Desarme policial: cuando el Estado traslada el riesgo y se lava las manos

El desarme policial no es una política de prevención, sino una estrategia para correr el problema del centro institucional. En lugar de proteger al agente, el Estado lo responsabiliza. No resuelve nada: se protege a sí mismo.

Por Alberto Martínez (*)

En vez de asumir su responsabilidad institucional, el Estado elige desplazarla. Debería garantizar evaluaciones psicofísicas reales, salud mental, formación ética y esquemas de acompañamiento profesional. Pero prefiere transferirle al policía —la víctima de su propia desidia— toda la carga del riesgo. El desarme, entonces, no es una solución: es una simplificación ideológica frente a problemas estructurales. No previene suicidios ni evita violencias; apenas construye coartadas. Así, el Estado no rediseña ni humaniza su estructura: la terceriza. Desarma para no invertir, retira armas para no asumir culpas. Y cuando algo ocurre, solo dice: “le habíamos quitado el arma”. Esa es la lógica que subyace a este proyecto: una política de lavado de manos institucional disfrazada de prevención.

En los fundamentos del Proyecto de ley 762/2025, que propone restringir la portación del arma reglamentaria al personal policial de Chaco fuera del horario de servicio, sus autores apelan a una serie de casos dolorosos —tres suicidios y dos hechos de violencia— para justificar una reforma estructural del sistema de seguridad. Pero cuando la excepción se convierte en norma, estamos frente a una política errada. Y lo que es peor: regresiva.

¿Tragedia o política pública?

No hay duda: cada muerte es una herida abierta. Pero el problema no es el arma, sino el abandono. De los casos citados por los legisladores, el 80% no contaban con asistencia psicológica. Ninguno fue intervenido preventivamente por la institución. Y en todos se omitió señalar si hubo protocolos de salud mental, alertas previas o indicios ignorados por las jefaturas.

Convertir la portación del arma en el eje del problema no solo simplifica de manera peligrosa, sino que culpabiliza al trabajador, como si su sola presencia armada implicara una amenaza latente.

Un proyecto que nace de la desconfianza

Los propios fundamentos lo confiesan: no quieren dejar indefenso al policía, solo quitarle su herramienta esencial. Esa contradicción es brutal. El mismo Estado que le exige intervenir fuera de turno le impide portar el arma reglamentaria.

¿Con qué se defiende ese policía si lo sorprenden de civil, en su barrio, frente a los mismos criminales a los que detuvo en servicio?

Legislar con datos

En ninguna parte del texto se menciona:

  • El índice real de suicidios policiales en la provincia.

  • La tasa de violencia con arma reglamentaria sobre el total de personal armado.

  • El costo emocional de convivir con estrés laboral y riesgo 24/7.

Tampoco se proponen alternativas más humanas y eficientes, como protocolos de retiro temporal del arma en casos puntuales, custodia voluntaria, trazabilidad digital o acompañamiento psicofísico permanente.

La única respuesta es la prohibición. Y eso no es prevención: es claudicación.

La paradoja del desarme institucional

En lugar de reforzar a sus policías, pretenden restringirlos. Y lo hacen en nombre de una seguridad que jamás será real si el agente termina siendo el primer sospechoso. La doctrina del policía desarmado no es una ideología que confunde debilidad con paz.

La pregunta incómoda que nadie hace

¿Por qué se desarma al policía fuera de servicio, pero no al custodio del juez? ¿Por qué al agente que cobra menos de $700.000 se le restringe su arma, mientras que el legislador que firma esta ley tiene seguridad asegurada y despacho custodiado? La respuesta está en la desigualdad, no en la seguridad.

“Think Tank” y agenda global

Estas iniciativas no son casos aislados, son parte de un plan sistemático e impulsado en el mundo por poderosos «Think Tank» También para comprender quiénes están detrás de estas iniciativas y su real implicancia geopolíticas se aborda el financiamiento internacional de las organizaciones que promuevan esa agenda como CELS, AI y HRW que reciben fondos de Open Society, Ford Foundation, embajadas europeas y agencias de la ONU.

Queda claro en la conclusión del trabajo que estos modelos importados desde realidades sin violencia estructural no son aplicables al contexto argentino.

TRABAJO COMPLETO:

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«El desarme policial como política de desplazamiento institucional del riesgo»

Por Alberto Martínez (*)

Introducción

En el contexto de una Argentina atravesada por una creciente inseguridad y una crisis de representación institucional, reaparecen con fuerza propuestas legislativas que, en lugar de fortalecer al Estado, lo debilitan desde su columna vertebral: sus fuerzas de seguridad. Tal es el caso del proyecto chaqueño que propone restringir la portación del arma reglamentaria fuera del horario laboral al personal policial.

