
La decisión de la Corte Suprema que dejó firme una zona de exclusión de 1.000 metros para las fumigaciones terrestres en Sastre vuelve a colocar en primer plano un problema que también alcanza a los trabajadores policiales.

Estudios recientes realizados en poblaciones rurales de Santa Fe detectaron residuos de plaguicidas en sangre, suelo y agua de lluvia. Policías destinados en estas zonas pueden permanecer expuestos durante años y, en numerosos casos, también viven allí junto a sus familias. Informar, capacitar y prevenir debe formar parte de la responsabilidad profesional del propio trabajador, pero fundamentalmente de la política de salud laboral de la institución.
La discusión sobre las fumigaciones con productos fitosanitarios suele plantearse alrededor de productores, vecinos, escuelas rurales y poblaciones asentadas junto a campos cultivados. Sin embargo, existe otro colectivo que permanece diariamente en esos mismos territorios y al que pocas veces se incorpora expresamente en el análisis: los policías que prestan servicio en localidades rurales y periurbanas.
No se trata de ingresar en una discusión ideológica acerca del modelo productivo ni de atribuir automáticamente determinadas enfermedades a una exposición particular. Se trata de reconocer un riesgo que merece ser conocido, evaluado y prevenido.
Porque el policía rural no observa esta realidad desde afuera. La atraviesa.
Una decisión judicial que obliga a mirar el problema
La cuestión adquirió renovada trascendencia después de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazara la queja presentada por la Municipalidad de Sastre y Ortiz, dejando firme la sentencia que estableció una zona de exclusión de 1.000 metros desde el límite de la planta urbana para las fumigaciones terrestres con todo tipo de agroquímicos. La causa había comenzado en 2018 mediante un amparo ambiental colectivo promovido por vecinos.
El antecedente judicial venía desarrollándose desde hacía años. En septiembre de 2020, el juez Duilio Hail hizo lugar parcialmente al amparo y declaró inconstitucional una disposición de la ordenanza municipal que establecía distancias inferiores. En octubre de 2023, la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja municipal contra la decisión que había confirmado aquel pronunciamiento. El tribunal provincial destacó que estaban involucrados la protección del ambiente, la salud y la vida de las personas.
La reciente decisión de la Corte nacional no significa que haya determinado que toda fumigación produzca necesariamente daños a la salud ni permite establecer causalidades individuales. Pero sí deja firme una medida preventiva de enorme importancia: 1.000 metros de exclusión para aplicaciones terrestres alrededor de la planta urbana de Sastre.
Y esa decisión obliga a formular otra pregunta: ¿Qué sucede con quienes, por razones laborales, deben permanecer precisamente en esos territorios?
Los números que no podemos ignorar
La preocupación no surge solamente de testimonios.
En marzo de 2026 fue publicado en Journal of Applied Toxicology un estudio realizado por investigadores vinculados a la Universidad Nacional del Litoral, CONICET y la Universidad Nacional de La Plata sobre poblaciones rurales de Candioti, La Pelada y Santo Domingo, en la provincia de Santa Fe. Los investigadores analizaron muestras ambientales y biológicas y las compararon con una población urbana de control.
Los resultados merecen atención: de 77 muestras de sangre correspondientes a las tres poblaciones rurales, 48 —el 62%— presentaron al menos un residuo detectable de plaguicidas. En Candioti fueron positivas 26 de 34 muestras, un 76,5%; en Santo Domingo, 14 de 18, un 77,8%; y en La Pelada, 8 de 25, un 32%. Analytical Science Journals
Hay otro dato particularmente significativo para pensar la situación de quienes trabajan y viven cerca de establecimientos agropecuarios: el 94% de los participantes rurales en los que se detectaron residuos de plaguicidas en sangre vivía a una distancia de entre 0 y 500 metros de campos cultivados. En Candioti, el 88% se encontraba a menos de 200 metros. Analytical Science Journals
También se encontraron atrazina en el 47% de las muestras de agua de lluvia analizadas en Santo Domingo y glifosato o su metabolito AMPA en el 67% de las muestras de suelo correspondientes a las localidades estudiadas. Los investigadores observaron además diferencias significativas en determinados biomarcadores de estrés oxidativo y daño genotóxico entre las poblaciones rurales y el grupo de control. Analytical Science Journals
Esto debe interpretarse correctamente: detectar residuos o alteraciones en biomarcadores no significa demostrar que una persona determinada padecerá una enfermedad como consecuencia de esa exposición. El propio rigor científico exige distinguir exposición, asociación y causalidad.
