Así lo expresó el Dr. Cesar Collado desde la Provincia del Chaco.
Por Hugo Alvarez (*)
En la causa armada por la muerte de Leandro Bravo se inventó un delito contra trabajadores policiales de esa provincia por haber estado presentes en el momento en que el joven Bravo falleció por un paro cardiorrespiratorio.
Cuatro jóvenes trabajadores están detenidos en prisión preventiva desde hace un año y medio.
En esta entrevista te contamos los pormenores de esta causa armada en Chaco, la cuál es espejo sobre la causa armada Casco en nuestra ciudad, sobre la causa armada Duffau en Buenos Aires, o sobre la causa armada Canizzo en La Plata.
- ¿En qué instancia está la causa por la muerte de Leandro Bravo?
Estamos en la instancia de auto de requerimiento de elevación a juicio.
El 5 de abril de este año se cerró la investigación penal preparatoria con el plazo de investigación vencido violando lo previsto en el art 346 del código procesal penal del Chaco.
- ¿Cuál es la teoría que maneja la acusación?
Una teoría descabellada e inexistene en la que introducen la tortura seguida de muerte junto a una feroz golpiza y tortura psicologia con padecimiento. Este extremo no está probado y es contrapuesto a las imágenes de video de la detención y posterior traslado de Leandro Bravo a sanidad policial todo lo que confirma que no existió el delito imputado.
- Al día de la fecha ¿que evidencia objetiva se incorporó al expediente que avale esa teoría?
Lo sostienen con el testimonio de una persona que afirma haber presenciado toda la secuencia de la supuesta golpiza que le daban tres policías a Bravo en el piso, pero resulta ser que en el mismo video que mencioné se observa que esa persona está en el lugar solo 20 segundos.
Posteriormente se retira y hasta ese momento solo dos policías detienen a Leandro, uno le sujeta los pies y otro lo esposa. Esta persona que afirmó haber visto toda la secuencia y haber presenciado una "golpiza" declaró falsamente contra los trabajadores policiales.
Otra de las evidencias para la fiscal y la querella es el informe de la Dra. Virginia Creimer, quien fue la delegada que pagó la acusación y a la vez la única profesional que ve lesiones compatibles con una asfixia mecánica por compresión del cuello.
Aclaró que todos los médicos que intervinieron en el caso no registraron ni avalaron la teoría de la Dra. Creimer, ya que en la primera autopsia se ve el cuello inmaculado, ojos y esclerótica sin petequias, encías y labios sin petequias ni estallidos de vasos sanguíneos.
- Los trabajadores acusados están detenidos ¿Bajo qué presupuesto y desde cuándo?
Están detenidos con prision preventiva desde el dia 17 de marzo de 2022 bajo el presupuesto de tortura seguida de muerte.
- ¿Cuál fue el contacto que tuvieron estos trabajadores con el fallecido Bravo?
Todo inició con un llamado telefónico de una vecina que avisa al oficial Alexis Fleitas en horas de la siesta del sábado 26 de febrero del 2022 de qué estaban sacudiendo su portón con violencia como para ingresar.
Cuando llega el oficial se encuentra con Leadro Bravo en un estado violento, al intentar identificarlo este se resiste y le pegó dos golpes de puño y huye. Todo esto queda registrado en la filmación donde se lo ve a Bravo muy alterado corriendo de un lugar a otro, tomándose el pecho y el estómago en varias oportunidades, con espuma blanca en la boca. Esto también se acreditó por el testimonio de la misma persona que llamó a la policía y que intentó contener a Bravo junto al oficial Fleitas.
De allí el occiso huyó y es perseguido por el móvil policial quien pide refuerzos, llega otro móvil y junto al agente Gómez lograron la detención luego de derribar a Bravo. Se lo esposa y contiene, luego llegan otros móviles y es llevado caminando a la caja de la camioneta, todo esto también quedó registrado por cámaras que captaron toda la secuencia.
En la camioneta suben dos policías junto a Leandro Bravo, lo llevan a sanidad policial desde donde se pide que lo trasladen al hospital ya que estaba desvanecido, cuando llegan al hospital la médico del lugar determina que Bravo no tenía signos vitales.
- ¿Se siguió una línea investigativa paralela en torno al fallecimiento de esta persona?
La investigación paralela fue hecha por esta defensa y el defensor Juan José Bogado uniendo los presupuestos fácticos del hecho, secuencias de la detención en videos, informes de autopsias y testimonios aportados en la causa que evidencian que el delito reprochado no existió y que ni siquiera estamos hablando de un homicidio culposo.