Este ensayo se propone analizar, desde una perspectiva jurídica, política y doctrinaria, las implicancias de esta iniciativa y sus efectos sobre la función policial, la seguridad pública y el contrato social. El policía desarmado, lejos de representar una garantía de paz, simboliza la desprotección estatal ante el crimen y el abandono de los servidores públicos que arriesgan su vida a diario.

1. La portación institucional: una responsabilidad indelegable del Estado

El arma reglamentaria no es un privilegio individual sino una herramienta institucional delegada por el Estado a sus agentes de seguridad. Esta delegación responde a un principio básico de la organización estatal: el monopolio legítimo del uso de la fuerza. En este marco, la portación del arma reglamentaria forma parte inseparable del rol público asignado al policía, que no cesa al finalizar el turno.

Restringir la portación fuera de servicio rompe con este principio, y convierte al Estado en un actor negligente que limita sus propias capacidades operativas. Como señala el jurista Luigi Ferrajoli, el Estado constitucional debe equilibrar la protección de los derechos individuales con la garantía de la seguridad colectiva. Sin una policía funcionalmente equipada, este equilibrio se fractura.

2. Doble estándar político: desarme para el pueblo, custodia para los poderosos

Mientras se exige a los policías que intervengan aun fuera de servicio, se les pretende despojar de su única posibilidad concreta de defensa. Paradójicamente, quienes impulsan estas medidas gozan de protección armada estatal o privada, en abierta contradicción con la ética republicana.

Este doble estándar erosiona la confianza ciudadana y refleja un patrón de decisiones políticas donde la seguridad se vuelve un privilegio de clase, no un derecho colectivo. Como señalara Norberto Bobbio, la democracia se pervierte cuando la igualdad ante la ley se transforma en desigualdad ante el riesgo.

3. El impacto sobre la moral y la doctrina policial

Más allá de lo operativo, la prohibición impacta de lleno sobre la identidad y la autoestima del personal policial. Implica un mensaje simbólico: “no sos digno de portar lo que el Estado te confió”.

Esto mina la vocación, desincentiva el compromiso y alimenta la fragmentación de las fuerzas de seguridad. Una policía sin reconocimiento ni respaldo, con salarios precarios y funciones limitadas, es el prólogo de una estructura estatal que renuncia a sí misma.

4. Impacto logístico 

Uno de los aspectos más críticos —y frecuentemente ignorados— del proyecto de desarme policial fuera de servicio es su inviabilidad operativa. En una dependencia de gran escala con unos 5000 efectivos, armar y desarmar diariamente a unos 2500 policías por turno requeriría una infraestructura logística descomunal. Aun disponiendo de 20 puestos operativos simultáneos, el proceso insumiría más de 8 horas por jornada, sin margen para imprevistos, aglomeraciones o emergencias. Esta tarea implicaría además la creación de armerías blindadas con capacidad para almacenar entre 1500 y 2000 armas, con sistemas de trazabilidad digital en tiempo real, cámaras acorazadas, climatización controlada y entre 10 y 20 agentes exclusivamente dedicados a su administración. Y aun así, no se garantiza eficacia ante caídas de sistema, motines o incidentes graves. En síntesis, se trata de un modelo que no solo es logísticamente inviable, sino que responde más a un sesgo ideológico que a un análisis técnico realista.

5. Impacto financiero 

Los costos estimados para implementar y sostener este sistema son tan excesivos como innecesarios. La infraestructura inicial —que incluye obras edilicias reforzadas, sistemas de seguridad de última generación y estaciones de control biométrico— demandaría una inversión superior a los 400 millones de pesos argentinos. A esto se suman al menos 150 millones anuales para el mantenimiento de equipos, personal especializado y gestión digital. Todo este desembolso no garantiza mejoras reales en la seguridad ni eficiencia operativa, lo que convierte la medida en una erogación millonaria sin fundamento técnico, solo justificable desde una perspectiva ideológica.

