18 octubre, 2020

"Supongo que el único momento en que la mayoría de la gente piensa en la injusticia es cuando les sucede a ellos"

Santa Fe - La semana pasada cumplió un año de prisión efectiva en una unidad carcelaria la hasta ahora subcomisaria Nadia Lucrecia Soperez, de 38 años. Al respecto, y como les pasa a muchos caben algunas reflexiones.

 

Alguien se preguntó que es la vida de esta mujer, de esta señora; la recuerdan no? Para quienes se olvidaron de su camarada se trata de la Subcomisaria Nadia Lucrecia Soperez, de 38 años de edad, quien vivía en la ciudad de San José del Rincón.

Administrativamente su situación de revista es "pasiva" en razón a que es empleada policial de esta Provincia. Actualmente privada legalmente de la libertad en el Instituto de Recuperación IV - Cárcel de Mujeres desde el día 07/10/19. Esta funcionaria cumplió un año en estado punitivo de encierro. El Día 03/03/20 en audiencia de Juicio abreviado el Dr. Falkenverg la condenó a 8 años y 6 meses, sentencia que quedará firme el día 06/03/20.

La mayoría de la cúpula policial y los vecinos de San José del Rincón, conocen a Soperez, como una mujer de buena madera, quien firmó un “Juicio Abreviado” cansada de su situación particular y familiar, con la promesa de los fiscales (Hernández–Jiménez), que firmando ese juicio se iba con prisión domiciliaria.

Muchos saben el trasfondo de la causa del Comando de la Costa URI, y muchos miraron para un costado. Por decir su verdad en los medios de comunicación, la enviaron a la cárcel, lograron callarla destrozándole la vida y la de su familia.

Hace aproximadamente pocas semanas, se dio a conocer desde los Tribunales de esta ciudad, que Soperez, solicitó audiencia de prisión domiciliaria, en virtud la salud de su madre que tuvo dos accidentes cerebro vascular (ACV) y en audiencia, Soperez, fue anoticiada que su abuela estaba internada con fractura de fémur (tres partes) a la espera del material quirúrgico para una cirugía en el Sanatorio Diagnostico de este medio.

Según fuentes, en audiencia de Juicio abreviado, Soperez, fue contundente con el Dr. Falkenverg, Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Nro. 1; como así con los Fiscales de la Causa Exequiel Hernandez y Mariela Jimenez y los representantes de la querella, el Dr. Lombaerdi del Centro Atención a la Víctima. La oficial sostuvoe en su momento "que ella no se victimizaba, que había fallado pero que lo que le había pasado en el ejercicio de sus funciones le puedo haber pasado a cualquier funcionario, médico, abogado, etc., incluso a usted mismo S.S., porque uno confía con quien trabaja, o en sus subordinados, lo cual no hace una tipificación en cuanto al accionar de los hechos suscitados, sino que en contralor uno toma cuenta de lo que hace el personal a su cargo y por ende lo refrenda".

En su momento, Soperez, había comentado, que no era parte integrante, que por la jerarquía que revestía ser "jefa de una banda". Desde el punto de vista de la lectura judicial, las personas que se desempeñan en cargos públicos pueden incurrir y terminar siendo parte hipotéticamente en hechos gravosos que terminan como en el caso de Soperez, presos. Esto conllevó en la cuanticidad de delitos y la pena en expectativa a decidir lo más mínimo a firmar el juicio abreviado a pesar de que en algunos legajos no estuvo presente, y dado a la concordancia y promesas de los fiscales de la causa.

A pocos años de cumplir 18 años de servicio, si alguien es razonable, pueden pensar que arruinaría su carrera por una cuchilla, una campera, 2 perfumes, o agredir a una mujer embarazada. Soperez fue a trabajar al comando de su pueblo a fin del año 2016 cuando su familia sufrió un duro golpe al conocer que su padre padecía una enfermedad incurable como el cáncer.

La trasladaron a trabajar a Rincón para estar cerca de madre, ya que vivía con ella desde su alumbramiento. La salud de su padre se fue deteriorando, y en medio de esta lucha, su detención el día 04 Febrero del 2018. Tras una apelación el Dr. Reyes, Juez de Cámara de Segunda Instancia del Distrito Judicial Nro. 1, le otorgó el beneficio de la prisión domiciliaria según lo establecido en el Art. 10 inc. F del CPA, por la cuestión de salud de su padre y porque estaba a cargo de su madre y de su abuela.

El día 17/09/18, cinco días después de regresar a su casa con prisión preventiva domiciliaria su padre falleció de cáncer de colon con metástasis pulmonar. No llego asimilar que había regresado a su domicilio cuando se produjo el deceso del mismo. El día 24 de septiembre del corriente, tras una audiencia de pedido de prisión domiciliaria contemplada en el referido Artículo 10 inciso F, como así en el Art. 32 de la Ley de Ejecución Penal nro. 24.660, la Dra. Susana Luna, Jueza de Primera Instancia del Distrito Judicial Nro. 1, le denegó esta medida a pesar de los dos ACV que sufrió su madre y la situación actual de su abuela, quedando habilitada la instancia de apelación.

Actualmente todos los condenados de la causa del Comando de la Costa URI, se encuentran con prisión domiciliaria, detalladamente uno condenado a cinco años en su domicilio, dos condenados a tres años con libertad condicional. (Estos tres primeros mencionados firmaron Juicio Abreviado con la figura de la Ley del Arrepentido Nro. 27.304) Otro condenado a ocho años con prisión de domiciliaria, a excepción de Soperez que hace 12 meses lleva cumpliendo efectiva la sentencia en una Unidad Penitenciaria de esta ciudad.

Se desconoce el criterio adoptado por cada Juez al momento de expedirse cuando se estima que la Justicia que debe ser equitativa.

Fuente: UTRAPOL

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