Una grave denuncia de acoso laboral y persecución funcional sacude nuevamente a una dependencia policial.
Por Marcos Anglada (*)
“No es una pavada lo que me está pasando. Me tiembla el cuerpo cuando me dicen que ella va a venir. Ya no aguanto más.”
En este caso, se trata del accionar reiterado de la Subcomisaria A. R., a quien se acusa de hostigar, cambiar horarios arbitrariamente y generar un ambiente tóxico de trabajo, especialmente hacia una subordinada que ya presenta signos evidentes de afectación psicológica.
¿Qué pasó?
Según el testimonio directo de la trabajadora afectada —cuya identidad preservamos por razones de salud y seguridad laboral—, la situación ya la superó:
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Llora cada vez que se menciona el tema.
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Afirma que sufre temblores corporales ante la presencia de la superiora denunciada.
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Ha llegado a bloquear a la Subcomisaria R. en su teléfono personal, lo cual puede derivar en sanciones internas, aunque el contexto evidencia una situación extrema.
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“Siento que es una persecución, me cambia los horarios mil veces, ya no sé cómo organizarme. Ahora me toca todos los días ahí. No puedo más.”
La gota que rebalsó el vaso fue un malentendido con la asistencia: “Ya daban por hecho que yo no había venido. ¿En qué se basan? ¿Quién nos recibió? ¿Quién firmó? Nadie chequea nada. Solo buscan castigar”.
Una vez más: la salud mental en crisis
“Tengo la cara desfigurada de tanto llorar. Ni los lentes traje hoy. No quiero hablar con ella. Que me sancione si quiere, pero yo ya no puedo más.”
La carga emocional y física de este testimonio no deja lugar a dudas. Se trata de una situación de hostigamiento laboral crónico, con síntomas psicológicos compatibles con estrés postraumático, ansiedad severa y episodios de pánico. Que una agente se descomponga físicamente al enterarse que su jefa va a estar presente debería prender todas las alarmas institucionales.
¿Qué dice la ley?
El Protocolo de Prevención y Atención frente a Situaciones de Violencia Laboral de la Provincia de Santa Fe (Decreto Nº 0008/19) establece claramente que:
“Se considerará violencia laboral todo acto que, mediante abuso de poder, tenga por objeto o como efecto menoscabar la dignidad, integridad o salud física o mental del trabajador.”
Y en particular sobre hostigamiento psicológico, el mismo decreto prevé medidas cautelares, evaluaciones urgentes y reubicaciones temporales para preservar la salud del trabajador afectado.
Exhortamos a que intervenga Bienestar Policial y Asuntos Internos
Desde APROPOL exigimos que se investigue de inmediato la conducta de la Subcomisaria A. R., que se escuche a las personas afectadas, y que se aplique la normativa vigente en materia de prevención de la violencia institucional.
Ninguna mujer policía —ni nadie— merece llorar sola en silencio. La salud mental también es un derecho humano.
(*) Periodista. Corresponsal en Santa Fe.
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