6. Alternativas viables y realistas al desarme obligatorio

Frente a la propuesta de desarmar masivamente a los policías fuera de servicio, existen alternativas técnicamente viables, mucho más eficaces y respetuosas del rol profesional del agente. Una de ellas es la implementación de un control digital descentralizado, con chips RFID o códigos QR grabados en las armas, que permiten registrar automáticamente su trazabilidad sin necesidad de armerías centralizadas. Otra medida complementaria es el registro vinculado al GPS del móvil policial, que asocia el arma al dispositivo o patrullero asignado, controlando en tiempo real cualquier desvío o uso indebido. En paralelo, se pueden establecer armarios de seguridad sectorizados, pequeñas unidades blindadas distribuidas en las comisarías, para que el agente que lo desee guarde su arma fuera de servicio sin que ello se convierta en una imposición general. También es factible el uso de sistemas biométricos internos, que aseguren que solo el agente asignado pueda registrar o retirar su arma, reforzando la seguridad sin afectar su portación. Finalmente, se puede aplicar un sistema voluntario de custodia institucional, en el que cada efectivo elija si quiere conservar su arma o dejarla a resguardo. Estas medidas conjugan control, trazabilidad, eficiencia operativa y respeto al derecho funcional del policía, sin recurrir a soluciones costosas, ideológicas o punitivas.

7. Modelos internacionales que refuerzan el control sin desarmar

Diversas experiencias en América y el mundo demuestran que es posible garantizar trazabilidad y seguridad en el uso del arma reglamentaria sin recurrir al desarme obligatorio.

  • En Brasil, la Policía Militar del Estado de São Paulo implementó un sistema de control biométrico de armas, mediante armarios blindados automatizados que solo pueden abrirse con la huella digital del agente autorizado y la coincidencia del número de serie del arma. Cada movimiento queda registrado con fecha, hora, destino y observaciones, evitando desvíos o usos no autorizados.
  • En Colombia, la Policía Metropolitana de Bogotá puso en marcha desde 2017 un sistema de custodia voluntaria con etiquetas RFID, que permite al agente guardar su arma si lo desea, con registro automático y seguimiento en tiempo real desde una app institucional.
  • En Estados Unidos, el Departamento de Policía de Nueva York (NYPD) utiliza desde hace años los smart gun lockers, armarios individuales inteligentes con tarjeta, huella y conexión a la nube, que alertan en caso de omisiones o irregularidades.

Estos tres modelos, distintos en forma pero similares en fondo, no desarman ni burocratizan, sino que controlan, protegen y profesionalizan la función policial. Son pruebas concretas de que la solución no está en medidas masivas sino en el uso inteligente de la tecnología al servicio del orden y la responsabilidad institucional.

País / Región Modelo policial Portación fuera de servicio Armas permitidas Situación actual / Observaciones
Argentina Policial militarizado/profesional Obligatoria (con excepciones) Arma reglamentaria Debate abierto. Proyecto de restricción en Chaco. Cuestionamientos gremiales y jurídicos.
Brasil Policial militarizado Permitida por ley Arma reglamentaria Ley 10.826/2003 garantiza el porte a todos los efectivos, incluso retirados.
Uruguay Policial profesional civil Permitida Arma reglamentaria Ley 19.247 lo habilita. Discusión técnica pero sin desarme obligatorio.
Paraguay Policial con base militar Permitida con supervisión Arma reglamentaria Ley 4036/10 permite el porte fuera de servicio.
Chile Policial civil (PDI) y uniformado (Carabineros) Permitida con autorización Arma reglamentaria Requiere autorización previa. Modelo mixto con alta supervisión.
Bolivia Policial con estructura castrense Restringida Sólo dentro del servicio No se permite portación fuera de servicio salvo casos especiales.
EE.UU. Descentralizado / Sheriff / Policía local Permitida ampliamente Cualquier arma habilitada Alta portación fuera de servicio. Defensa propia como derecho constitucional (2ª Enmienda).
Reino Unido Policía comunitaria (bobbies) Generalmente no permitida Unidades especiales armadas Tras atentados se armó al 10% del personal con fusiles y carabinas.
Francia Policía nacional y gendarmería Permitida Arma reglamentaria Policías armados incluso fuera de servicio por amenaza terrorista.
Alemania Policía federal y provincial Permitida bajo normativa Arma reglamentaria Supervisión técnica, pero porte autorizado como protección personal.

Gráfico: Cuadro comparativo de distintos modelos policiales en el mundo respecto al porte de armas reglamentarias fuera de servicio

8. Derecho comparado: el principio de disponibilidad permanente

En la mayoría de los países latinoamericanos, la normativa reconoce que el agente de seguridad tiene funciones que exceden el horario administrativo.

