja.

2) Permanecer a disposición de la Cámara del Crimen de la jurisdicción y concurrir a todas las citaciones que se le formulen.

3) Abstenerse de realizar cualquier acto que pueda obstaculizar el descubrimiento de la verdad y las actuaciones de la ley, como ser tener o intentar tener contacto con alguna de las personas que tienen vinculación con la presente causa -testigos, peritos, etcétera- y con cualquiera de los querellantes, damnificados, a excepción de sus defensores.

4) No realizar publicaciones y entrevistas en las redes sociales ni en los medios de comunicación relacionadas con la causa.

5) No ausentarse del lugar donde fijen domicilio. En el caso de Fleitas Noguera, en Resistencia; Gómez en Taco Pozo y los dos restantes Concepción del Bermejo.

6) No concurrir a Charata hasta el día en que deban comparecer a la audiencia de debate.

Si los imputados incumplieran alguna de esas exigencias serán pasibles de la revocación de la cesación de la prisión preventiva.

Además, la Cámara libró un oficio al jefe de Comisaría de Concepción del Bermejo , para que éste notifique a los alojados en su dependencia sobre la resolución que dispone su libertad.

El cese de la prisión preventiva es un paso procesal automático al cumplirse los dos años de detención de los imputados. En este caso, la fiscalía y el Comité de Prevención contra la Tortura del Chaco -en condición de querellante- solicitaron la prórroga por un año, pero la Cámara lo rechazó. 

El comisario Fernando Romero, jefe de la Policía del Chaco confirmó que los cuatro policías detenidos por la muerte de Leandro Bravo -en una causa que lleva adelante la Fiscalía de Derechos Humanos de Sáenz Peña, y que espera fecha de juicio-, quedaron en libertad este viernes.

"Como jefe de Policía, como institución, nosotros bregamos por la libertad de nuestros efectivos, atento a que se trata de un hecho sucedido con motivo y actos del servicio policial. En función de eso, les asignamos los abogados de la institución. Otros efectivos tenían abogados particulares, pero en definitiva se logró el objetivo que era que recuperen la libertad, que afronten el juicio en libertad", destacó Romero.

Como ya lo hiciera en otras oportunidades, Romero insistió " que decida la justicia sobre la inocencia de los mismos o la culpabilidad. La cuestión era que estos efectivos recuperen la libertad, atento a que de la causa judicial se ventilaban cuestiones que en principio indicaban la presunta inocencia de los mismos, por eso nosotros requeríamos que ellos afronten el juicio en libertad". "De ahora en más esperar que la justicia fije fecha de debate, que se dilucide y se ventile toda la cuestión en el juicio oral que seguramente se va a sustanciar en Villa Ángela", agregó

Aseguró que ahora los pasos a seguir son exámenes psicológicos y el reintegro al servicio efectivo para el caso de que los médicos y los psicólogos estimen conveniente que están en condiciones de reintegrarse con portación de armas reglamentarias.

EL CASO

Leandro Bravo tenía 37 años y murió tras ser detenido en la vía pública, el 26 de febrero de 2022, en Charata. La acusación señala que el joven "recibió una golpiza en el suelo por parte de los policías y luego lo mataron mediante una maniobra de asfixia ejerciendo presión sobre la parte alta de la espalda, estando reducido en el suelo. También tenía lesiones en la cara, hombros, piernas y marcas en las muñecas".

Además, la querella indicó que los testimonios, los registros fílmicos y las pericias forenses determinaron que Leandro fue detenido tras ser perseguido y hostigado por policías cuando este sólo se acercó a un kiosco a comprar una cerveza.

Fuente: Norte

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