APROPOL denunció al gobierno provincial por la situación de abandono de perros policiales

denuncia perros

La radicó ante el Ministerio Publico Fiscal y se pidió la investigación con una inspección del lugar y en caso de comprobarse lo aludido se CLAUSUREN LOS CANILES y reubiquen los canes en las condiciones adecuadas.

Texto de la denuncia: (Denuncia Registrada Nro de seguimiento: I-013726/21) 

Por la actividad periodística y gremial que realizo he tomado conocimiento que en el predio Estatal ubicado sobre Ruta 11 en el Ex Liceo Militar General Belgrano de la ciudad de Recreo (Santa Fe) hoy con diversas dependencias del estado Provincial de Santa Fe, se halla enclavada la Sección perros de la Unidad Regional I que tiene a su cargo y custodia una veintena de perros de distintas razas y características que son destinado al desarrollo de tareas policiales.

En este sentido la protectora de animales ACCMA (Asociación Contra La Crueldad Y El Maltrato Animal) ha publicado una serie de imágenes y comentarios en su pagina en la red social facebook (https://www.facebook.com/347313669011921/posts/1145217469221533/) una extensa nota donde da cuenta de lo que considero un MALTRATO ANIMAL por cuanto se señalan no solo problemas de racionamiento y atención sanitaria adecuada sino que se manifiestan nítidamente las condiciones de alojamiento precarias, reducidas y a la intemperie incluso algunos atados debajo de un árbol o de un poste.

Ver tambien : https://www.apropol.com.ar/index.php/9-gremiales/3552-recreo-proteccionistas-denuncian-nuevo-abandono-de-animales-en-la-seccion-perros-ur-i

La Ley 14346 MALOS TRATOS Y ACTOS DE CRUELDAD A LOS ANIMALES. Sancionada el 27/IX/1954;promulgada el 27/X/1954; y publicada en el Boletìn Oficial el 5/XI/1954 - Código Penal expresa en su ARTÍCULO 1. Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales.

En su ARTÍCULO 2 señala que: “Serán considerados actos de mal trato:

1. No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos;
3. Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas;
4. Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado;

Por tal motivo solicito se investigue el hecho de manera inmediata habida cuenta de la presencia de estos canes en situación semejante y se proceda a individualizar a los responsables de tal cuestión.

Asimismo y no habiendo a su criterio otra solución solicito expresamente SE CLAUSURE DE INMEDIATO LOS CANILES Y MEDAS LUGARES Y SE REUBIQUE DEBIDAMENTE LOS ANIMALES.

Si el el estado Provincial no puede alimentar y mantener debidamente a veinte perros no merecen tenerlos.

 

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