  • En Brasil, la Ley 10.826/2003 garantiza este derecho.
  • En Uruguay, la Ley 19.247 permite y facilita la portación fuera de servicio.
  • En Paraguay, la Ley 4036/10 también lo habilita con supervisión.

Incluso en sistemas restrictivos como Chile, se permite la portación en franco de servicio bajo autorización. Solo Bolivia y algunos sectores del Reino Unido aplican restricciones absolutas, aunque en contextos institucionales, sociales y culturales muy distintos.

9. El caso británico: de la policía desarmada a las armas largas

La Policía Metropolitana de Londres (Metropolitan Police Service), conocida popularmente por sus agentes como los «bobbies», es uno de los casos más referenciados en debates sobre desarme. Históricamente, esta fuerza se caracterizó por su modelo de policía comunitaria sin armas de fuego visibles. Sin embargo, esa tradición ha cambiado en las últimas décadas.

  • Tras los atentados de Londres de 2005 y el incremento del crimen organizado con armas de fuego, el Reino Unido creó unidades armadas especializadas como las «Authorised Firearms Officers».
  • En zonas de alto riesgo, aeropuertos, estaciones ferroviarias, y actos masivos, la policía patrulla con armas largas automáticas, incluidas carabinas y subfusiles.
  • En la actualidad, aunque la mayoría de los policías británicos siguen desarmados en tareas de bajo riesgo, más del 10% del personal operativo está armado o entrenado para hacerlo ante incidentes críticos.

10. El deber internacional de proteger a los agentes del Estado

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha sostenido que los Estados tienen una obligación reforzada de proteger la vida e integridad de quienes cumplen funciones públicas de riesgo. Negarles medios razonables de autoprotección —como el arma reglamentaria— puede constituir una omisión culposa del Estado frente a un riesgo conocido y previsible. Por lo tanto, una medida como la que propone el proyecto chaqueño no sólo es regresiva y arbitraria: puede ser jurídicamente reprochable a nivel internacional.

11. El marco teórico del desarme: fundamentos, límites y contradicciones

El caso chaqueño: texto y argumentos del proyecto de ley

El proyecto presentado en la Cámara de Diputados del Chaco bajo el número 762/2025 propone limitar la portación del arma reglamentaria exclusivamente al horario de servicio, modificando además el artículo 35 de la Ley 178-J y prohibiendo la portación a personal retirado. Entre sus medidas se destaca la creación de espacios de seguridad en comisarías con cajas fuertes para guardar las armas fuera del turno.

Los fundamentos esgrimidos por los autores del proyecto se centran principalmente en una serie de casos trágicos ocurridos entre 2019 y 2024 en los que policías chaqueños, utilizando su arma reglamentaria, cometieron suicidios o femicidios. Citando episodios puntuales, como los de Claudio Mambrín, José Fabio Acosta, Federico Fogliatti y otros, el texto argumenta que el acceso al arma fuera del servicio es un factor de riesgo.

Asimismo, el proyecto propone que el Jefe de Policía podrá autorizar excepcionalmente la portación fuera de servicio mediante resolución fundada. Y señala que la medida no busca desproteger al agente, sino resguardar a terceros ante posibles usos indebidos.

Esta fundamentación, sin embargo, omite por completo el principio de presunción de inocencia, la función preventiva del agente armado y las estadísticas que demuestran que los casos extremos son excepcionales en relación al total del personal armado. Además, propone una reforma de fondo a la lógica del estado policial, modificando su disponibilidad operativa histórica.

A partir de estos argumentos puntuales, el proyecto chaqueño se inscribe dentro de una línea ideológica que asocia desarme con prevención, y al mismo tiempo desliga al Estado de su deber de asistencia psicológica, acompañamiento y formación ética de sus fuerzas.

Marco doctrinario

Los proyectos de desarme policial se apoyan en teorías que, si bien tienen raíces legítimas, son muchas veces aplicadas de forma simplista, sin rigor operativo ni comprensión del contexto. Los detractores suelen esgrimir una serie de argumentos que, si bien apuntan a riesgos reales, no justifican la restricción de un derecho funcional, sino que reclaman soluciones institucionales más inteligentes y humanas.

El primer argumento es el uso indebido del arma en conflictos personales o domésticos. Sin embargo, su frecuencia es estadísticamente muy baja en relación al total de agentes armados, y puede abordarse con evaluaciones psicofísicas periódicas, atención temprana a cuadros de estrés o adicción y una supervisión efectiva de salud ocupacional.

