Crean registro de identificación balístico de las armas de fuego
Santa Fe - Comprenderá no solo las armas en manos de personal de las fuerzas de seguridad sino también los particulares. Consideran que será un valioso
elemento de colaboración con la justicia penal. Naciones Unidad viene recomendado ese instituto.
Por unanimidad, la Cámara de Diputados votó la creación de un Registro de Identicación Balístico de las Armas de Fuego de la provincia que funcionará en el ámbito del Ministerio de Seguridad, iniciativa que “va a colaborar en las investigaciones penales y esperemos sea un elemento disuasorio para cometer delitos”.
El texto que llegó al recinto fue corolario del trabajo en comisiones de Seguridad y de Asuntos Constitucionales de los proyectos sobre la materia presentados por ambos legisladores.
El propósito del Registro -debe ser avalado aún por el Senado- es identicar y registrar toda arma de fuego y su correspondiente munición para luego de ser utilizada poder ser identicada.
El Registro tiene como misión generar una base única de datos, de propiedad del Ministerio de Seguridad, en la cual se almacene la identidad de cada evidencia balística de las armas de fuego pertenecientes a la Policía de la provincia; el Servicio Penitenciario Provincial, las agencias de seguridad privada y las utilizadas en entidades de tiro, cotos de caza y operadores cinegéticos. También resultarán comprendidas en dicha base de datos todas aquellas armas de fuego, proyectiles y vainas incriminados encontrados en escenas del delito, el material balístico que se extraiga a pacientes de establecimientos de salud públicos y privados del territorio provincial, aquellas armas de fuego en posesión de un legítimo usuario con domicilio en la provincia de Santa Fe y aquellas que eventualmente indique la reglamentación” reza el artículo 4 del proyecto.
Entre las funciones del organismo está la de registrar, sistematizar, digitalizar de forma orgánica y sistemáticas las armas de fuego; identicar e individualizar cada arma de fuego según las estrías del cañón y las marcas producidas sobre la ojiva y la vaina disparada; preservar adecuadamente la prueba testigo que será patrimonio exclusivo y excluyente del Ministerio de Seguridad; y, vericar y evaluar el estado general de las armas de fuego.
Además ordena que las armas auditadas antes de la ley, sean incorporadas al Registro. El texto girado a la Cámara Alta tipica las infracciones a la ley y establece las sanciones a aplicar en casos de incumplimiento que pueden llegar a la suspensión de la autorización para funcionar a agencias de seguridad, entidades de tiro, cotos de caza.
En materia judicial serán competentes para entender en la violación a esta norma los jueces de primera instancia de Distrito en lo Civil y Comercial y los de Primera Instancia de Circuito de Ejecución.
Fuente consultada: El Litoral
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