10 febrero, 2025

GENDARMERÍA NACIONAL: ¿Vigilancia interna o persecución laboral?

Una circular interna que alerta sobre control a reclamos salariales. Policías Federales proponen Amparo Judicial (ver modelo). Un documento interno de la Gendarmería Nacional Argentina, identificado como EX-2025-11844372-APN-DIRASUNITE#GNA, ha generado preocupación dentro de la fuerza y en la opinión pública. El escrito, enviado por la Dirección de Asuntos Internos, ordena la identificación de efectivos que […]

Una circular interna que alerta sobre control a reclamos salariales. Policías Federales proponen Amparo Judicial (ver modelo).

Un documento interno de la Gendarmería Nacional Argentina, identificado como EX-2025-11844372-APN-DIRASUNITE#GNA, ha generado preocupación dentro de la fuerza y en la opinión pública. El escrito, enviado por la Dirección de Asuntos Internos, ordena la identificación de efectivos que participen en reclamos salariales a través de grupos de WhatsApp o que planeen movilizarse en una marcha convocada para el 10 de febrero de 2025.

El tono del documento, deja en claro que la institución busca vigilar de cerca cualquier actividad que pueda interpretarse como una protesta salarial dentro de las filas de la Gendarmería.

UN PEDIDO DE INFORMES QUE PARECE UNA CAZA DE BRUJAS

El escrito solicita detalles sobre la existencia del grupo de WhatsApp denominado "FAMILIAS RECLAMANDO LO QUE CORRESPONDE", indagando no sólo sobre su creador, sino también sobre sus miembros y el propósito del mismo. Pero lo que más llama la atención es el pedido expreso de información sobre otros efectivos que participen o inciten a unirse a este tipo de espacios de reclamo.

Además, el documento hace hincapié en identificar a cualquier efectivo que aliente protestas fuera de los canales reglamentarios, realice denuncias anónimas o intente "intimidar" a las máximas autoridades institucionales. En otras palabras, la Gendarmería no solo vigila las protestas formales, sino también los espacios de organización digital donde las familias de los gendarmes pueden discutir sus condiciones salariales y laborales.

EL MIEDO A LA MARCHA DEL 10 DE FEBRERO

Otro de los puntos centrales del informe es la convocatoria a una marcha hacia el Monumento a la Bandera el 10 de febrero de 2025. La circular interna ordena identificar quién organizó la protesta, cómo se difundió la convocatoria y qué efectivos tienen intención de participar.

Este pedido despierta interrogantes sobre el grado de control que la Gendarmería ejerce sobre sus propios miembros y si este tipo de medidas pueden interpretarse como un intento de coartar la libertad de expresión y manifestación de los efectivos de la fuerza.

¿DERECHO A RECLAMAR O DELITO MILITAR?

El tono de la circular sugiere que la Gendarmería considera estos reclamos como un desafío a su estructura jerárquica y reglamentaria. Habla de denuncias anónimas "para eludir sus obligaciones militares" y acciones que buscan "intimidar" a las autoridades. Sin embargo, en una institución donde los efectivos enfrentan altos riesgos, bajos salarios y condiciones laborales exigentes, ¿no es legítimo que busquen mejores condiciones de trabajo?

Este documento pone sobre la mesa un debate más amplio: ¿Los miembros de las fuerzas de seguridad tienen derecho a protestar por sus condiciones laborales o están condenados al silencio?

UNA ORDEN QUE GENERA MALESTAR

La circular interna ha generado malestar entre algunos efectivos y sus familias, que ven esta orden como una forma de intimidación y vigilancia interna. Si bien la Gendarmería Nacional es una institución de carácter militarizado, el documento revela una preocupación excesiva por el control de sus integrantes, lo que podría interpretarse como una vulneración de derechos básicos.

A medida que se acerque la fecha de la marcha del 10 de febrero, será clave observar si esta política de control se intensifica o si, por el contrario, se abre un canal de diálogo con los efectivos que reclaman mejores condiciones salariales.