Lo que sucedió fue una muerte súbita por un paro cardiorespiratorio no traumático, provocado por un cóctel de drogas en combinación con patologías clínicas adversas, corazón con secuelas de vieja data, asepsia generalizada, riñón izquierdo y pulmones hiperpigmentados con síntoma de pulmón de minero.
Aparte de eso se determinó que Leandro Bravo estaba desnutrido, deshidratado y que al momento de su muerte tenía gran cantidad de alcohol en sangre.
¿Qué Fiscalía y cuántas querellas intervienen en el caso?
La primera fiscalía fue la de investigación penal de Charata. En esa instancia el Fiscal Hugo Baigorri entrevistó por separado a todos los efectivos y todos fueron contestes en sus respuestas.
Luego ese fiscal se inhibe por amistad con la familia Bravo y la causa es derivada por competencia a la fiscalía de Derechos Humanos de Sáenz Peña donde interviene la Dra. Silvia Slusar. Las querellas son el apoderado de la familia Bravo, el comité para la prevención de la tortura y la sub secretara de Derechos Humanos.
- Teniendo en cuenta ese extremo, ¿entiende que se cumple la garantía de Igualdad de Armas, igualdad ante la ley o protección jurídica en este caso?
Claro que no, nunca fue una investigación que contemple las garantías del debido proceso, por el contrario se violan múltiples derechos de los imputados. Acá hubo sustracción de pruebas, y otras irregularidades, la fiscal Slusar perdió 10 fotos de órganos vitales de la primera autopsia y fue denunciada penalmente por ello, además introdujeron informes falsos. Hubo mucho daño realizado desde elucubraciones ideológicas.
Por ejemplo introdujeron una causa del año 2017 contra Leo Bravo la cuál estaba archivada, con ello pretendían probar que ya en aquel momento se lo hostigaba, cuando esa causa nunca fue imputado ningún trabajador políticos y fue archivada en noviembre del 2020.
- Recientemente la Comisión Para la Prevención de la Tortura solicitó a una jueza de garantías y a un Tribunal una especie de cautelar "mordaza" para que los acusados no puedan publicar evidencia objetiva ¿De que se trata esto?.
Pretendieron silenciarlos con un pseudo bozal legal pero se demostró que fue la propia familia Bravo la iniciadora de los ataques en redes sociales.
Ya en marzo del 2022 la familia del occiso junto al CPTCH (comité prevencion tortura Chaco) publicaron foso de los policas con la leyenda "asesinos" cuando no siquiera fueron juzgados.
Posteriormente efectuaron entrevista por zoom con la Dra. Creimer dando datos de la segunda autopsia cuando aún no estaba el informe, violando el art 213 del Código procesal penal del Chaco.
En definitiva no pudieron lograr la cautelar mordaza porque no puede un juez meterse en el terreno que comprende a la libertad de expresión y publicaciones por la prensa sin censura previa.
¿Que afirmaron los dictámenes médicos en relación a la muerte de Leandro Bravo?
Bueno ahí se detalló el deterioro fisico de Bravo, la asepsia en riñones con pus, el corazón con secuelas vasculares de vieja data, pulmón de minero, falla multiorgánica y electrolítica, todo lo cuál generó un paro cardiorrespiratorio, esa fue la causa de muerte de Leandro Bravo.
Los médicos Hugo Rodríguez y Daniel Salomón Gourman como perito de parte de la familia Bravo
documentaron todo con fotos y videos, ellos fueron quienes estuvieron a cargo de la medida.
- Se difundió que aquellos médicos que afirmaron ello fueron amenazados por la familia del fallecido ¿Cómo es esto?
Así fue, los dos médicos fueron amenazados de muerte por el padrastro de Leandro Bravo para que cambien o falseen sus informes eso se acreditó en el expediente.
- Tanto usted cómo otros colegas impulsaron distintas denuncias contra la Dra. Virginia Creimer ¿Cuáles fueron los fundamentos de esas denuncias?
Se radicaron en la Fiscalía N°4. La causa está caratulada como "Virginia Creimer s/falso testimonio agravado, estafa y defraudación procesal por ardid y engaño" se encuentra en trámite y los fundamentos se basan en la distorsión de la realidad y la actividad delictual en sus informes. Se comprobó que en la primera autopsia se realizó la medida sobre un cuerpo inmaculado con lo cuál es imposible que en una segunda medida aparezcan lesiones. Lo más preocupante es que según ella los riñones estaban sin incidir y sin diseccionar cuando en realidad fueron sacados en la primera autopsia.
Esto nos confirma que es una farsa absoluta. Nos consta que se jacta de ser una eminencia y descubrimos que no está inscrita en la provincia del Chaco por lo que no está facultada legalmente para hacer autopsias en esta provincia.
