
Santa Fe (Santa Fe) – Un aspirante al Servicio Penitenciario denunció una agresión sexual presuntamente cometida por siete compañeros dentro de la Escuela Penitenciaria N.º 7 “Marcos Sánchez”.

Dos ya fueron detenidos y los restantes están identificados. El hecho es gravísimo, pero también lo es la discusión institucional que se abre: ocurrió dentro de un establecimiento estatal donde los aspirantes permanecen bajo régimen de internado permanente. Mientras Rolando Galfrascoli aseguró que sucedió “fuera de la esfera de custodia directa”, la conducción política y administrativa del sistema penitenciario quedó, por ahora, convenientemente fuera de escena.
El hecho que investiga la Justicia es suficientemente grave como para no necesitar exageraciones.
Un aspirante al Servicio Penitenciario de Santa Fe denunció haber sido víctima de una agresión sexual dentro de la Escuela Penitenciaria Unidad N.º 7 “Ayudante de 2ª Marcos Antonio Sánchez”, de la ciudad de Santa Fe.
Siete compañeros aparecen involucrados en la denuncia. Dos de ellos ya habían sido detenidos este viernes y la Policía de Investigaciones avanzaba sobre los restantes, todos previamente identificados.
La causa quedó a cargo de la fiscal Jorgelina Moser Ferro, quien ordenó la intervención del área de Género de la Agencia de Trata de Personas de la PDI.
Según informó oficialmente el Gobierno provincial, el hecho es investigado inicialmente como abuso sexual simple.
La víctima fue sometida a exámenes físicos y psicológicos y, según las autoridades, recibe acompañamiento junto a su familia.
Hasta allí hay una investigación penal que deberá determinar qué pasó y qué responsabilidad corresponde individualmente a cada uno de los siete denunciados.
Pero ocurrió algo más.
Ocurrió adentro.
Y esa sola circunstancia abre una pregunta que el discurso oficial parece interesado en responder demasiado rápido.
No estaban en una pensión: estaban internados por disposición del Estado
Los aspirantes no estaban compartiendo espontáneamente una vivienda ni habían decidido organizar por su cuenta un régimen de convivencia.
Estaban dentro de una institución estatal porque el propio Gobierno santafesino estableció que debían permanecer allí.
La Provincia informó oficialmente el pasado 14 de abril que los 521 integrantes de la Promoción N.º 64 realizarían sus primeros cuatro meses de formación bajo la modalidad de “internado permanente en la escuela”.
El internado, por lo tanto, no es accesorio forma parte del sistema de formación diseñado por el Estado y esto hace especialmente llamativa una de las explicaciones ofrecidas por el funcionario provincial Rolando Galfrascoli, quien señaló que la agresión habría ocurrido dentro del establecimiento pero “fuera de la esfera de custodia directa de las personas que tienen a cargo a estos chicos para su formación”.
Traducido: ocurrió adentro, pero aparentemente no era responsabilidad de quienes tenían a cargo a quienes estaban adentro.
La explicación merece bastante más que una aceptación automática.
La custodia no desaparece cuando termina una clase
Puede ser perfectamente cierto que, en el momento preciso del episodio, ningún instructor estuviera presenciando directamente lo ocurrido. Eso habrá que establecerlo. Pero una cosa es no tener contacto visual permanente y otra muy diferente es sostener que los aspirantes habían salido de la esfera de responsabilidad estatal.
Estaban internados, dentro de una Unidad Penitenciaria, cumpliendo un régimen obligatorio de formación, bajo autoridades designadas, con personal de servicio y dentro de una estructura jerárquica perfectamente determinada.
La nómina oficial de autoridades de la Provincia, actualizada al 29 de julio de 2026, identifica a la Escuela Penitenciaria como Unidad Penitenciaria N.º 7 y señala como director al alcaide mayor Gustavo Tabisi. El mismo documento identifica a Lucía Masneri Calderari como directora general a cargo del Servicio Penitenciario provincial, además de secretaria de Asuntos Penales del Ministerio de Justicia y Seguridad.
