28 agosto, 2024

REFORMA: Cambios en el régimen previsional que procura el gobierno para policías y penitenciarios

Exponemos una breve reseña de los principales aspectos que atañen a los policías y penitenciarios. Por Alberto Martínez Más allá de ulteriores apreciaciones incluso de camaradas y colaboradores con mayor solvencia en el tema vamos intentando aproximarnos a algunas conclusiones de que es lo que quiere Pullaro y cia con esta reforma y es obvio […]

Exponemos una breve reseña de los principales aspectos que atañen a los policías y penitenciarios.

Por Alberto Martínez

Más allá de ulteriores apreciaciones incluso de camaradas y colaboradores con mayor solvencia en el tema vamos intentando aproximarnos a algunas conclusiones de que es lo que quiere Pullaro y cia con esta reforma y es obvio (esto es mi lectura política) cercenar derechos de manera más o menos “digeribles” obviamente en contra de los trabajadores estatales.

Acá rechazamos que los trabajadores seamos responsables de este festival que han hecho durante las ultimas décadas con las Cajas de Jubilaciones y las obras sociales en manos de interventores y leguleyos puestos a dedo por los gobiernos de turno. Tampoco somos responsables del “rojo” financiero por mas de 800 mil millones de pesos que adeuda el Estado nacional al Provincial entre otras cuestiones.

Pullaro en los considerandos habla que el rojo mensual de la caja la deben saladar con fondos de Rentas Generales que aportan los vecinos y diríamos algunos porque otro como las agro-exportadoras no aportan un peso y se llevan por nuestros puertos gran parte de la riqueza del país.

Esta claro que vienen por los trabajadores y que esto es el inicio; luego pretenderán como trofeo el aguinaldo (SAC), las vacaciones pagas, la estabilidad laboral y todos los derechos que desde hace un siglo venimos conquistando y sosteniendo. ¡Eso no se lo vamos a permitir!

LOS PRINCIPALES ASPECTOS DEL PROYECTOR:

Según una breve lectura del proyecto en lo que atañe al sector de seguridad se pueden observar:

1) – AUMENTO DE APORTES DE LOS TRABAJADORES: En este sector, se prevé un aumento de los porcentajes de aportes teniendo en cuenta la jerarquía y el agrupamiento o escalafón al que pertenecen, priorizando el principio general de que quien tiene remuneraciones más altas en quien más contribuye al sostenimiento del sistema.

a) Agrupamientos Ejecución y Coordinación, y cuadros de suboficiales del personal penitenciario se prevé una alícuota del 17%, lo que representa medio punto más al que abonaban con el régimen actual.

b) Agrupamiento Supervisión y el personal del IAPIP (Ley 9907), se establece una alícuota del 18%.

c) Agrupamiento Dirección y cuadro de Oficiales del personal penitenciario se estipula una alícuota del 20%.

2) APORTES PATRONALES: En este mismo sentido, se contempla un aumento de la contribuciones patronales de 21% a veintidós por ciento 22%.

3) RETIRO VOLUNTARIO: Solo para los que revisten en los Escalafones General del personal policial, Cuerpo General y Profesional Especialidad Sanidad del personal penitenciario podrán solicitarlo con 30 años de servicios (cinco mas que ahora), a través del retiro voluntario. En este caso se van con un beneficio equivalente al ochenta por ciento (80%) que se incrementará en uno por ciento (1%) por cada año de servicio efectivo prestado hasta llegar al tope del ochenta y cinco por ciento (85%). El Jefe o subjefe de policía de la Provincia pasará a retiro con el equivalente al cien por ciento (100%) de la remuneración.

En otro orden, se equiparan a quienes revisten en los Escalafones Profesional, Servicios y Técnico del personal policial y Escalafón Administrativo, Profesional Especialidad Reintegración Social, Docente del personal del personal penitenciario y personal del IAPIP al personal de la administración central, en razón de que cumplen el mismo tipo de funciones, accediendo con los mismos requisitos y con un haber que será equivalente al ochenta y dos por ciento (82%) de la remuneración que percibían como activos.

4) SIN DERECHO A HABER PARA DESTITUIDOS: Se elimina ese derecho para el personal y también los familiares y solo queda “a juicio del Gobierno” la posibilidad un beneficio de una pensión siempre que no acrediten ingresos para auto-sustentarse por un plazo máximo de cinco años.

5) MOVILIDAD: Sigue como hasta ahora pero el aumento de los activos impactaran en pasivos a los 60 días (tal cual fue hace décadas atrás). Dicen que buscan que ingresen los aportes personales y las contribuciones patronales a la Caja antes del pago.

6) PENSIONES: Se incluye a la cónyuge separada de hecho, dentro de la nómina de derechohabientes.

AMPLIAREMOS

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