Denuncian que policías fueron afectados 12 horas a un torneo privado bajo OSESP y por debajo del valor del adicional

Denuncian que policías fueron afectados 12 horas a un torneo privado bajo OSESP y por debajo del valor del adicional

Santa Fe – Personal policial cuestionó las condiciones de un operativo dispuesto para la 10ª edición del Torneo Internacional de Fútbol Infantil “Diego Barisone”.

Autor_Anglada_2026687ce625ba4e76a0.jpg

La orden fijó una jornada de 8 a 20, con presentación a las 7.45, bajo modalidad OSESP, pese a que la reglamentación establece un máximo de ocho horas diarias por agente y un descanso mínimo de otras ocho horas entre servicios. A eso se suma otro interrogante: por qué un evento privado fue cubierto con horas extraordinarias pagadas por la Provincia en lugar de utilizar el régimen de Policía Adicional, financiado por el requirente.

Una orden operacional preparatoria correspondiente al domingo 6 de septiembre dispuso personal de distintas dependencias policiales para prestar seguridad en el predio C.I.F.F.U., ubicado en Pedro de Espinoza y Gobernador Freyre, durante una extensa jornada vinculada con el torneo infantil “Diego Barisone”.

El documento establece presentación a las 07.45 y servicio desde las 8 hasta las 20 bajo modalidad OSESP —Orden de Servicio Extraordinario de Seguridad y Prevención—, distribuyendo efectivos en accesos, oficinas, cancha principal y distintos sectores del complejo.

6e4fbf74-95d4-4f1f-834c-2c79b1d7c502.jpg

El malestar entre el personal no se limita a cuánto terminarán cobrando. La documentación y la normativa vigente permiten formular preguntas bastante más serias sobre la duración de la jornada, el origen de los fondos y el criterio utilizado para encuadrar como OSESP la seguridad de un acontecimiento organizado por particulares.

La reglamentación fija un máximo de ocho horas, no doce

El Decreto 979/2021, que regula las OSESP en Santa Fe, establece expresamente que estas órdenes extraordinarias son realizadas por personal que se encuentra franco de servicio y que es convocado por la superioridad para operativos excepcionales de seguridad y prevención.

Pero hay una disposición todavía más concreta: el artículo 15 determina que un agente asignado a una OSESP no debe exceder un máximo de ocho horas diarias, independientemente de la duración total de la orden de servicio, y además exige un descanso mínimo de ocho horas entre un servicio y otro, ya sea ordinario, extraordinario o adicional.

La orden conocida para el torneo dispone, en cambio, una afectación desde las 8 hasta las 20, es decir, doce horas, a lo que se agrega la presentación quince minutos antes.

Si cada nombre colocado en esa planilla debe cumplir efectivamente toda la franja horaria sin relevo, la afectación excedería en cuatro horas el máximo diario establecido por la reglamentación de OSESP.

Por eso las autoridades deberían aclarar si hubo relevos no consignados en la orden, si el personal fue dividido en turnos o si, efectivamente, se ordenó a cada agente permanecer doce horas en el predio.

También debe garantizarse el descanso

La situación no termina en la cantidad de horas realizadas durante el evento. La misma norma obliga a garantizar un mínimo de ocho horas de descanso entre servicios.

Esto obliga a conocer qué servicio había realizado cada efectivo antes de presentarse al torneo y cuándo debía reincorporarse posteriormente a su destino habitual.

No se trata de una formalidad administrativa. Estamos hablando de trabajadores armados, con responsabilidades sobre terceros, sometidos a jornadas prolongadas en tareas de seguridad. El cansancio no solamente afecta al agente, sino que también puede transformarse en un riesgo operativo.

OSESP: una hora que paga la Provincia

La segunda discusión tiene que ver con el dinero.

La OSESP constituye una compensación extraordinaria financiada con partidas del Estado provincial. La propia reglamentación original muestra que esos pagos se afrontan presupuestariamente como retribuciones extraordinarias dentro del Ministerio de Seguridad.

Además, el último decreto provincial que actualizó los valores en febrero de 2026 fijó la hora base OSESP en $8.000, mientras que personal de Coordinación y choferes perciben $8.700 y Supervisión o Dirección, $9.570 por hora.