Lo cierto es que este documento interno, lejos de calmar las aguas, podría avivar aún más la tensión dentro de la Gendarmería Nacional.

POLICÍAS FEDERALES ALZAN SU VOZ

Es por las denuncia sobre prácticas de vigilancia y persecución en fuerzas de seguridad y expresan en un comunicado: "...Desde Azules por Siempre, queremos expresar nuestra profunda preocupación ante la existencia de directivas internas que podrían vulnerar derechos constitucionales y garantías fundamentales de miembros de las fuerzas de seguridad y sus familias. Recientemente, hemos tomado conocimiento de disposiciones oficiales que ordenan el monitoreo e identificación de efectivos y familiares que participan en espacios de debate sobre cuestiones salariales y organizan reclamos legítimos...."

Hechos denunciados

Conforme a la información obtenida, a través del expediente EXPTE-20205-11844372-APN #GN (RESERVADO), se habrían impartido instrucciones a diversas unidades para:
1. Monitorear la existencia de grupos de Wassap en los que familiares de efectivos expresan sus reclamos bajo el nombre “FAMILIAS RECLAMANDO LO QUE CORRESPONDE”.
2. Identificar a los creadores de estos grupos y a quienes los integran, incluyendo la finalidad de su participación.
3. Detectar y señalar a miembros de la fuerza que alienten a otros a sumarse a estos espacios de discusión.
4. Reportar la existencia de efectivos que promuevan reclamos salariales o formulen denuncias en defensa de sus derechos.
5. Indagar sobre una posible convocatoria a una marcha prevista para el 10 de febrero de 2025 y señalar a los organizadores y participantes.

Posibles violaciones a derechos fundamentales

Estas acciones podrían configurar graves vulneraciones a derechos consagrados en la Constitución Nacional y en tratados internacionales con jerarquía constitucional (art. 75 inc. 22 CN), tales como:

• Libertad de expresión (art. 14 CN): Impedir o vigilar la participación en debates sobre cuestiones salariales supone un acto de censura indirecta.
• Derecho a la intimidad (art. 19 CN): La identificación de integrantes de grupos privados en redes sociales y mensajería podría implicar un accionar ilegal.
• Derecho a peticionar a las autoridades (art. 14 CN): La criminalización de reclamos salariales y la persecución de quienes los impulsan es inaceptable en un Estado de derecho.
• Derecho de reunión y protesta (art. 14 y 37 CN): La vigilancia y posible sanción de quienes convoquen a una manifestación pacífica constituye un acto de persecución.
Gravedad institucional y repercusiones legales

Estas prácticas, de confirmarse, podrían constituir abuso de autoridad, discriminación por motivos ideológicos y violación del principio de legalidad. Asimismo, podrían derivar en:

• Acciones judiciales contra funcionarios responsables.
• Presentaciones ante organismos de derechos humanos nacionales e internacionales.
• Pedidos de acceso a la información pública para esclarecer estas directivas.

Los camaradas agregan: "....Desde Azules por Siempre, exigimos que las autoridades garanticen el respeto a los derechos constitucionales de los efectivos y sus familias. No permitiremos que se utilicen los mecanismos de seguridad del Estado para amedrentar a quienes ejercen su legítimo derecho a reclamar condiciones dignas...."

Llamado a la acción

Instamos a todos los miembros de la fuerza y a la ciudadanía a mantenerse alerta ante estos atropellos y a denunciar cualquier intento de persecución o vigilancia ilegal. Solo con la unión y la determinación de todos podremos evitar que estas prácticas se consoliden como una herramienta de control indebido sobre quienes dedican su vida al servicio de la sociedad. y finalizan este comunicado proponiendo un modelo de ACCIÓN DE AMPARO (ve más abajo) diciendo: ¡La dignidad de quienes visten el uniforme no se negocia!

