ISEP Rosario: una cursante denuncia hostigamiento, exclusión de prácticas de tiro y falta de respuestas

ISEP Rosario: una cursante denuncia hostigamiento, exclusión de prácticas de tiro y falta de respuestas

Una integrante del Curso de Actualización y/o Perfeccionamiento 2027 asegura que fue apartada de prácticas de tiro luego de un conflicto con un instructor. Presentó una nota formal, informó la situación a autoridades del Instituto, Bienestar Policial y el área de Género, pero afirma que hasta ahora no recibió una resolución que determine si continúa o no dentro del curso.

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Una cursante de la Escuela de Especialidades en Seguridad del ISEP, sede Rosario, denunció una sucesión de episodios ocurridos durante las clases de Tiro que, según su relato, comenzaron con cuestionamientos personales formulados por uno de los instructores y terminaron con su exclusión de distintas actividades prácticas, sin que hasta el momento haya recibido una resolución formal que establezca cuál es su situación académica.

El reclamo se produce en el marco del Curso de Actualización y/o Perfeccionamiento correspondiente al ciclo 2027 y tiene como protagonista a una efectiva que manifestó su intención de continuar capacitándose, cumplir con las exigencias previstas y finalizar el curso, pero que asegura encontrarse actualmente en una situación de incertidumbre respecto de su continuidad.

Según relató a este medio, los inconvenientes se produjeron durante la materia Tiro, que se encontraba a cargo del oficial Armando L. La cursante sostiene que el conflicto comenzó a exteriorizarse durante una clase realizada el 25 de septiembre, cuando el instructor habría realizado comentarios personales sobre su expresión facial delante de compañeros y de integrantes de otra aula que se encontraban en el lugar.

De acuerdo con su testimonio, el docente habría manifestado que no le gustaba su cara y que interpretaba su expresión como una forma de provocación o falta de respeto. La cursante niega haber tenido una conducta de ese tipo y asegura que intentó explicar su posición, pero que el instructor no le habría permitido hacerlo y le habría indicado que no quería mantener diálogo con ella.

La existencia y alcance de esas expresiones forman parte del relato de la denunciante y deberán ser determinados por las autoridades competentes, pero el episodio adquiere relevancia porque, según afirma, fue inmediatamente comunicado a una autoridad de la propia Escuela con la intención de dejar asentado lo ocurrido y prevenir eventuales inconvenientes posteriores.

De la discusión a la exclusión de la práctica

El punto más delicado del conflicto se habría producido el 28 de septiembre, durante una actividad evaluativa de tiro. La cursante sostiene que fue excluida de la práctica y que no pudo realizar los disparos correspondientes, ocasión en la que, siempre según su versión, el instructor le manifestó que se encontraba dada de baja del curso.

La situación genera un interrogante institucional evidente: si efectivamente existió una decisión de esa naturaleza, debería determinarse quién la dispuso, mediante qué acto administrativo o académico, con qué fundamento y cuáles son los mecanismos previstos para que la cursante pueda notificarse y ejercer eventualmente su derecho a formular un descargo o recurrir la medida.

Tras ese episodio, la mujer volvió a comunicar lo sucedido a las autoridades y mantuvo una entrevista con el director de la Escuela, quien, según su relato, le manifestó que hablaría con el docente, aunque sin brindarle en ese momento una definición concreta respecto de su continuidad.

Dos días después, el 30 de septiembre, presentó una nota formal ante la Escuela de Especialidades en la que detalló los acontecimientos y solicitó que la situación fuera evaluada de manera objetiva e imparcial.

Otro instructor para una práctica y una nueva exclusión

El 5 de octubre, durante una nueva actividad en el polígono en la que debían realizarse ejercicios con escopeta, la cursante pudo efectuar la práctica bajo la supervisión de otro instructor. Este dato resulta relevante porque demostraría que, al menos en esa oportunidad, continuó participando de una actividad prevista dentro de la capacitación.

Sin embargo, asegura que el 9 de octubre, cuando debía volver a cursar una actividad de Tiro con Armando L., nuevamente se le impidió participar y permaneció en un salón junto con otros dos cursantes que también habrían quedado excluidos de la clase.