En segundo lugar, se cita el suicidio con arma reglamentaria. No obstante, está demostrado que desarmar no los previene: lo que previene es una política activa de salud mental, con detección de riesgo, acompañamiento profesional y licencias especiales con retiro temporal del arma en casos puntuales.

También se señala el riesgo de robo o pérdida del arma, que se soluciona con protocolos de portación segura, fundas con tecnología biométrica y capacitación constante. Otros temores, como el uso inapropiado en contextos no profesionales o en estado de ebriedad, se enfrentan con un régimen disciplinario claro, sanciones proporcionadas y formación ética permanente.

Finalmente, las consecuencias penales ante una intervención fuera de servicio solo se resuelve con normativas claras, cobertura legal institucional y formación jurídica específica.

En conclusión, los problemas vinculados a la portación fuera de servicio existen, pero no se resuelven prohibiendo: se gestionan con seriedad, tecnología, profesionalismo y cuidado humano.

Marco teórico

Entre sus principales fundamentos se encuentran:

  • Doctrina del control civil absoluto: considera que las policías deben estar subordinadas no solo en estructura, sino en todo su accionar operativo. Llevado al extremo, justifica la retirada del arma reglamentaria como símbolo de subordinación.
  • Perspectiva de desmilitarización: identifica cualquier rasgo jerárquico, armado o uniforme con lógicas represivas. Propone policías «desarmadas» para evitar una supuesta militarización del espacio público.
  • Prevención de violencia y suicidios: alega que muchas situaciones de violencia doméstica o suicidios policiales se dan con el uso del arma reglamentaria, y que retirarla sería una forma de prevención.
  • Doctrina zaffaroniana: promueve la mínima intervención punitiva del Estado. Llevada al extremo, ubica a la policía como un factor de riesgo institucional más que como garantía de orden.

Estas ideas, aplicadas sin criterio, terminan desarmando al garante del orden y empoderando al que lo desafía. En contextos como el argentino, no solo son inapropiadas: son peligrosas.

12. Estadísticas reales: ¿qué tan frecuentes son los riesgos del porte fuera de servicio?

Los argumentos a favor suelen invocar riesgos como suicidios, violencia doméstica o uso indebido del arma reglamentaria fuera de servicio. Sin embargo, los datos disponibles desmienten que estos hechos sean frecuentes o estructurales.

  • Suicidios policiales en Argentina: se estiman entre 30 y 60 por año. Según FASIPP (Federación Argentina de Sindicatos Policiales y Penitenciarios), el 80% no estaba bajo seguimiento psicológico, y solo el 40-45% se concretó con el arma oficial.
  • Brasil: según el Fórum Brasileiro de Segurança Pública (2021), el 57% de los suicidios policiales fueron con arma reglamentaria, pero la mayoría de las víctimas no había sido desarmada ni asistida previamente.
  • Violencia doméstica: en Argentina, informes gremiales estiman que menos del 1% de los policías denunciados usaron su arma en el hecho. En EE.UU., el Department of Justice reportó que solo el 2% de los casos implican el arma reglamentaria.
  • Robo o pérdida del arma: según un estudio de la Defensoría del Pueblo Bonaerense (2019), menos del 0,2% del total de armas reglamentarias fueron denunciadas como perdidas o robadas en 5 años. En EE.UU., el FBI Uniform Crime Report señala un 0,03%.
  • Intervenciones exitosas de policías armados fuera de servicio: según registros gremiales y policiales no oficiales, en Buenos Aires y Rosario se reportan entre 50 y 100 hechos frustrados por año gracias a policías de franco armados.
Problema citado Frecuencia real Solución institucional realista
1. Uso indebido en conflictos personales Muy baja – Evaluaciones psicofísicas periódicas
– Atención en salud ocupacional
2. Suicidios con el arma reglamentaria Baja, pero sensible – Políticas activas de salud mental
– Licencias con retiro preventivo (puntual)
3. Robo o pérdida del arma Poco frecuente – Protocolos de portación segura
– Fundas biométricas
– Capacitación permanente
4. Uso en contextos no profesionales Casos excepcionales – Régimen disciplinario firme
– Registro y sanción proporcional
– Formación ética
5. Riesgo legal por intervención fuera de servicio Recurrente – Normativas claras
– Cobertura legal estatal
– Capacitación jurídica continua

 