El comite contra la tortura y la Procuración están encubriendo esas ilicitudes.
- La Fiscalía solicitó que se eleve la causa a juicio ¿Se cumplieron los plazos?
No sé si cumplió. Tienen un año de plazo desde el primer acto de indagatoria el cuál fue en marzo del .2022, de modo irregular y violando la ley, ya con plazo vencido en abril del 2022 elevan a juicio el requerimiento con plazo vencido.
- ¿Qué resultados esperan en el juicio?
Esperamos con ansia que prime el valor de la justicia en este caso tan resonante donde se proceda a responder ante un jurado popular conforme a la ley 7661.
Estamos en condiciones de probar que estos jóvenes trabajadores policiales son inocentes.
- ¿Entiende que la presión política y estatal puede influir sobre los magistrados?
La presión política está presente en el poder judicial de nuestra provincia, pero la evidencia que enviaremos ante el jurado será definitiva.
Demostraremos con evidencia objetiva que la causa de muerte fue súbita y no traumática.
- Recientemente la Legislatura de Chaco retiró un premio que otorgaría a la madre de Leo Bravo por entender que esto constituye un prejuzgamiento sobre trabajadores inocentes ¿Cómo recibió la noticia?
La terna al premio fue retirada porque la legislatura recibió información de la causa y entendieron que no procedía otorgar esta distinción.
La lamentable realidad es que Leandro Bravo estaba en situación de calle, indigencia absoluta y sin lugar a donde vivir, desnutrido, inmerso en la droga, además de que la misma madre a la cuál le iba a otorgar un reconocimiento fue quien lo empujó a esta situación, le puso un alejamiento perimetral para que no se acerque al domicilio en rango de 200 metros, hablamos de una perimetral por violencia familiar.
Esto fue el detonante del rechazo a darle el premio.
- La respuesta del medio Litigio Judicial no se hizo esperar. Allí lo trataron de "mitómano y misógino" ante estás descalificaciones ¿Le dieron un derecho a réplica?
Por suerte ahí pudimos dejar al descubierto la gran mentira de la Sra. norya Nieto (madre de Leandro Bravo) todo lo que afirmamos lo avalamos con prueba que obra en el expediente. Además de abogado soy profesor de derecho con título nacional, abogado especialista en procesal penal con 13 años de matrícula en el fuero penal y 700 causas que respaldan mi trabajo.
Jamás fui cuestionado en la matrícula ni tuve denuncias de ningún tipo.
La revista aceptó el derecho a réplica con el título "la otra campana".
- Desde su experiencia ¿Porque cree que siempre se elige armar causas a trabajadores policiales antes que investigar objetivamente en qué circunstancias fallecen ciertas personas?
El armado de causas tiene un perfil organizado desde ciertos organismos de Derechos Humanos a nivel nacional, nuestra provincia no es excepción.
Es maquiavélico el ataque sistemático a los integrantes de las fuerzas de seguridad, tanto nacionales como provinciales, es un molde que se viralizó a través de la causa armada de Santiago Maldonado en el sur.
En Chaco el CPTCH y sus apoderados el Dr Roberto Sotelo y el Dr. Kevin Nielsen fueron denunciados por estafa y defraudación procesal en la causa armada Bravo, por incorporar informes falsos al caso cuyo expediente es el 9325/2022/2 de la Fiscalía de investigación penal N° 3 de la 2da circunscripción de esta provincia.
- Recientemente se conoció el fallo de un jurado que declaró INOCENTES a los policías acusados por el supuesto crimen de Sebastián Ponce de León ¿Cree que en la Causa Armada por muerte de Leandro Bravo sucederá lo mismo?
Si, en esa causa al Ministerio Público Fiscal se le hizo muy difícil poder formular acusación por la orfandad probatoria que existía.
Más allá del relato mentiroso del comité contra la tortura y la subsecretaria de Derechos Humanos que juntos construyen en los medios gráficos, televisivos, radiales y en redes un odio visceral contra trabajadores policíales, algo que luego no pueden mantener con pruebas ante un jurado por la razón de que las pruebas científicas y demás dejan en evidencia sus operaciones.
- El caso Bravo ¿será por jurados también?
Así es. Nuestra ley de juicio por Jurados 7661 prevé que cuando es de público y notorio conocimiento el hecho en la localidad, a pedido del acusado se llevará a cabo en otra ciudad el juicio con la formación de un jurado y por sorteo se determina la circunscripción donde se realizará.
Cuando el jurado vea videos, testigos y demás pruebas se les caerá a todos los acusadores la mentira a pedazos y quedará al descubierto que el fin primario es el económico.
(*) Presidente de la Asociacón Civil Inocente Colectivo
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