26 diciembre, 2024

Existe prohibición legal expresa de detenerlos o ingresar a edificios diplomáticos

La Cancillería debió intervenir por la demora de dos autos diplomáticos rusos. El personal policial no debe detener bajo ningún motivo a personal o vehículos diplomáticos y por supuesto mucho menos ingresar a un edificio de ese tipo. SE DEBE INSTRUIR ADECUADAMENTE AL PERSONAL PARA EVITAR PROBLEMAS LEGALES GRAVES. Según Página 12: "...La Policía de […]

La Cancillería debió intervenir por la demora de dos autos diplomáticos rusos. El personal policial no debe detener bajo ningún motivo a personal o vehículos diplomáticos y por supuesto mucho menos ingresar a un edificio de ese tipo. SE DEBE INSTRUIR ADECUADAMENTE AL PERSONAL PARA EVITAR PROBLEMAS LEGALES GRAVES.

Según Página 12: "...La Policía de Tránsito de la Ciudad de Buenos Aires protagonizó un verdadero escandalete intentando obligar a dos diplomáticos rusos a hacerse un test de alcoholemia cuando conducían sendos autos con chapa diplomática y no habían cometido ninguna irregularidad. Los funcionarios rusos tienen la instrucción, en la Argentina y en el resto del mundo, de no someterse a ningún test ni examen médico, por lo cual se mantuvieron dentro de los vehículos, negándose a lo que exigían los policías de tránsito. Según fuentes rusas, la Cancillería argentina intervino adecuadamente y le señaló a los jefes porteños que no se podía obligar a los diplomáticos, menos aún detenerlos y tampoco se podían secuestrar los autos. Por lo tanto, se hizo lo que correspondía: escoltar a los diplomáticos y los vehículos hasta la embajada de la calle Rodríguez Peña. Allí se labró un acta por negativa a hacerse el test y, por los trascendidos, ambas partes están en la postura de no escalar el conflicto. La Cancillería y hasta el Ministerio de Seguridad le bajaron el tono al caso...".

 

 

El medio consigna que: "...Los dos diplomáticos, Sergei Baldin y Salomatin Cardmth, fueron detenidos en el mismo control de Recoleta, cerca de la embajada. Desde la delegación diplomática explicaron que en Rusia no es feriado el 24 y el 25 porque se practica el culto cristiano ortodoxo que se guía por el calendario juliano, no por el gregoriano, por lo cual consideran que el nacimiento de Jesús fue el 7 de enero, y la Nochebuena se festeja el 6 de enero. “Por eso, el 24 y el 25 son laborables y no hubo fiesta alguna --afirmaron--. Ambos estaban en funciones”..."

En la embajada rusa ratificaron que todos los diplomáticos tienen que cumplir con el reglamento que les impone negarse a cualquier test o examen médico de un país receptor y, por ello, el primer secretario, identificado como Alexander, salió a la vereda a señalar que el procedimiento de la Policía de la Ciudad violaba la Convención de Viena de 1961. El artículo 41 de ese tratado señala que “sin perjuicio de sus privilegios e inmunidades, todas las personas que gocen de esos privilegios e inmunidades deberán respetar las leyes y reglamentos del Estado receptor”. Es un señalamiento respecto de la conducta de quien está en misión en otro país. Pero al mismo tiempo, la misma Convención afirma que los diplomáticos tienen inmunidad total, o sea no se los puede detener ni impedir la circulación de los vehículos con chapa diplomática. El artículo 31 dice: "El diplomático gozará de inmunidad de la jurisdicción penal del Estado Receptor. Gozará también de inmunidad de su jurisdicción civil y administrativa". En estos puntos entran los temas de tránsito.

Lo que correspondía era no frenar el auto con chapa diplomática ni hacerle el control, porque no estaban cometiendo ninguna infracción. O, la otra variante, es frenar el auto y registrar la negativa del conductor a hacerse el test, escoltando al diplomático hasta la embajada. Ahí se labraba un acta. Y punto. Lo vedado es tener a un diplomático retenido durante dos horas dentro de un vehículo con chapa diplomática, que es lo que hicieron los policías.

El caso más emblemático, que sirve para entender lo ocurrido este miércoles, se produjo el 5 de marzo de 2006 y motivó un fallo de la Corte Suprema integrada por Raúl Zaffaroni, Carlos Fayt, Carmen Argibay; Enrique Petracchi, Ricardo Lorenzetti y Elena Highton de Nolasco. El episodio fue muchísimo más grave que el actual. Un agregado ruso, Georgy Todua, manejando un Mercedes Benz con chapa diplomática, avanzó a gran velocidad por la avenida Santa Fe, de CABA, violando semáforos en rojo. Salió una patrulla a detenerlo y en la persecución, Todua condujo el vehículo de contramano por la calle Rodríguez Peña. Al final, el auto se detuvo, el diplomático salió del Mercedes y se enfrentó a golpes de puño con varios policías. Quedaron lesionados de los dos: Todua y un policía.

El juez que intervino en el caso consideró que, al ser un diplomático, debía intervenir la Corte. Y, efectivamente, el máximo tribunal, dispuso que el juez podía investigar lo ocurrido, pero sin indagar y mucho menos detener a Todua. La Argentina, por supuesto, estaba facultada para pedir que Rusia retirare a Todua declarándolo persona no grata, una facultad que la Convención de Viena le da a todo país receptor, sin necesidad de explicar razones. De hecho, Todua había tenido un comportamiento violatorio de normas e incurrió en el delito de agresión y lesiones. La impresión es que el asunto se resolvió evitando que el conflicto escalara: Rusia retiró a Todua de la Argentina, sin que el entonces canciller Jorge Taiana y el presidente Néstor Kirchner tuvieran que recurrir a la expulsión. De todas maneras, Rusia presentó una protesta en Naciones Unidas por violación de la inmunidad dado que Todua recibió varios golpes.

Del otro lado se posicionó, por ejemplo, la diputada libertaria Marcela Pagano, quien anunció que denunciará a los agentes que retuvieron a los diplomáticos rusos. “El art. 31 de la Convención de Viena, en su inciso 4 establece que 'los medios de transporte no podrán ser objeto de ninguna requisa, a la vez que el art. 42 agrega que no están sujetos a la jurisdicción de las autoridades judiciales y administrativas. Esto incluye controles vehiculares”.

 

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