Gráfico: Riesgos asociados a la portación del arma

El verdadero enemigo no es el arma, sino el abandono

Uno de los argumentos más recurrentes es la prevención de estos casos. Sin embargo, los datos disponibles desmienten esta simplificación peligrosa. En Argentina, si bien no existe un registro nacional unificado, estimaciones de la FASIPP indican entre 30 y 60 casos policiales anuales, y lo más alarmante no es el arma utilizada, sino la ausencia total de acompañamiento: más del 80% de los casos no estaban bajo seguimiento psicológico. Solo entre el 40 y el 45% de los que se producen con el arma reglamentaria. La tendencia se repite a nivel internacional: en Brasil, el 57% se concreta con arma del servicio, pero en la mayoría de los casos los cuadros superiores no habían intervenido pese a síntomas visibles. En Estados Unidos, el informe 2022 de Blue H.E.L.P. reveló más de 170 muertes violentas entre policías activos o retirados, con una proporción similar de uso de armas reglamentarias. La conclusión es clara: el arma puede ser el medio, pero nunca la causa del suicidio. Desarmar sin acompañar no salva vidas: solo invisibiliza el problema real, que es el deterioro emocional, la desprotección institucional y el aislamiento del efectivo. Una política seria no debería preguntar si tiene el arma, sino si tiene con quién hablar, quién lo contiene y qué señales se están ignorando.

13. Antecedentes históricos de desarme policial en Argentina

A lo largo de las últimas décadas, han existido diversas medidas puntuales y propuestas legislativas que intentaron avanzar sobre el derecho y el deber del policía de portar su arma reglamentaria:

  • Post 2001 en Buenos Aires: se retiraban las armas a agentes en conflicto familiar o psíquico sin dictamen médico. La medida fue denunciada como arbitraria.
  • Gendarmería Nacional 2010-2015: durante la gestión de Nilda Garré, se impulsó que el personal dejara su arma en el destacamento al terminar su turno. Se desactivó tras el cambio de gobierno.
  • Santa Fe – gestión Marcelo Saín (2019-2021): se propuso el sistema de «armerías inteligentes». Implicaba entregar el arma al finalizar el turno. Nunca se implementó por falta de apoyo y fuerte rechazo.
  • Proyectos legislativos 2015 en adelante: en varias provincias (Buenos Aires, Santa Fe, CABA, Chaco) se intentó limitar el uso del arma fuera de servicio. Todos fracasaron ante el repudio técnico y gremial.
  • Santa Fe – pandemia COVID-19 (2020-2021): agentes que no aceptaban aplicarse la denominada «vacuna contra el COVID» —calificada por muchos como experimento en fase de prueba— fueron desarmados por disposición administrativa. Esta medida violó principios de consentimiento informado y fue interpretada como una sanción encubierta e inconstitucional.

Estos antecedentes evidencian que cada intento de desarme, aún parcial o encubierto, ha generado resistencia interna, deterioro de la operatividad policial y pérdida de autoridad estatal.

14. Impulso internacional al desarme policial: una agenda global con consecuencias locales

Existen entidades internacionales —gubernamentales y no gubernamentales— que han promovido de forma parcial o total estas medidas, especialmente en América Latina:

  • Amnistía Internacional (AI): ha propuesto restricciones severas al uso del arma reglamentaria, sugiriendo que no sea portada fuera del servicio, especialmente en contextos urbanos. Informe destacado: “La ley del gatillo fácil” (2018). (Financiamiento: aportantes individuales, filiales europeas, y en algunas campañas, vínculos indirectos con Open Society Foundations (George Soros)).
  • Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS): promueve una visión de “seguridad democrática” con limitaciones a la portación fuera de servicio. Ha influido en proyectos legislativos en Buenos Aires y CABA. (Financiamiento: Open Society Foundations, Fundación Ford, Embajada de Noruega, Embajada de Canadá, proyectos con PNUD y UNICEF.)
  • Human Rights Watch (HRW): en informes sobre México, Brasil y Colombia, ha criticado la portación permanente de armas y reclamado mayores controles externos. (Financiamiento: donantes privados de alto poder adquisitivo, incluida una donación de 100 millones de dólares de George Soros en 2010. También financiada por la Fundación Ford y el Rockefeller Brothers Fund).
  • Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACDH): en su guía de 2014, sugiere restringir la portación fuera del servicio, salvo razones justificadas (Financiamiento: ONU, con contribuciones voluntarias de Alemania, Noruega, Suiza, Canadá y otros países nórdicos).
  • Organización de Estados Americanos (OEA) y el PNUD: en programas de seguridad comunitaria han promovido modelos sin portación de armas en el tiempo libre, como en Honduras o El Salvador (Financiamiento: agencias multilaterales (PNUD, BID), GIZ (Alemania), AECID (España), USAID (Estados Unidos), Open Society).

