Coerción ideológica: Otra excusa legal para criminalizar la protesta

El Artículo 213 bis del Código Penal se convirtió en una herramienta de disciplinamiento político, usada para criminalizar manifestaciones sociales y perseguir a policías que reclaman sus derechos laborales. Podría ser utilizada también para reclamos gremiales de policías. 

Por Alberto Martínez

La reciente imputación por coerción ideológica a cuatro manifestantes antimineros en Mendoza expone cómo el Estado utiliza normas anacrónicas para criminalizar la protesta social y limitar derechos fundamentales. (VER NOTA: «Detenciones y allanamientos contra activistas ambientales en Mendoza: “Es una oleada de terror”»)

📌 El caso de Uspallata:

➡ Detuvieron a manifestantes que protestaban contra la megaminería.
➡ El delito imputado fue “coerción ideológica”, una figura creada en 1974 en el contexto de la lucha antisubversiva.
➡ Se realizaron allanamientos y detenciones selectivas, mientras que las agresiones de grupos violentos no fueron investigadas.

Pero esta maniobra no solo afecta a activistas y ciudadanos, sino que también es usada contra policías y penitenciarios cuando reclaman mejores condiciones laborales, salarios dignos o el derecho a la sindicalización.

Marcelo Romano, abogado ambientalista. (Gentileza Tiempo Ar)

📢 Cuando la ley se usa para castigar a quienes protestan

El Artículo 213 bis del Código Penal, que pena con 3 a 8 años de prisión a quienes impongan ideas “por la fuerza o el temor”, ha sido utilizado con una interpretación arbitraria para:

✔ Perseguir manifestantes de distintos sectores sociales y laborales.
✔ Imputar a policías que se organizan en reclamos legítimos.
✔ Aplicar la ley de manera selectiva, castigando solo a quienes cuestionan al poder.

📢 Ejemplo en la fuerza:

➡ Policías que protestan pacíficamente son sancionados e imputados, mientras que otros sectores pueden cortar rutas o realizar paros sin represalias.
➡ Se criminalizan reclamos por mejoras salariales, cuando la falta de condiciones dignas afecta directamente la seguridad pública.

Este tipo de decisiones exponen la doble vara con la que actúa el poder político: mientras se habla de “democracia y derechos”, se utilizan herramientas legales del pasado para restringir libertades.

📌 El riesgo de aplicar normas anacrónicas en democracia

📢 Preguntas clave:

✔ ¿Hasta qué punto una protesta es un delito y cuándo es un derecho?
✔ ¿Por qué solo algunos sectores son perseguidos cuando se manifiestan?
✔ ¿El Estado usa la coerción ideológica para disciplinar y reprimir opositores?
✔ ¿Cuántos policías han sido sancionados e imputados por reclamar derechos básicos?

Si protestar pacíficamente puede ser considerado un crimen, nadie está a salvo de ser perseguido por ejercer su derecho a expresarse.

El uso político del Artículo 213 bis es una amenaza directa a la libertad de expresión y al derecho a la protesta. Hoy son los manifestantes antimineros, ayer fueron los policías y mañana podría ser cualquier ciudadano que desafíe al poder.

APROPOL Noticias

 

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