Desde entonces, sostiene que continúa sin recibir una comunicación formal que le permita conocer si efectivamente fue dada de baja, si mantiene la condición de alumna regular, cuál es su situación respecto de las prácticas que no pudo realizar y de qué manera podría eventualmente recuperar las instancias pendientes.

“No estoy pidiendo privilegios”

La cursante asegura que la sucesión de acontecimientos le produjo una sensación de intimidación y una importante afectación personal, pero fundamentalmente preocupación respecto de las consecuencias que el conflicto pudiera generar sobre su trayectoria profesional.

En su planteo deja expresamente aclarado que no pretende desconocer la autoridad de los superiores ni obtener un tratamiento privilegiado. Lo que reclama es que su versión sea escuchada, que los hechos puedan ser analizados imparcialmente y que exista una respuesta institucional documentada que termine con la incertidumbre acerca de su situación.

El reclamo, por lo tanto, excede la discusión personal que pudiera haber existido entre una cursante y un instructor. Una capacitación profesional debe disponer de procedimientos suficientemente claros para establecer cuándo un alumno puede ser apartado de una actividad, quién tiene competencia para adoptar una decisión de esa naturaleza, cuáles son sus fundamentos y qué instancia existe para revisar una eventual sanción o exclusión.

Mucho más cuando se trata de una materia como Tiro, cuya aprobación o desaprobación puede tener consecuencias concretas dentro de un curso relacionado directamente con la carrera policial.

Reclamos ante distintas áreas y ninguna definición

La efectiva afirma haber comunicado también la situación a Bienestar Policial, al área de Género y a otras dependencias institucionales, aunque sostiene que hasta el momento ninguna de esas intervenciones produjo una respuesta que permita esclarecer definitivamente su situación.

Desde la Escuela, según le habrían informado, el asunto se encontraría pendiente de una resolución del director.

Precisamente allí aparece el punto que requiere una pronta definición institucional. No se trata necesariamente de adelantar si la cursante tiene razón en cada uno de los acontecimientos relatados ni de establecer responsabilidades antes de escuchar a todas las partes, sino de garantizar algo bastante más elemental: que una persona sometida a una decisión que puede afectar su capacitación y su carrera sepa formalmente qué se resolvió, por qué se resolvió y qué posibilidades tiene de plantear su posición.

Un antecedente que también debería verificarse

La denunciante manifestó además haber tomado conocimiento de que el mismo instructor habría tenido anteriormente inconvenientes con otra cursante en la sede Recreo y que posteriormente habría sido destinado a tareas de instrucción en Rosario.

Ese señalamiento no pudo ser corroborado de manera independiente por este medio y, precisamente por tratarse de un antecedente que involucraría a terceras personas, corresponde que sea la institución la que determine si existe algún registro relacionado con ese episodio y si guarda o no alguna vinculación con la situación actualmente denunciada.

La formación también requiere reglas claras

La disciplina constituye necesariamente una parte importante de la formación policial, pero disciplina y arbitrariedad son conceptos diferentes. La autoridad de un instructor tampoco debería quedar debilitada por la existencia de mecanismos de revisión; por el contrario, procedimientos transparentes protegen tanto al docente frente a acusaciones infundadas como al cursante frente a una eventual decisión injustificada.

Si existieron motivos académicos, disciplinarios o técnicos que justificaran excluir a la efectiva de determinadas prácticas, corresponde que sean explicitados y documentados. Si esos motivos no existieron, corresponde que pueda recuperar las actividades que perdió sin sufrir consecuencias derivadas de un conflicto personal.

Lo que difícilmente resulte aceptable es mantener indefinidamente a una cursante sin saber si está dentro o fuera del curso, especialmente después de haber presentado formalmente su reclamo y recurrido a distintas instancias institucionales.

La Escuela de Especialidades tiene ahora la oportunidad de esclarecer el episodio mediante un procedimiento objetivo, escuchar a las partes involucradas y emitir una resolución fundada que termine con las interpretaciones personales.

La cursante lo resumió de una manera sencilla: quiere continuar capacitándose, cumplir sus obligaciones y finalizar el curso en condiciones justas.

No parece un pedido extraordinario.

Parece, simplemente, aquello que cualquier institución educativa debería estar en condiciones de garantizar.

(*) Corresponsal en Rosario.

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