SANTA FE: policía mintió para proteger a su pareja prófuga y terminó condenada

SANTA FE: policía mintió para proteger a su pareja prófuga y terminó condenada

Camila Belén Quirós, de 27 años, recibió tres años de prisión condicional por falso testimonio. Había asegurado ante la Fiscalía que desconocía el paradero de su pareja, Laureano Yasser Lucero, buscado por el homicidio de Federico Pablo Acosta. La investigación determinó que continuaban juntos y convivían en una vivienda de barrio San Lorenzo.

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Una integrante de la Policía de Santa Fe fue condenada luego de reconocer que había mentido ante la Justicia acerca del paradero de su pareja, quien permanecía prófugo mientras era investigado por su presunta participación en un homicidio ocurrido en la capital provincial.

Se trata de Camila Belén Quirós, de 27 años, quien aceptó mediante un procedimiento abreviado una condena de tres años de prisión de ejecución condicional por falso testimonio. El acuerdo fue homologado por el juez Leandro Lazzarini, quien además estableció la prohibición de tener y portar armas de fuego. Según la información conocida sobre la sentencia, la condena determinará también su salida de la Policía de Santa Fe.

Dijo que no sabía dónde estaba

La situación de Quirós comenzó a quedar bajo la lupa cuando los investigadores avanzaron sobre el entorno de Laureano Yasser Lucero, de 22 años, buscado desde fines de mayo como uno de los sospechosos del ataque que posteriormente provocó la muerte de Federico Pablo Acosta.

Al establecer que Lucero mantenía una relación con una integrante de la fuerza provincial, Quirós fue citada a declarar ante la Unidad Fiscal de Homicidios.

El 29 de junio, la policía manifestó que ya no mantenía una relación de pareja con Lucero, que desconocía dónde se encontraba y que tampoco tenía contacto con su familia.

La investigación, sin embargo, comenzó a mostrar otra realidad.

Intervenciones telefónicas e informes de la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (DAJUDECO) permitieron establecer que el vínculo continuaba y que ambos convivían en una vivienda de Pasaje Público al 4700, en barrio San Lorenzo de la ciudad de Santa Fe.

Los encontraron juntos

El 17 de septiembre, investigadores de la División Homicidios allanaron la vivienda y encontraron allí a Lucero junto a Quirós.

Durante el procedimiento fueron secuestrados una pistola Bersa TPR calibre 9 milímetros, dos cargadores, 34 cartuchos del mismo calibre, un chaleco balístico, $420.000 en efectivo, teléfonos celulares y la credencial policial de la agente.

Ambos quedaron detenidos. Quirós fue imputada por falso testimonio y, inicialmente, el juez José Luis García Troiano dispuso su prisión preventiva. Pocos días después, su defensa llegó a un acuerdo con la Fiscalía para resolver su situación mediante un juicio abreviado.

La agente reconoció su responsabilidad y el juez Lazzarini homologó el acuerdo, imponiéndole tres años de prisión condicional.

El homicidio de Federico Acosta

La causa que originó toda la investigación comenzó el 31 de mayo de 2026, cuando Federico Pablo Acosta circulaba en motocicleta por la intersección de Juan Díaz de Solís y Uruguay, en la ciudad de Santa Fe.

Según la atribución fiscal, fue interceptado por dos hombres que circulaban en otra motocicleta. La Fiscalía sostiene que Lucero viajaba como acompañante y efectuó al menos seis disparos contra Acosta. Otro hombre, identificado como Marcelo Raúl Molinas, ya había sido detenido e imputado en la misma investigación.

Acosta fue trasladado gravemente herido al Hospital José María Cullen, donde permaneció internado hasta el 14 de junio, cuando falleció a raíz de una sepsis y falla multiorgánica. Lucero permanece en prisión preventiva mientras continúa el proceso penal en su contra. La imputación no equivale a una condena y su responsabilidad por el homicidio deberá determinarse judicialmente.

Cuando la conducta privada atraviesa la función pública

El caso presenta una particularidad que excede la relación sentimental entre dos personas.

Quirós era integrante de una institución cuya función esencial consiste precisamente en prevenir delitos, colaborar con la Justicia y contribuir a la localización de personas requeridas judicialmente. Cuando fue convocada por una fiscalía que investigaba un homicidio, declaró en una condición que le imponía la obligación de decir la verdad.

La condena no fue dictada por ser pareja de una persona investigada ni por mantener una determinada relación personal. Fue condenada porque reconoció haber brindado un falso testimonio ante la Justicia.

Esa diferencia resulta fundamental.

Un policía conserva, naturalmente, su vida privada y sus vínculos personales. Pero existen circunstancias en las que esos vínculos entran directamente en contacto con las obligaciones derivadas de la función pública. Frente a ellas, el deber profesional exige establecer un límite claro entre la relación personal y las responsabilidades propias del cargo.

En este caso ese límite se quebró y terminó produciendo consecuencias penales y profesionales para la propia agente.

El episodio deja así una enseñanza que alcanza a toda institución policial: el uniforme no elimina los afectos ni las relaciones personales, pero la condición policial impone responsabilidades que no desaparecen cuando el conflicto involucra a alguien cercano.

La obligación de colaborar con la Justicia, decir la verdad y actuar dentro de la ley no es solamente una exigencia reglamentaria. Forma parte del compromiso profesional asumido por quien integra una fuerza de seguridad.

Y cuando ese compromiso se abandona para proteger intereses personales, las consecuencias pueden trascender ampliamente el ámbito privado, como ocurrió en este caso: una investigación penal, una condena y, finalmente, la pérdida de la carrera policial.

(*) Periodista. Corresponsal en Santa Fe.

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