Pero tampoco sería razonable hacer exactamente lo contrario: conocer estos resultados y actuar como si el problema no existiera.
Investigar, conocer y prevenir: el caso de Virginia Aparicio
En este contexto existe otro episodio que no puede quedar al margen del debate. La ingeniera agrónoma Virginia Aparicio, doctora en Ciencias Agrarias e investigadora del INTA y del CONICET con más de dos décadas de trayectoria en la Estación Experimental Agropecuaria Balcarce, coordinó en la Argentina el Proyecto SPRINT, una investigación internacional desarrollada en el marco del programa Horizon 2020 de la Unión Europea para estudiar la presencia de residuos de plaguicidas y sus posibles efectos sobre la salud humana, animal y ambiental. Los resultados obtenidos en nuestro país mostraron la presencia simultánea de diferentes plaguicidas en muestras biológicas de las personas estudiadas: según la información difundida sobre el proyecto, se detectaron entre 2 y 10 plaguicidas en sangre, entre 6 y 13 en orina y hasta 18 sustancias en materia fecal. Estos datos no permiten afirmar por sí solos que cada sustancia detectada haya producido una enfermedad determinada, pero constituyen información relevante para estudiar los niveles de exposición y adoptar medidas preventivas.
La difusión de esos resultados quedó posteriormente atravesada por una fuerte controversia institucional. Según Aparicio y las organizaciones que respaldan su reclamo, una reunión prevista para junio de 2023 para comunicar los resultados fue suspendida por las autoridades del INTA; posteriormente el organismo se retiró del proyecto y la investigadora fue sometida a un sumario administrativo. La Asociación del Personal del INTA (APINTA) denunció públicamente que Aparicio estaba siendo objeto de “persecución, censura y silenciamiento” y cuestionó la posibilidad de que el procedimiento concluyera con su exoneración. Corresponde ser rigurosos en este punto: la existencia del procedimiento administrativo es un hecho; la caracterización de ese procedimiento como persecución corresponde a la investigadora, su defensa y las organizaciones que la respaldan, y no debe presentarse como una conclusión judicial establecida. La controversia adquirió además dimensión institucional cuando el 17 de septiembre de 2026 ingresó en la Cámara de Diputados de la Nación el expediente 4834-D-2026, expresando preocupación por la persecución denunciada contra la científica.
Para los trabajadores policiales, el episodio contiene una enseñanza que excede ampliamente la controversia particular. No se puede prevenir aquello que se desconoce y no puede exigirse al trabajador que se proteja frente a riesgos sobre los cuales nunca fue debidamente informado. La información científica acerca de la presencia ambiental de plaguicidas, sus posibles vías de exposición y las medidas recomendadas para reducir el contacto debe llegar también a quienes prestan servicios de seguridad en zonas rurales y periurbanas. Un policía puede intervenir en un campo durante o después de una aplicación, recorrer durante horas caminos lindantes con cultivos tratados o permanecer en un procedimiento sin conocer qué sustancias fueron utilizadas ni qué precauciones debería adoptar. Por eso, conocer el riesgo no significa generar alarma: significa proporcionar herramientas para actuar profesionalmente frente a él.
