“No nos dan una puta balas nunca pero te envían esto” así con esa definición se refirió un veterano que observaba las disposiciones luego del escándalo por la faltante de cerca de un millón de municiones en nuestra institución (VER NOTA).
Este es el Radiograma del D4 en cuestión
REMITE: JEFE DPTO. LOGÍSTICA (D-4).-
CARÁCTER: URGENTE
Nº RADIOGRAMA: 052 /2020.
TEXTO: El Sr. Jefe de este Departamento Logística D-4, conforme a directivas impartidas por la Subsecretaria de Agencia Provincial de Prevención de la Violencia con Armas de Fuego del Ministerio de Seguridad, pone en conocimiento a los Sres. Jefes de las Divisiones Logísticas y/o responsables de Personal de la Unidades Policiales, sobre los FORMULARIOS ESTANDARIZADOS PARA EL CONSUMO DE MUNICIONES, los cuales a partir de la recepción de la presente operan como instancia obligatoria para la solicitud de municiones oficiales para el personal policial, de acuerdo a cada Anexo conforme corresponda. “Por disposición de la Agencia Provincial de Prevención de la Violencia con Armas de Fuego (APVAF) se establecen los siguientes Formularios Estandarizados para el Consumo de Municiones. A partir de la presente operan como instancia obligatoria para la solicitud de municiones oficiales para el personal policial de la Policía de Santa Fe, sin distinción de jerarquía.
En cada uno de los tres formularios, el o la solicitante deberá justificar el consumo y detallar las circunstancias específicas del pedido. Todos ellos deberán estar firmados por las partes: el solicitante y el responsable de armería. El responsable deberá llenar el formulario de forma digital y luego imprimir tres copias: una para cada una de las partes, y la otra debe remitirla a la División Armamento del Departamento Logística (D4), que servirá como uno de los organismos de contralor. Las copias firmadas de los formularios se enviarán los primeros diez (10) días de cada mes, sin excepción.
En los casos de la solicitud de reposición de municiones, el responsable de la armería de la dependencia correspondiente deberá llenar el Formulario N°1 con los datos del solicitante. El consumo de las municiones oficiales sólo está justificado en el marco de las situaciones que prevé la Ley de Personal Policial. La solicitud de reposición debe estar acompañada del Nro. de Acta de Procedimiento, indicando la fecha, el lugar y la circunstancia del gasto, y debe estar firmada por el solicitante y el responsable de la armería.
Las Unidades Regionales, Direcciones Generales y el Instituto de Seguridad Pública deberán enviar, de forma digital, todos los formularios de reposición a los correos oficiales de la Agencia de Prevención de la Violencia con Armas de Fuego (controldearmas@santafe.gov.ar) y de la División Armamento del Departamento Logística (divisionarmamento-d4@santafe.gov.ar).
La remisión por correo oficial de los formularios deben realizarse los primeros diez (10) días de cada mes. Asimismo, referente al personal que requiera de capacitación sobre uso de armas de fuego y/o práctica de tiro, la Unidad Regional, Dirección General o Instituto de Seguridad Pública, mediante su Jefe de Logística diagramará con sus instructores, Jefas/es de Polígono de tiro en su destino habilitados por la ANMaC, tales prácticas de forma mensual.
Para ello, deberá elevar Formulario N°2 por vía jerárquica a la División Armamentos y Equipos Policiales, y también enviar la totalidad de formularios de capacitación, del 1 al 10 de cada mes, a los correos oficiales de la Agencia de Prevención de la Violencia con Armas de Fuego (controldearmas@santafe.gov.ar) y de la División Armamento del Departamento Logística (divisionarmamento-d4@santafe.gov.ar).
Lo informado será evaluado según prioridades a tales efectos. En cuanto al uso de municiones oficiales para los casos de reparación de armas de fuego por personal policial habilitado, se establece el Formulario N°3 para que sea completado por el responsable de la armería y el Jefe de Logística de tal dependencia. Los formularios deberán ser enviados desde los correos oficiales de la dependencia en cuestión a las casillas de correo de la APVAF y de la División de Armamento, dentro de los diez primeros días del mes.” El cumplimiento de la presente se hace efectivo con el informe que se debe elevar, como es de su conocimiento, hasta el 10 de DICIEMBRE sobre los movimientos del mes vencido.
ACUSE RECIBO: Firmado únicamente por el Señor Jefe o Sub Jefe de Dependencia.-
FIRMADO: Director de Pol. CORREA MARCELO – JEFE DPTO. LOGISTICA D-4
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