Voces críticas al desarme: referentes y posicionamientos

Diversos sectores académicos, jurídicos y gremiales han manifestado su oposición a las propuestas de desarme policial. Algunas de las voces destacadas incluyen:

  • Dr. Juan Carlos Lombardi (jurista y catedrático): ha sostenido que “la portación de armas fuera de servicio es un deber funcional derivado del mandato constitucional de protección de la comunidad” y que limitarla equivale a “neutralizar preventivamente al garante de la ley”.
  • Federación Argentina de Sindicatos Policiales y Penitenciarios (FASIPP): sostiene que esto atenta contra la dignidad del trabajador de la seguridad, y constituye una violación del principio de legalidad funcional.
  • Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP): si bien ha criticado abusos, también ha advertido que desarmar sin reemplazo estructural puede generar vacíos operativos que agraven la inseguridad.
  • Jueces y fiscales: aunque de forma más discreta, algunos magistrados han manifestado informalmente su preocupación.

Estas voces coinciden en que el verdadero problema no es el arma, sino el abandono del Estado a sus propias fuerzas.

15. Nuevos enfoques: ideas complementarias para fortalecer el análisis

a. El concepto de “policía ciudadano” no implica un policía desarmado

Una policía democrática no es una policía sin autoridad. El agente armado, correctamente formado y controlado, es una garantía del Estado de Derecho, no su amenaza. Desarmar al policía en nombre de la paz, es desarmar al Estado en nombre de una ideología mal entendida.

b. La responsabilidad del Estado ante la muerte de un policía desarmado

Si el Estado decide desarmar a sus agentes, debe asumir también la responsabilidad jurídica y moral cuando uno de ellos muera por no tener con qué defenderse en una situación de emergencia. Esta omisión podría interpretarse como abandono de persona institucional o negligencia dolosa.

c. Protocolo alternativo al desarme obligatorio

En lugar de desarmar de manera masiva, se podrían aplicar medidas como:

  • Controles psicofísicos periódicos reales.
  • Sistema de custodia voluntaria para quienes lo soliciten.
  • Registro y trazabilidad digital (QR, RFID).
  • Formación continua en portación y uso ético del arma reglamentaria.

d. El arma como símbolo de la autoridad legítima

El arma policial no es un instrumento de opresión, sino el símbolo visible del monopolio legal de la fuerza que el pueblo delega en el Estado. Retirarla es simbólicamente equivalente a quitarle la investidura al juez o la toga al fiscal: despoja al agente de su función representativa del orden.

e. El peligro del desarme: análisis de riesgo inverso

Las estadísticas y la experiencia internacional demuestran que los efectos secundarios superan ampliamente los beneficios esperados. Esto puede generar:

  • Aumento de la exposición al crimen.
  • Disminución de la moral y la disuasión.
  • Riesgo institucional para el Estado.

16. El principio de disuasión: un factor olvidado

Uno de los efectos menos mencionados es la pérdida del principio de disuasión. En criminología y teoría del Estado, la disuasión implica que la sola presencia visible de una autoridad legítima y armada puede prevenir delitos sin necesidad de intervención directa. Al quitar el arma al policía de franco, el Estado no solo lo desprotege a él, sino también debilita su capacidad preventiva pasiva ante el delito.

El delincuente informado, que sabe que el agente está desarmado fuera de servicio, adquiere ventaja estratégica y reduce sus propios costos de riesgo. Este efecto se amplifica en zonas donde los policías conviven con las mismas redes criminales que combaten durante el servicio activo. Por eso, preservar la posibilidad de portación no es solo un derecho laboral o una función operativa que aporta a mantener el orden público.

17. La excepción razonable: el deber del Estado ante situaciones de riesgo psicofísico

El derecho a portar armas por parte del personal policial fuera del horario de servicio debe entenderse como una regla general en función de la misión institucional que cumple el agente. Sin embargo, como toda regla, admite excepciones fundadas.

En este sentido, el Estado tiene no solo la facultad, sino también el deber legal, ético y operativo de intervenir y restringir la portación de armas reglamentarias ante casos debidamente acreditados de inestabilidad psicofísica, riesgo inminente de autolesión o de daño a terceros, o situaciones extraordinarias que así lo justifiquen.

Pero esta intervención no puede ser arbitraria ni masiva, sino que debe sustentarse en evaluaciones médicas especializadas, dictámenes administrativos, derecho de defensa y control judicial. La solución al abuso o al riesgo individual no es una medida colectiva, sino el protocolo específico y el seguimiento institucional.

