Prisión preventiva: la condena sin juicio que recorre Argentina

Prisión preventiva: la condena sin juicio que recorre Argentina

La CIDH analiza el caso Córdoba, pero la herida es nacional: cientos de policías también padecen el encierro sin condena.

Por Alberto Martinez (*)

La audiencia pública celebrada este viernes por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dejó al descubierto una realidad tan escandalosa como silenciada: en Córdoba —y en gran parte del país— la prisión preventiva se ha convertido en una forma encubierta de castigo anticipado y coacción procesal, incompatible con cualquier Estado de Derecho que se precie.

La denuncia fue presentada por los abogados Jorge Cardoso y Francisco Lavisse, junto a representantes de la sociedad civil y el Colegio de Abogados de Córdoba. A lo largo de más de dos horas, se expusieron con crudeza testimonios, cifras y prácticas judiciales que revelan el funcionamiento de una justicia que encarcela primero y pregunta después. En su intervención, Lavisse fue claro: “La prisión preventiva no solo daña la salud física y mental del detenido. Daña la justicia misma, y convierte el proceso penal en un instrumento de tortura institucional”.

Córdoba, caso testigo de una crisis más profunda

El Tribunal Superior de Justicia cordobés respondió con cifras: al 30 de junio de 2025, un 66 % de las personas privadas de libertad ya tenía condena. Pero lo que la audiencia demostró es que ese porcentaje no elimina el problema, sino que lo confirma: muchos de esos condenados fueron coaccionados a firmar juicios abreviados tras años de detención preventiva, bajo amenaza de recibir penas más altas si decidían defenderse en juicio.

La figura de “asociación ilícita” —se explicó— se ha convertido en el comodín fiscal para alargar causas y negar excarcelaciones. Incluso se mostró un caso concreto: el de diez policías detenidos sin pruebas sólidas, a quienes se les negó el cese de prisión aunque ya habían aceptado condenas en suspenso. Mientras tanto, los verdaderos jefes señalados en la causa (entre ellos, un fiscal y su secretario) permanecen libres, con la causa fraccionada y sin apuro judicial.

Un método que también castiga a policías

Desde APROPOL lo venimos denunciando hace años: este no es solo un problema de imputados civiles. También hay policías y agentes estatales que han pasado años presos sin juicio, sometidos a procesos interminables, utilizados como chivos expiatorios o disciplinados por haber alzado la voz. El relato de Córdoba es un espejo de lo que sucede en provincias como Misiones, Santa Fe o Buenos Aires, donde decenas de trabajadores uniformados han sido encerrados preventivamente como forma de advertencia al resto.

La prisión preventiva ya no es una medida de excepción: es una política no escrita del sistema judicial. Una herramienta funcional al control, a la estadística, al miedo.

La farsa de la oralidad y el poder del fiscal

En la audiencia quedó claro que la ley procesal cordobesa exige que la prisión preventiva sea dictada por jueces tras una audiencia oral, pero el Tribunal Superior de Justicia lleva más de 30 años suspendiendo su aplicación por acordadas internas. Como resumió Cardoso: “Para allanar un domicilio, el fiscal necesita autorización judicial. Para detener a una persona por años, no”.

Es más: las prisiones preventivas se dictan con párrafos copiados, sin analizar el caso concreto, sin evidencias reales de riesgo de fuga, ni entorpecimiento. Y mientras el fiscal decide quién va preso y por cuánto tiempo, el sistema judicial actúa como escribanía, ratificando sin chistar.

La coacción como método, el silencio como condena

Para los denunciantes, este modelo procesal constituye una forma de tortura, tal como lo define la Convención Interamericana: coacción destinada a obtener una confesión. El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura, que participó de la audiencia, respaldó con datos demoledores: Córdoba tiene la tasa de encarcelamiento más alta del país (375 cada 100.000 habitantes) y su centro de detención transitorio (la UCA) alberga personas por meses en condiciones infrahumanas, con colchones no ignífugos, comida escasa y hacinamiento extremo.

Se expuso incluso que vehículos secuestrados son entregados a funcionarios antes de ser decomisados, y que los abogados que se atreven a defender a los acusados son también criminalizados, transformando el ejercicio de la defensa técnica en un riesgo personal.

En Córdoba —y en toda Argentina— la prisión preventiva dejó de ser un remedio legal y se convirtió en un dispositivo de poder. Castiga antes del juicio, encierra sin pruebas, destruye inocentes y premia la obediencia. A policías, civiles o abogados: da igual. El método es el mismo. Y el silencio, también.

Resumen ejecutivo de la audiencia de la CIDH sobre prisión preventiva en Córdoba (25/07/2025)

1. Contexto general

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) celebró una audiencia pública extraordinaria para analizar el uso abusivo de la prisión preventiva en la provincia de Córdoba, a partir de una denuncia presentada por la Asociación Proomine y abogados penalistas. La audiencia visibilizó un sistema judicial que utiliza la prisión preventiva como método de castigo anticipado, con impacto directo en los derechos humanos.

2. Principales denuncias de la sociedad civil

  • La prisión preventiva en Córdoba se ha naturalizado como forma de castigo sin juicio, incluso por más de tres años, forzando juicios abreviados y confesiones.

  • Se utiliza la figura de “asociación ilícita” para justificar detenciones masivas sin pruebas sólidas.

  • Existen casos de policías condenados sin pruebas, sin posibilidad de excarcelación pese a penas en suspenso.

  • Se denunció una doble vara judicial: los fiscales encarcelan sin audiencia y luego los jueces ratifican.

  • La oralidad procesal, exigida por ley, no se aplica desde hace décadas.

  • La prisión preventiva se vuelve estructuralmente coactiva: “una forma de tortura moderna”, según Lavisse.

3. Respuesta del Estado

  • El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba respondió que el 66 % de las personas detenidas ya tiene condena firme, y que se avanza hacia la oralidad.

  • Se justificó el retraso en implementar audiencias orales por razones “operativas y logísticas”.

  • Se destacó la incorporación de tobilleras electrónicas y obras edilicias como respuesta al hacinamiento.

  • El Ministerio Público Fiscal defendió el juicio abreviado y el procedimiento penal vigente.

4. Intervención del Comité Nacional para la Prevención de la Tortura

  • Afirmó que Córdoba tiene la tasa de encarcelamiento más alta del país (375 cada 100.000 habitantes).

  • Denunció hacinamiento extremo en la UCA y condiciones inhumanas: colchones no ignífugos, falta de higiene, infraestructura colapsada.

5. Opinión de los comisionados de la CIDH

  • Manifestaron preocupación por el uso sistemático y desproporcionado de la prisión preventiva.

  • Cuestionaron la ausencia de medidas alternativas reales y el poder excesivo de los fiscales.

  • Advirtieron que la prisión preventiva debe ser una medida excepcional, no un mecanismo automático del proceso penal.

Conclusión

La audiencia reveló que Córdoba es solo un caso testigo de una problemática que atraviesa a todo el país: el uso de la prisión preventiva como castigo anticipado, práctica que vulnera la presunción de inocencia y el debido proceso. Lo más grave: también se aplica contra policías y agentes del Estado, como herramienta disciplinadora y ejemplo para los demás.

“No hace falta cambiar leyes. Hace falta cumplirlas”, dijo Lavisse.
“La prisión preventiva se ha transformado en coacción institucional. Y la justicia, en un frontón que siempre rechaza a la defensa”.

(*) Periodista. Licenciado en Seguridad Pública. ex Oficial de la Policía de la Provincia de Santa Fe, Especialista en seguridad y derechos laborales de los trabajadores policiales y penitenciarios.

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