SANTA FE: Seis policías fueron imputados por torturas tras la muerte de un detenido en la Comisaría 8.ª

SANTA FE: Seis policías fueron imputados por torturas tras la muerte de un detenido en la Comisaría 8.ª

Cinco integrantes del Comando Radioeléctrico y un efectivo del Cuerpo Guardia de Infantería fueron acusados por la muerte de Mauro Daniel González, ocurrida en enero de 2026 luego de un procedimiento policial en barrio Yapeyú. La Fiscalía sostiene que la víctima recibió múltiples golpes, fue trasladada esposada y quedó alojada en un calabozo sin recibir asistencia médica.

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La Justicia santafesina imputó a seis policías por su presunta responsabilidad en la muerte de Mauro Daniel González, un hombre de 35 años que falleció el pasado 17 de enero después de ser detenido y trasladado a la Comisaría 8.ª de la ciudad de Santa Fe.

La audiencia imputativa se desarrolló en los tribunales provinciales ante la jueza Cecilia Labanca. La acusación estuvo a cargo del fiscal de Violencia Institucional del Ministerio Público de la Acusación, Ezequiel Hernández.

Los efectivos imputados fueron identificados como Lucas Aranda, Melisa Díaz, Facundo Sebastián Amarillo, Sebastián Daniel Bandirali, Sabrina Petion y Juan Cruz Barros.

Los cinco primeros prestaban servicios en el Comando Radioeléctrico, mientras que Barros pertenecía al Cuerpo Guardia de Infantería.

Las imputaciones formuladas por la Fiscalía

El fiscal Hernández atribuyó a Díaz, Aranda, Bandirali, Amarillo y Petion el delito de tortura seguida de muerte.

Juan Cruz Barros, en tanto, fue imputado por vejaciones calificadas.

Además, Facundo Sebastián Amarillo fue acusado como presunto coautor de cuatro hechos de vejaciones, en concurso real, falsedad ideológica de instrumento público y daños.

Se trata, por el momento, de imputaciones formuladas por la Fiscalía. Las responsabilidades individuales deberán ser analizadas y determinadas durante el proceso judicial, respetando el derecho de defensa y el principio de inocencia.

Una detención durante una crisis subjetiva

De acuerdo con la reconstrucción presentada por el Ministerio Público de la Acusación, González fue detenido en la intersección de Chaco y Hermanos Figueroa, en barrio Yapeyú, mientras atravesaba lo que fue definido como una “crisis subjetiva”.

Los primeros policías en llegar habrían sido Díaz y Aranda. Posteriormente se incorporaron Bandirali, Amarillo, Petion y Barros.

La Fiscalía sostiene que los agentes redujeron al hombre y lo subieron a un móvil policial, pero que no aplicaron los protocolos previstos para intervenir ante personas que atraviesan padecimientos de salud mental o situaciones vinculadas con consumos problemáticos.

Según la acusación, la privación de la libertad y el empleo de la fuerza habrían sido ilegítimos, desproporcionados y excesivos.

Golpes durante el traslado

La hipótesis fiscal indica que González fue arrojado a la caja de una camioneta policial y que allí continuaron los malos tratos.

Un familiar habría advertido a los policías que el hombre había sido sometido anteriormente a una cirugía abdominal. Sin embargo, siempre según la Fiscalía, los agentes no interrumpieron el procedimiento violento, sino que habrían incrementado las agresiones y el dolor provocado.

Durante el traslado, González permaneció esposado y sin posibilidades de defenderse. El fiscal aseguró que fue golpeado con los puños y también con un elemento que podría haber sido un bastón o una escopeta.

La víctima habría sido desplazada por distintos puntos de la ciudad en una camioneta policial, seguida por otro vehículo oficial en el que se trasladaban otros integrantes del operativo.

Más de veinte lesiones

Los exámenes incorporados a la investigación habrían constatado al menos veinte lesiones visibles en diferentes partes del cuerpo de González.

Entre ellas se encontraba la fractura de una costilla, lesión que, de acuerdo con la acusación, contribuyó al deterioro progresivo de su organismo.

El fiscal sostuvo que, pese a que González se encontraba prácticamente inconsciente y en un estado de salud extremadamente delicado, los policías no lo trasladaron inmediatamente a un hospital o centro asistencial.

En cambio, los móviles se dirigieron inicialmente a una estación de servicios. Posteriormente trasladaron al detenido a la sede de Medicina Legal, ubicada en Primera Junta al 2800, y finalmente a la Comisaría 8.ª, situada en avenida General Paz al 7300.

Sin asistencia dentro del calabozo

Una vez en la dependencia policial, González fue ingresado a un calabozo y quedó sin asistencia médica, a pesar de las lesiones que presentaba y del estado de inconsciencia señalado por la Fiscalía.

Dentro de la celda, el detenido vomitó y habría terminado asfixiándose, sin recibir auxilio oportuno.

Horas después, cuando la Fiscalía de turno dispuso su libertad, los policías fueron hasta el calabozo para comunicarle la decisión. Al revisarlo, constataron que ya no presentaba signos vitales.

Continuarán detenidos

Los seis policías permanecerán detenidos hasta una nueva audiencia en la que se resolverá si transitan el proceso bajo prisión preventiva o mediante alguna medida alternativa.

Las defensas de los imputados son ejercidas por los abogados José Mohamad, Jorge Pallavidini, Alejo Almirón, Sebastián Oroño y Martín Risso Patrón.

La investigación deberá establecer ahora el grado de intervención de cada acusado, la secuencia completa de los traslados, las comunicaciones realizadas durante el operativo y las eventuales alteraciones u omisiones producidas en la documentación policial.

Un procedimiento que deberá ser reconstruido por completo

La gravedad de la acusación exige una investigación rigurosa, independiente y basada en pruebas objetivas. Pero también obliga a analizar algo más amplio que las responsabilidades individuales.

Será necesario determinar qué órdenes existieron, quién supervisó el procedimiento, qué registros dejaron los móviles, qué constancias se asentaron en los libros de guardia, por qué no se activó una asistencia sanitaria inmediata y qué controles debían realizar los superiores responsables del servicio.

Cuando una persona es detenida, el Estado asume una posición especial de garante sobre su integridad física y su vida. Esa obligación no desaparece por el estado de alteración, la resistencia o el padecimiento mental que pudiera presentar el detenido.

La muerte de Mauro Daniel González no puede reducirse únicamente a una sucesión de conductas individuales. La Justicia deberá establecer si existieron fallas de supervisión, incumplimientos de protocolos, omisiones jerárquicas o prácticas institucionales toleradas que hicieron posible el desenlace.

La investigación recién comienza. Por la gravedad de las imputaciones y por el impacto que el caso provoca sobre toda la institución policial, deberán evitarse tanto los encubrimientos corporativos como las condenas anticipadas. La verdad deberá surgir de las pruebas y alcanzar a todos los responsables, cualquiera sea su función o jerarquía.

(*) Periodista. Corresponsal en Santa Fe

 

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