El acceso a la información pública es un derecho humano, no un favor burocrático.
Por Alberto Martínez (*)
Presentación en queja
Este lunes, en mi carácter de ciudadano, periodista e investigador, presenté una queja formal ante la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe. El motivo: el incumplimiento por parte del Ministerio de Seguridad de la provincia del deber de responder tres pedidos de información pública, realizados en tiempo y forma conforme a la Ley Provincial N.º 14.256.
“Toda persona tiene derecho a buscar, recibir y difundir información, sin necesidad de justificar razones”.
— Artículo 13, Convención Americana sobre Derechos Humanos
Los pedidos —que continúan sin respuesta a pesar de haber vencido ampliamente los plazos legales— se refieren a:
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Personas detenidas bajo el régimen del artículo 10 bis de la Ley N.º 7395,
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Casos de suicidios en el ámbito de las fuerzas de seguridad provinciales,
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Funcionamiento, control y financiamiento del Sistema de Inteligencia Criminal.
El acceso a la información no es opcional: es un derecho humano
La información pública pertenece a la sociedad, no al funcionario de turno. El derecho de acceso a la información está garantizado por:
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La Constitución Nacional (artículos 14 y 33),
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La Ley Nacional 27.275,
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La Ley Provincial 14.256,
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Y por tratados internacionales con jerarquía constitucional, como el
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Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 19),
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Convención Americana sobre Derechos Humanos (art. 13).
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El Estado tiene la obligación activa de informar. No responder no es solo mala administración: es una violación de derechos.
Jurisprudencia
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ya lo dijo con todas las letras:
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En el caso Garrido, sostuvo que el silencio estatal vulnera el derecho ciudadano a la información.
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En el caso ADC, declaró que no es necesario justificar por qué uno pide información. El Estado debe entregarla.
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En Giustiniani c/ YPF, ratificó que aun las empresas con participación estatal están obligadas a rendir cuentas.
Reclamamos república y democracia
Porque cada vez que el Estado calla, retrocedemos como sociedad. Porque sin información, no hay control ciudadano, y sin control ciudadano, no hay república posible. Esta presentación a la Defensoría no es solo por un expediente. Es por el derecho de todos a saber qué hace el poder con nuestros recursos, nuestras políticas y nuestras vidas.
Qué puede hacer cualquier ciudadano
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Presentar un pedido de acceso a la información pública ante cualquier organismo estatal.
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No necesita explicar motivos ni acreditar interés personal.
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Si no recibe respuesta en 15 días hábiles, puede reclamar ante la Defensoría del Pueblo.
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Si persiste el silencio, puede presentar un amparo judicial.
Porque saber es poder. Porque callar no es opción.
El derecho a la información no es un privilegio de los periodistas. Es un derecho de cada ciudadano. Si el Estado te cierra la puerta, golpeá otra. Y si todas se cierran, hacé ruido. Es tu derecho. Es nuestra obligación.
“Si no incomoda al poder, no es periodismo.”
“Si no vigila al poder, no es ciudadanía.”.
Y agrego algo más, desde la convicción y la experiencia:
“El problema no es si sindicato sí o no. El problema es la verdad. Por eso nos quieren brutos, burros, divididos y sin reconocernos ningún derecho.”
Hoy recurrí en queja a la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe por el silencio del Ministerio de Seguridad. Sé que van a hacer lo formal. Por eso, ya estoy preparando la acción de amparo judicial. Porque la transparencia no se mendiga: se exige.
AMPLIAREMOS
¡Quién quiera oír que oiga!
(*) Periodista. Licenciado en Seguridad Pública. Especialista en seguridad y derechos laborales de los trabajadores policiales y penitenciarios.
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