Existe, por lo tanto, una cadena de conducción y no termina en los siete aspirantes.
La responsabilidad penal puede ser individual; la institucional es otra discusión
Que siete personas hayan sido denunciadas no convierte automáticamente en responsables a los funcionarios de la Escuela ni a la conducción del Servicio Penitenciario.
Sería cometer exactamente el mismo error que criticamos cuando el Estado anticipa culpabilidades.
Pero tampoco corresponde hacer desaparecer de antemano cualquier responsabilidad institucional.
Hay preguntas elementales. ¿En qué sector ocurrió el hecho? ¿A qué hora? ¿Quién estaba a cargo del establecimiento? ¿Qué personal cumplía funciones? ¿Existían recorridas o controles? ¿Qué régimen funcionaba durante los períodos de descanso? ¿había responsables de piso, tutores, celadores o instructores? ¿Cuánto tiempo habría durado la situación denunciada? ¿Hubo señales anteriores? ¿Se activaron correctamente los mecanismos internos? y principalmente: ¿se abrirá una investigación administrativa sobre el funcionamiento de la Escuela o toda la investigación terminará en los siete cadetes?
Porque una cosa es determinar quién cometió eventualmente un delito.
Otra es determinar si un sistema estatal de formación, alojamiento y supervisión funcionó como debía.
Cuando la responsabilidad baja rápido pero sube despacio
Las declaraciones de Galfrascoli tienen una particularidad.
Hacia abajo fueron terminantes.
Respecto de los aspirantes denunciados aseguró que caerá sobre ellos “todo el peso de la justicia penal” y de las normas administrativas.
Hasta adelantó que “no van a pisar un establecimiento santafesino nunca más seguramente en su vida por el hecho que han cometido”.
Hacia arriba, en cambio, apareció inmediatamente la aclaración tranquilizadora:
El episodio ocurrió “fuera de la esfera de custodia directa”.
Extraña distribución de prudencias.
Para quienes están abajo de la cadena, la responsabilidad parece prácticamente establecida.
Cuando la pregunta alcanza a quienes tenían la obligación institucional de organizar el internado, aparece súbitamente la necesidad de delimitar responsabilidades.
Hay que decirlo claramente: la explicación oficial parece orientada a encapsular el episodio en las conductas individuales de los aspirantes antes de que la investigación permita saber si existieron además fallas de supervisión o conducción.
Eso también debe investigarse.
Masneri conduce el sistema
La cuestión adquiere una dimensión política adicional porque la conducción penitenciaria provincial no está acéfala ni dispersa.
El organigrama oficial vigente identifica a Lucía Masneri Calderari como secretaria de Asuntos Penales y, simultáneamente, directora general a cargo del Servicio Penitenciario de Santa Fe.
La propia Masneri encabezó en abril el ingreso de los 521 aspirantes de esta promoción y explicó públicamente el esquema de formación bajo internado permanente.
La política de internado tiene entonces responsables institucionales concretos.
Eso no convierte a Masneri en responsable de la agresión denunciada.
Pero sí impide fingir que estamos frente a un episodio completamente desprendido de la política penitenciaria que ella conduce.
Si el internado funciona bien, es parte del plan oficial.
Si ocurre algo gravísimo dentro del internado, también corresponde preguntar cómo funcionó ese plan.
No debería existir una administración pública donde los éxitos suban hacia los despachos y los problemas se detengan siempre en el último eslabón.
Una contradicción en cuatro minutos
Galfrascoli agregó además otro ingrediente conocido. Al comienzo de su exposición fue jurídicamente cuidadoso. Habló de “presuntos agresores”, explicó que habrá audiencias de imputación y sostuvo que será la Justicia la encargada de resolver las medidas que correspondan.
