BILLETERAS Y FINTECH: Desde el lunes podrán cobrar cuotas directamente de una cuenta vinculada, pero el permiso se puede revocar

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Desde el 31 de agosto comenzará a estar disponible el nuevo sistema de Cobro con Transferencia (CCT) creado por el Banco Central.

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Permitirá cobrar automáticamente cuotas de préstamos desde una cuenta bancaria o virtual previamente autorizada por el usuario. La clave es que no habilita a “barrer” cualquier cuenta y, además, el consentimiento puede darse de baja en forma inmediata.

BUENOS AIRES.- A partir de este lunes 31 de agosto comenzará a estar disponible el denominado Cobro con Transferencia (CCT), una nueva modalidad creada por el Banco Central de la República Argentina mediante la Comunicación “A” 8406 para el cobro recurrente de préstamos.

El sistema introduce un cambio importante para quienes toman créditos en bancos, financieras o determinados proveedores no financieros de crédito: una vez otorgada la autorización correspondiente, la cuota podrá cobrarse directamente desde una cuenta bancaria o cuenta de pago previamente vinculada, sin que el titular tenga que aprobar nuevamente cada débito.

Pero hay una aclaración fundamental: tener una deuda no autoriza al acreedor a buscar dinero en todas las cuentas del cliente. El CCT requiere un consentimiento explícito y previo respecto de la cuenta que será utilizada para los cobros. El Banco Central establece además que solamente podrán emplearlo entidades financieras y proveedores no financieros de crédito habilitados para participar del sistema.

El permiso puede revocarse

Este es probablemente uno de los datos más importantes para los usuarios. La autorización no es permanente ni irrevocable.

El BCRA establece expresamente que debe garantizarse la baja inmediata del consentimiento, tanto a través del prestamista como desde el banco o proveedor de la cuenta que será debitada.

Por lo tanto, una persona que haya autorizado el CCT podrá posteriormente retirar esa autorización. Eso no cancela la deuda ni elimina la obligación de pagar las cuotas, pero impide que el acreedor continúe utilizando esa autorización para cobrar mediante este mecanismo.

La diferencia es importante: una cosa es deber dinero y otra distinta es mantener vigente el permiso para que la entidad lo retire automáticamente de determinada cuenta.

Tampoco podrán intentar cobrar indefinidamente

La regulación limita los intentos de cobro de cada cuota a un intento inicial y hasta dos reintentos, previstos a las 48 y 96 horas. Además, el prestamista deberá avisar electrónicamente al cliente el día hábil anterior al débito.

El mecanismo inicialmente estará destinado a préstamos con cuotas fijas e iguales y contempla una relación cuota-ingreso que no puede superar el 30% al momento de originarse el crédito.

Atención antes de tocar “Aceptar”

Para trabajadores endeudados, el cambio merece especial atención porque buena parte de estas operaciones se contratan desde un teléfono celular y mediante procesos rápidos. La autorización para futuros cobros puede quedar incorporada dentro de esa contratación y, una vez otorgada, permitirá que las cuotas sean debitadas automáticamente de la cuenta elegida.

Por eso, antes de aceptar un nuevo préstamo habrá que verificar qué cuenta se está vinculando, qué autorización se está otorgando y cómo se puede revocar posteriormente.

El CCT no es un embargo y tampoco entrega al acreedor una llave para ingresar indiscriminadamente a todas las cuentas del deudor. Pero sí introduce una herramienta mucho más eficaz para cobrar automáticamente una deuda cuando el usuario previamente consintió utilizar una cuenta determinada.

Y hay un derecho que conviene recordar desde el primer día: ese consentimiento se puede retirar.

¿SABÍAS QUE CAMBIA EL COBRO DE PRÉSTAMOS ENTRE BANCOS Y BILLETERAS?

Desde el 31 de agosto entra en vigencia el sistema Cobro con Transferencia (CCT) del Banco Central.

✔️ El débito requiere tu consentimiento previo.
✔️ Solo pueden cobrar desde la cuenta que autorizaste.
✔️ Deben avisarte electrónicamente el día hábil anterior.
✔️ Hay un intento inicial y solamente dos reintentos.
✔️ Podés revocar inmediatamente la autorización.
✔️ Revocar el permiso no elimina la deuda.
✔️ El sistema no habilita a la financiera a “barrer” libremente todas tus cuentas.

IMPORTANTE: antes de aceptar un préstamo, revisá qué cuenta estás vinculando y qué autorización de cobro estás otorgando.

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