 

MODELO BORRADOR DE AMPARO CONTRA GENDARMERÍA NACIONAL

SEÑOR JUEZ:

[Nombre y apellido del/la demandante], DNI N° [Número de documento], con domicilio en [Dirección], en mi carácter de [carácter en que se presenta, por ejemplo, ciudadano afectado o abogado patrocinante], con el patrocinio letrado de [Nombre del abogado], T° [Número] F° [Número] del [Colegio de Abogados correspondiente], constituyendo domicilio legal en [Dirección], ante V.S. me presento y respetuosamente digo:

I. OBJETO

Que en legal tiempo y forma promuevo acción de AMPARO contra el MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN, con domicilio en [Dirección], a fin de que se declare la inconstitucionalidad y se ordene el cese inmediato de la investigación llevada a cabo bajo el expediente EXPTE-20205-11844372-APN #GN, que tiene por objeto la vigilancia de grupos de WhatsApp de familiares de efectivos de las fuerzas de seguridad y la identificación de sus integrantes, por considerarla violatoria de derechos y garantías constitucionales.

Asimismo, solicito que se dicte una medida cautelar urgente ordenando la suspensión de la mencionada investigación hasta tanto se dicte sentencia definitiva, a los fines de evitar perjuicios irreparables.

II. HECHOS

Conforme surge de la información obtenida, en el marco del expediente EXPTE-20205-11844372-APN #GN (RESERVADO), se habrían impartido instrucciones a diversas unidades de las fuerzas de seguridad federales para:

1. Monitorear la existencia de grupos de WhatsApp en los que familiares de efectivos expresan sus reclamos bajo el nombre “FAMILIAS RECLAMANDO LO QUE CORRESPONDE”.
2. Identificar a los creadores de estos grupos y a quienes los integran, incluyendo la finalidad de su participación.
3. Detectar y señalar a miembros de la fuerza que alienten a otros a sumarse a estos espacios de discusión.
4. Reportar la existencia de efectivos que promuevan reclamos salariales o formulen denuncias en defensa de sus derechos.
5. Indagar sobre una posible convocatoria a una marcha prevista para el 10 de febrero de 2025 y señalar a los organizadores y participantes.
Dicho accionar se enmarca en una política de vigilancia y control que excede el uso legítimo de fuentes abiertas de información, violando los derechos fundamentales de privacidad, libertad de expresión y de asociación de los afectados.

III. DERECHO

Las acciones descriptas constituyen una flagrante violación a los derechos y garantías establecidos en los artículos 14, 18, 19 y 43 de la Constitución Nacional, así como en tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional (art. 75 inc. 22 CN).

Específicamente, el fallo “Halabi” (CSJN, 2009) ha sentado el criterio de que la intervención de comunicaciones privadas sin una norma que establezca con claridad los casos y justificativos específicos es inconstitucional. La vigilancia sobre grupos privados de WhatsApp, sin consentimiento ni orden judicial, implica una injerencia arbitraria y desproporcionada en la privacidad de las personas.

Asimismo, la Resolución N° 428/2024 del Ministerio de Seguridad establece que la investigación en fuentes abiertas debe limitarse a información pública, lo que excluye cualquier intromisión en comunicaciones privadas.

IV. PETITORIO

Por lo expuesto, solicito a V.S.:

1. Se tenga por interpuesta la presente acción de amparo.
2. Se ordene como medida cautelar la inmediata suspensión de la investigación en curso sobre los grupos de WhatsApp mencionados.
3. Se declare la inconstitucionalidad de la vigilancia dispuesta en el expediente EXPTE-20205-11844372-APN #GN por violar los derechos a la privacidad, la libertad de expresión y la libre asociación.
4. Se impongan las costas a la parte demandada.

Proveer de conformidad,

SERA JUSTICIA

AMPLIAREMOS

Fuente: La 10 Digital

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