De esta forma, se protege al agente, a su entorno y a la comunidad sin debilitar al conjunto del sistema de seguridad pública.

18. Portar un arma tras el retiro: un derecho convertido en obstáculo

En Argentina, un policía retirado que desea conservar la portación legal de un arma —la misma con la que sirvió durante décadas— se enfrenta a un laberinto burocrático y económico cada vez más inaccesible. Para el año 2025, los costos mínimos para mantener su situación regularizada ante la ANMaC superan los $47.000 anuales, incluyendo examen psicofísico, certificado de antecedentes penales y canon de portación. Si se suma el costo de cursos, caja fuerte, asesoramiento o gestoría, el monto puede superar fácilmente los $60.000 por año, una cifra desproporcionada frente al haber jubilatorio promedio. Esta realidad genera una situación tan absurda como peligrosa: miles de policías retirados terminan portando sus armas en la informalidad, no por rebeldía, sino por falta de medios, quedando expuestos a ser judicializados por “tenencia ilegal” pese a haber sido agentes del orden toda su vida. La ley no prohíbe, pero el sistema expulsa: pone barreras económicas que funcionan como una forma encubierta de desarme institucional, en un momento en que el retirado está más vulnerable que nunca y sin cobertura real del Estado.

Concepto Costo estimado (ARS)
Certificado de Legítimo Usuario (CLU) $10.000 – $15.000 (vigencia 5 años)
Examen psicofísico completo (obligatorio) $20.000 – $35.000 (puede llegar a $50.000 en centros privados)
Certificado de antecedentes penales (RNRP) $2.000 (más si es trámite urgente)
Curso de Legítimo Usuario (si no fue realizado antes) $10.000 – $20.000
Canon de portación de arma de guerra (condicional) $15.000 – $20.000 (anual, sujeto a evaluación del “fundamento de necesidad”)
Caja fuerte reglamentaria (si es requerida por inspección) $30.000 – $60.000 (único pago)
Honorarios de gestor (opcional) $10.000 – $25.000

Gráfico: Costo estimado 2025 – Tenencia y portación de arma de guerra (uso civil condicional)

  • Total aproximado sin gestoría:Entre $47.000 y $70.000 por año
  • Con gestoría y curso: Puede superar los $90.000 – $100.000 anuales
  • Consideraciones: La portación de armas de guerra (uso civil condicional) requiere acreditar destino justificado, idoneidad, conducta intachable y renovaciones más frecuentes.
  • ANMaC no garantiza la aprobación automática, incluso si se cumplen todos los requisitos.
  • El trámite puede demorar varios meses y requiere presencialidad en muchas etapas.

Conclusión: desarmar al que cuida es abandonar al Estado

Desarmar a un policía fuera de servicio en un país donde se le exige intervenir las 24 horas, donde es blanco del crimen organizado y donde no cuenta con garantías reales de protección judicial o social, no es una política de prevención: es una política de abandono. Es negarle al agente los medios mínimos para cumplir con lo que el propio Estado le exige. Por eso, portar el arma reglamentaria fuera de servicio no es solo una función operativa: es un derecho humano, profesional e institucional.

Es un derecho del policía porque deriva del derecho a la vida y a la integridad personal. Si el Estado le impone deberes fuera de horario, debe garantizarle los medios para protegerse. Porque está íntimamente ligado al principio de disponibilidad permanente, en el que el agente nunca está completamente fuera de función. Porque el arma no es un privilegio, sino parte esencial de su identidad profesional, como el estetoscopio de un médico o el uniforme de un bombero. Porque negárselo mientras se lo otorga a jueces, fiscales o legisladores es una forma de discriminación institucional inadmisible. Y porque legislaciones comparadas —como las de Brasil, Estados Unidos, Paraguay o Uruguay— ya reconocen la portación fuera de servicio como un atributo legítimo de la función policial.

El buen gobierno no desarma al que cuida. Lo forma, lo respalda y le garantiza medios legales para actuar con responsabilidad. Porque si el policía queda indefenso, lo que se debilita no es solo su cuerpo: se debilita el cuerpo entero del Estado.

¡Quien quiera oir que oiga!

(*) Licenciado en Seguridad Pública y Ciudadana por la Universidad Nacional del Chaco Austral (UNCAUS), ex oficial de la Policía de la Provincia de Santa Fe, dirigente gremial policial y periodista.

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