El derecho a saber: cuando el Estado calla, la ciudadanía tiene que hablar

El derecho a saber: cuando el Estado calla, la ciudadanía tiene que hablar

El acceso a la información pública es un derecho humano, no un favor burocrático.

Por Alberto Martínez (*)

Presentación en queja

Este lunes, en mi carácter de ciudadano, periodista e investigador, presenté una queja formal ante la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe. El motivo: el incumplimiento por parte del Ministerio de Seguridad de la provincia del deber de responder tres pedidos de información pública, realizados en tiempo y forma conforme a la Ley Provincial N.º 14.256.

“Toda persona tiene derecho a buscar, recibir y difundir información, sin necesidad de justificar razones”.
— Artículo 13, Convención Americana sobre Derechos Humanos

Los pedidos —que continúan sin respuesta a pesar de haber vencido ampliamente los plazos legales— se refieren a:

  • Personas detenidas bajo el régimen del artículo 10 bis de la Ley N.º 7395,

  • Casos de suicidios en el ámbito de las fuerzas de seguridad provinciales,

  • Funcionamiento, control y financiamiento del Sistema de Inteligencia Criminal.

El acceso a la información no es opcional: es un derecho humano

La información pública pertenece a la sociedad, no al funcionario de turno. El derecho de acceso a la información está garantizado por:

  • La Constitución Nacional (artículos 14 y 33),

  • La Ley Nacional 27.275,

  • La Ley Provincial 14.256,

  • Y por tratados internacionales con jerarquía constitucional, como el

    • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 19),

    • Convención Americana sobre Derechos Humanos (art. 13).

El Estado tiene la obligación activa de informar. No responder no es solo mala administración: es una violación de derechos.

Jurisprudencia

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ya lo dijo con todas las letras:

  • En el caso Garrido, sostuvo que el silencio estatal vulnera el derecho ciudadano a la información.

  • En el caso ADC, declaró que no es necesario justificar por qué uno pide información. El Estado debe entregarla.

  • En Giustiniani c/ YPF, ratificó que aun las empresas con participación estatal están obligadas a rendir cuentas.

Reclamamos república y democracia 

Porque cada vez que el Estado calla, retrocedemos como sociedad. Porque sin información, no hay control ciudadano, y sin control ciudadano, no hay república posible. Esta presentación a la Defensoría no es solo por un expediente. Es por el derecho de todos a saber qué hace el poder con nuestros recursos, nuestras políticas y nuestras vidas.

Qué puede hacer cualquier ciudadano

  1. Presentar un pedido de acceso a la información pública ante cualquier organismo estatal.

  2. No necesita explicar motivos ni acreditar interés personal.

  3. Si no recibe respuesta en 15 días hábiles, puede reclamar ante la Defensoría del Pueblo.

  4. Si persiste el silencio, puede presentar un amparo judicial.

Porque saber es poder. Porque callar no es opción.

El derecho a la información no es un privilegio de los periodistas. Es un derecho de cada ciudadano. Si el Estado te cierra la puerta, golpeá otra. Y si todas se cierran, hacé ruido. Es tu derecho. Es nuestra obligación.

“Si no incomoda al poder, no es periodismo.” 
“Si no vigila al poder, no es ciudadanía.”.

Y agrego algo más, desde la convicción y la experiencia:

“El problema no es si sindicato sí o no. El problema es la verdad. Por eso nos quieren brutos, burros, divididos y sin reconocernos ningún derecho.”

Hoy recurrí en queja a la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe por el silencio del Ministerio de Seguridad. Sé que van a hacer lo formal. Por eso, ya estoy preparando la acción de amparo judicial. Porque la transparencia no se mendiga: se exige.

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AMPLIAREMOS

¡Quién quiera oír que oiga!

(*) Periodista. Licenciado en Seguridad Pública. Especialista en seguridad y derechos laborales de los trabajadores policiales y penitenciarios.

Facebook: Temática Seguridad

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