Existe, además, una circunstancia que vuelve especialmente importante esta cuestión para nuestra actividad. Muchos policías destinados en pequeñas localidades no solamente trabajan en esos territorios: también viven allí con sus familias. Finalizada la jornada laboral, permanecen en el mismo ambiente junto con sus parejas, hijos y demás integrantes de su núcleo familiar. En esos casos pueden superponerse exposición ocupacional y exposición ambiental, razón por la cual cualquier política preventiva debería contemplar no solamente las circunstancias concretas del servicio sino también las características territoriales de los destinos policiales.
Por eso el caso Aparicio debe interesarnos. Independientemente de cuál sea la resolución definitiva de su situación administrativa, resulta indispensable preservar la producción y circulación de información científica sobre riesgos ambientales. Proteger al que protege exige, antes que nada, permitirle conocer aquello de lo que debe protegerse. Ese conocimiento debe traducirse en información, capacitación, protocolos de actuación, elementos adecuados de protección cuando sean necesarios, registro de posibles exposiciones y políticas de vigilancia de la salud. Y también exige del propio trabajador policial responsabilidad funcional y compromiso profesional: conocer estos riesgos, adoptar las medidas preventivas disponibles, proteger a sus compañeros y actuar responsablemente cuando una intervención pueda involucrar la salud de terceros.
La ciencia no debe utilizarse para sembrar miedo ni tampoco ser ignorada cuando sus resultados resultan incómodos. Debe servir para conocer, prevenir y proteger. En nuestro caso existe una obligación adicional: hacer que ese conocimiento llegue hasta el último policía destinado en el territorio. Porque detrás de cada uniforme existe un trabajador y, muchas veces, detrás de ese trabajador existe una familia sometida al mismo ambiente. Proteger al que protege comienza antes de que aparezca el daño: comienza con el derecho a conocer el riesgo y con la responsabilidad institucional de hacer todo lo razonablemente posible para prevenirlo.
No hablamos solamente del policía que fumiga un procedimiento
Para nuestra actividad existe una particularidad adicional.
El policía destinado en una localidad rural puede recorrer caminos lindantes con campos recién tratados, intervenir ante denuncias por aplicaciones, permanecer durante horas en controles, accidentes o procedimientos realizados en establecimientos rurales y desconocer qué producto fue aplicado, cuánto tiempo transcurrió desde su aplicación o qué medidas preventivas debería adoptar.
Incluso puede concurrir a una intervención cuando todavía existe deriva o presencia ambiental del producto.
Por eso la exposición policial no puede analizarse únicamente preguntando si el trabajador manipula directamente un agroquímico. La exposición ambiental también debe ser considerada.
Y existe una dimensión todavía más importante.
Muchos policías destinados en pequeñas localidades no solamente trabajan allí: viven allí. Sus parejas, hijos y demás integrantes de la familia comparten el mismo ambiente durante las 24 horas. La posible exposición deja entonces de ser exclusivamente ocupacional y pasa a superponerse con la residencial.
Otro estudio argentino publicado en 2025 analizó muestras de orina de 89 embarazadas del centro-norte santafesino, 51 residentes rurales y 38 urbanas. Se detectaron residuos de plaguicidas en el 80,9% de las muestras y múltiples residuos en el 64%. Las participantes rurales presentaron una prevalencia mayor de complicaciones relacionadas con el embarazo —49% frente a 19% en el grupo urbano—, aunque nuevamente estos resultados muestran asociaciones y no permiten atribuir causalidad individual a una sustancia determinada. PubMed
Cuando hablamos de proteger al policía rural, entonces, también estamos hablando potencialmente de proteger a su familia.
El conocimiento también forma parte de la protección
Existe aquí una responsabilidad institucional que no debería postergarse.
El personal destinado a zonas agrícolas debe recibir información clara acerca de los riesgos potenciales asociados con la exposición a productos fitosanitarios, las vías posibles de contacto, las precauciones que corresponden ante una aplicación reciente y la manera de actuar cuando debe intervenir en un establecimiento donde se estén utilizando esos productos.