Era el lenguaje correcto, pero unos minutos después afirmó que los denunciados no regresarían a establecimientos provinciales “por el hecho que han cometido”.
Galfrascoli es abogado. No estamos, entonces, ante alguien que desconozca la diferencia entre una denuncia, una imputación y una condena. La conoce. De hecho, la utilizó correctamente minutos antes.
La presunción de inocencia simplemente no sobrevivió hasta el final de la conferencia.
Ya lo había hecho
No es un episodio aislado. El pasado junio, el mismo funcionario calificó públicamente como “delincuentes con uniforme” a dos integrantes de la Policía de Investigaciones involucrados en una causa judicial y anticipó que serían exonerados.
APROPOL Noticias cuestionó entonces que un funcionario del Poder Ejecutivo sustituyera mediante declaraciones públicas una determinación que correspondía a la Justicia y, en otro plano, a un procedimiento administrativo con derecho de defensa.
Dos meses después reaparece el mismo problema.
Cambian los acusados.
Cambia el delito.
No cambia la lógica.
“No se permite, no se apaña, no se encubre”
Galfrascoli pronunció una frase que compartimos: “No se permite, no se apaña, no se encubre; esto se investiga”.
Perfecto. Entonces investiguemos a los siete aspirantes, el lugar donde ocurrió, los horarios, los responsables de turno, los controles, los protocolos, la conducción de la Escuela y, si corresponde, la cadena administrativa superior.
Porque investigar solamente hacia abajo también puede convertirse en una manera bastante cómoda de no investigar hacia arriba.
Nadie pide protección corporativa
Conviene despejar cualquier interpretación interesada.
Defender la presunción de inocencia de los denunciados no significa defenderlos frente a la acusación.
Exigir que se investigue la responsabilidad institucional tampoco significa culpar anticipadamente a Tabisi, Masneri ni a ningún otro funcionario.
Estamos reclamando exactamente la misma regla para todos.
Que la evidencia determine la responsabilidad.
Si los siete aspirantes cometieron el hecho, que reciban las sanciones correspondientes.
Si hubo negligencias, omisiones o fallas graves de control, que también se establezcan.
Y si el sistema funcionó correctamente y el episodio resultaba razonablemente imposible de prevenir, que eso también quede demostrado.
Lo único inadmisible sería conocer las conclusiones antes de hacer las preguntas.
Un internado estatal no tiene momentos de tierra de nadie
La discusión de fondo puede resumirse de manera bastante sencilla.
Cuando el Estado obliga a una persona a permanecer internada para completar su formación, asume responsabilidades sobre las condiciones en las que esa permanencia se desarrolla.
No necesariamente significa vigilancia individual durante cada minuto del día. Significa organización, supervisión, reglas, personal responsable, prevención y capacidad de intervención.
No existe una especie de limbo administrativo que aparezca entre una actividad académica y otra donde cientos de aspirantes internados dejen temporalmente de encontrarse bajo responsabilidad institucional.
Por eso, frente a la frase de Galfrascoli, queda una pregunta pendiente: si siete aspirantes estaban dentro de la Escuela Penitenciaria, bajo un régimen de internado permanente establecido por el propio Gobierno, pero supuestamente estaban “fuera de la esfera de custodia”, ¿bajo la responsabilidad de quién estaban?
Quizás esa sea la pregunta que todavía falta responder.
Porque para detener a los aspirantes, expulsarlos y anunciarles todo el peso del Estado, la cadena institucional apareció inmediatamente. Para explicar quién debía supervisarlos cuando ocurrió el hecho, en cambio, la cadena parece haberse cortado justo a tiempo.
(*) Periodista. Corresponsal en Santa Fe.


📘 >> Bajar libro gratis completo en formato PDF <<



¿Nadie ha roto el hielo todavía?
Tu opinión es importante para nosotros. Sé la primera persona en dejar un comentario.
Empezar conversación ahora