Como el operativo fue programado para un domingo, la reglamentación OSESP contempla además un incremento del 20% por tratarse de un día no hábil.

El punto central, sin embargo, no es solamente el valor individual de la hora, sino quién termina pagando el operativo.

Si el evento es privado, ¿por qué no se utilizó Policía Adicional?

El Servicio de Policía Adicional tiene otra lógica. Está destinado a servicios de vigilancia y custodia realizados fuera de las funciones ordinarias y por cuenta de terceros requirentes. Esos requirentes pueden ser organismos públicos o entidades privadas.

La reglamentación diferencia expresamente ambas categorías y establece valores distintos. Para 2026, el servicio ordinario de cuatro horas fue fijado en $38.000 cuando el requirente es público y $51.300 cuando se trata de una entidad privada.

Además, cuando el SPA se realiza en días no hábiles, como un domingo, su valor se incrementa un 20%.

Eso significa que un servicio privado de cuatro horas realizado un domingo alcanza aproximadamente $61.560, equivalente a unos $15.390 por hora para el personal, frente a una OSESP cuya hora base, aun con el adicional dominical, resulta sensiblemente inferior.

La diferencia ayuda a explicar el enojo de los trabajadores: si el mismo servicio hubiera sido encuadrado como Policía Adicional para un requirente privado y realizado un domingo, la retribución sería considerablemente mayor.

El interrogante más importante: quién financia el torneo

La discusión, entonces, no debería quedar reducida a “el policía cobra poco”.

Hay una pregunta institucional previa.

Si el torneo es organizado por una entidad privada, ¿por qué la seguridad fue encuadrada como OSESP y financiada mediante horas extraordinarias del Estado provincial, en lugar de ser contratada como Servicio de Policía Adicional por el organizador?

La normativa del SPA establece que el tercero interesado debe solicitar el servicio, recibir una presupuestación y abonarlo anticipadamente en las cuentas correspondientes.

Por eso corresponde que el Ministerio de Justicia y Seguridad informe si existe algún convenio específico con los organizadores, si hubo recupero posterior de esos fondos, si el evento fue declarado de interés público o si existe alguna otra justificación administrativa que explique por qué la Provincia asumió el costo.

Si esa explicación existe, debe hacerse pública.

Si no existe, el problema deja de ser únicamente laboral y pasa a involucrar también el uso de recursos públicos para cubrir la seguridad de una actividad privada.

Doce horas, menor remuneración y un Estado que vuelve a cargar sobre el policía

El cuadro que surge de la documentación es difícil de ignorar: una orden de servicio que fija doce horas de afectación bajo un régimen que admite un máximo de ocho, una modalidad extraordinaria financiada por el Estado para un evento de carácter privado y una retribución significativamente inferior a la que correspondería bajo el esquema de Policía Adicional privado.

Nadie cuestiona que un torneo infantil necesite seguridad ni que un acontecimiento con numerosa concurrencia requiera planificación policial.

Lo que se cuestiona es otra cosa: por qué el costo vuelve a descargarse sobre el Estado y, al mismo tiempo, sobre el trabajador que pone el cuerpo durante horas y cobra menos por hacerlo.

La reglamentación existe justamente para impedir que la excepcionalidad termine convirtiéndose en rutina.

Y cuando una orden extraordinaria dispone doce horas donde la norma fija ocho, ya no alcanza con decir que “hay que cubrir el servicio”.

Las autoridades deberían explicar quién decidió esa afectación, cómo se organizaron los relevos, cuánto cobrará efectivamente cada policía, quién financia el operativo y por qué no se utilizó el régimen de Policía Adicional previsto precisamente para servicios requeridos por terceros.

Porque si la excepción sirve para abaratar el trabajo policial y trasladar al Estado un costo que debería asumir un privado, el problema no es administrativo.

Es una forma más de precarizar al que está abajo.

(*) Periodista. Corresponsal en Santa Fe.

banner_apropol_auspicio_2026.jpg

 

0 Interacciones
Conversación en Vivo
Comunidad Segura
🕒 Puedes volver a comentar en 60s...
Opiniones de la Comunidad

¿Nadie ha roto el hielo todavía?

Tu opinión es importante para nosotros. Sé la primera persona en dejar un comentario.

Empezar conversación ahora