No alcanza con decirle al policía que tenga cuidado.
Tiene que saber de qué debe cuidarse, cuándo existe un riesgo, cómo reconocerlo y qué hacer frente a él.
Esto supone capacitación, protocolos específicos para intervenciones en áreas fumigadas, disponibilidad de elementos de protección adecuados cuando las circunstancias los requieran, registro de episodios de exposición y mecanismos de consulta sanitaria. También sería razonable relevar las dependencias policiales ubicadas en proximidad de áreas de aplicación agrícola y contemplar estos antecedentes dentro de las políticas de salud y seguridad laboral.
El propio estudio santafesino de 2026 concluye señalando la necesidad de capacitación, concientización y sistemas de vigilancia que permitan identificar poblaciones rurales en riesgo y adoptar medidas preventivas o correctivas. Analytical Science Journals
Los trabajadores policiales que forman parte de esas comunidades rurales no deberían quedar afuera.
También existe una responsabilidad profesional del policía
Pero la prevención tampoco puede descansar exclusivamente sobre la institución.
Ser policía supone una responsabilidad funcional y un compromiso profesional con la protección de la vida y la integridad de las personas.
Un funcionario que conoce la existencia de un riesgo ambiental debe incorporarlo a su formación y a su práctica profesional. Debe saber protegerse y proteger a sus compañeros, pero también comprender que puede encontrarse frente a vecinos, trabajadores rurales, niños o familias potencialmente expuestos.
Esto no significa transformar al policía en médico, toxicólogo o ingeniero agrónomo.
Significa algo mucho más elemental: conocer el problema, reconocer situaciones de riesgo, preservar el lugar cuando corresponda, requerir la intervención de los organismos competentes y evitar exposiciones innecesarias propias o de terceros.
El compromiso profesional también consiste en no naturalizar aquello que puede afectar la salud de la comunidad a la que se sirve.
Proteger a quienes nos protegen
Durante demasiado tiempo se ha pensado la seguridad laboral policial casi exclusivamente alrededor de los riesgos más visibles de la profesión: armas, violencia, accidentes, enfrentamientos o siniestros viales.
La realidad demuestra que existen otros riesgos menos evidentes.
El policía rural forma parte del ambiente en el que trabaja. Respira allí, permanece allí durante jornadas completas y muchas veces regresa, después del servicio, a una vivienda situada en la misma localidad. La frontera entre exposición laboral y exposición ambiental puede prácticamente desaparecer.
La sentencia de Sastre y las investigaciones científicas recientes no autorizan alarmismos ni afirmaciones que la ciencia todavía no puede sostener. Pero proporcionan razones suficientes para abandonar la indiferencia.
Por eso este tema también nos compete.
Nos interesa la salud del trabajador policial y nos interesa la de su familia. Nos interesa que conozca los riesgos existentes y disponga de herramientas para reducirlos. Y nos interesa que, en el cumplimiento de su función, pueda actuar profesionalmente frente a situaciones que eventualmente comprometan la salud de otras personas.
Prevenir no significa sembrar miedo. Significa transformar conocimiento en protección.
Y cuando existe información suficiente para advertir un riesgo plausible, proteger al personal, capacitarlo y mantenerlo debidamente informado deja de ser una cuestión accesoria: pasa a formar parte del deber institucional de cuidado y del compromiso profesional de quienes integran la fuerza.
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“Quien quiera oír que oiga”
(*) Ex oficial de la PSF. Periodista. Licenciado en Seguridad Pública y Ciudadana (Universidad Nacional de Chaco Austral – UNCAUs). Autor de los libros Doctrina de la Sospecha Permanente (DSP), «La Teoría del Foco y la Vara» (FyV), «El Principio de Reciprocidad Institucional» (PRI) ,«Gobernar mediante la sospecha», «Ciudadanía de Segunda Clase (CSC)» , ¿En nombre del odio? y «La Masacre de Rosario».
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