SALTA: retirados y pensionados de Policía y Servicio Penitenciario cobrarán en noviembre diferencias retroactivas del aumento de agosto

SALTA: retirados y pensionados de Policía y Servicio Penitenciario cobrarán en noviembre diferencias retroactivas del aumento de agosto

El Ministerio de Seguridad informó que concluyeron las gestiones ante ANSES para actualizar los haberes del sector pasivo.

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La mejora corresponde al incremento del 2% aplicado al personal activo en agosto de 2026, tomando como referencia los salarios de junio. El caso vuelve a mostrar las diferencias entre provincias que transfirieron sus sistemas previsionales a la Nación y aquellas, como Santa Fe, que conservan su propia Caja.

El Ministerio de Seguridad de Salta informó que la Unidad de Trámites Previsionales concluyó las gestiones ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) para que los retirados y pensionados de la Policía provincial y del Servicio Penitenciario perciban, con los haberes de noviembre de 2026, las diferencias retroactivas correspondientes al aumento que había sido otorgado al personal activo durante agosto.

La actualización deriva de la Resolución Conjunta N.º 1032/26 del Ministerio de Seguridad y N.º 543/26 del Ministerio de Gobierno y Justicia, ratificada por el Decreto Provincial N.º 505/26. La medida había establecido para agosto un incremento del 2% respecto de los salarios de junio de 2026 para el personal policial y penitenciario en actividad. Una vez aplicada la mejora sobre los activos, la Provincia debió completar la documentación y remitir la declaración jurada correspondiente para que ANSES procese la movilidad sobre los haberes de retirados y pensionados.

Según explicó oficialmente el Gobierno salteño, el trámite se realizó mediante expediente digital y requirió cumplimentar aspectos legales, técnicos y presupuestarios exigidos por el organismo nacional. No se trata de un mecanismo excepcional: durante 2026 la Unidad de Trámites Previsionales realizó presentaciones similares para trasladar al sector pasivo diferentes recomposiciones salariales otorgadas previamente al personal activo.

Primero cobra el activo y después se gestiona la movilidad del pasivo

El esquema produce inevitablemente una diferencia temporal entre el aumento que recibe el policía o penitenciario en actividad y su incorporación al haber del retirado o pensionado. En este caso, el incremento se aplicó al personal activo en agosto, mientras que las diferencias correspondientes al sector pasivo serán percibidas con los haberes de noviembre.

La Provincia debe informar a ANSES la modificación salarial producida sobre los activos, presentar las declaraciones juradas y completar los controles requeridos para que el organismo nacional pueda efectuar la actualización. El retroactivo compensa precisamente ese período transcurrido entre la modificación salarial de referencia y su incorporación efectiva al beneficio previsional.

El antecedente inmediato muestra la misma mecánica. A comienzos de septiembre, el Gobierno de Salta comunicó que las diferencias correspondientes al aumento otorgado a los activos en julio serían incorporadas a los haberes de los pasivos en octubre, después de completar idéntico circuito ante ANSES.

Salta depende de ANSES; Santa Fe conserva su propia Caja

Este funcionamiento se explica por una diferencia previsional importante entre las provincias argentinas. Salta forma parte del grupo de jurisdicciones que transfirieron su sistema previsional provincial al Estado nacional, por lo que las jubilaciones y pensiones alcanzadas por ese traspaso son administradas en el ámbito nacional y sus actualizaciones requieren intervención de ANSES.

Por eso, cuando Salta modifica los salarios del personal policial y penitenciario activo, el Gobierno provincial debe realizar posteriormente el trámite correspondiente ante el organismo nacional para que ese incremento tenga impacto sobre retirados y pensionados. La propia reiteración durante 2026 de expedientes y declaraciones juradas ante ANSES muestra esa dependencia administrativa para trasladar las movilidades salariales al sector pasivo.

Santa Fe se encuentra en una situación diferente. La provincia mantiene su sistema previsional bajo administración propia a través de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe. La Ley 6915 establece que el régimen provincial es administrado por esa Caja, mientras que la normativa específica también mantiene dentro de ese ámbito al personal policial y penitenciario.

La diferencia no es meramente administrativa. En Santa Fe, la discusión sobre aportes, movilidad, déficit, reformas y sostenimiento financiero permanece directamente dentro de la estructura provincial. La reforma previsional de 2024, por ejemplo, declaró la emergencia del régimen administrado por la Caja santafesina e incluyó expresamente al personal policial y penitenciario regulado por la Ley 11.530.

La Constitución santafesina reformada en 2025 incorporó expresamente que las jubilaciones y pensiones de los empleados públicos provinciales deben ser atendidas mediante un régimen público de reparto, solidario, administrado por una institución del Estado provincial y de carácter intransferible a otras jurisdicciones. Esa orientación ya estaba expresamente habilitada por la ley que declaró la necesidad de la reforma en su tratamiento del artículo 21.

En Salta, en cambio, cada actualización salarial de los activos debe recorrer además la vía administrativa nacional antes de reflejarse definitivamente en quienes se encuentran retirados o perciben pensiones.

Un 2% que llegará con retroactividad

Para el caso anunciado ahora, el punto de referencia es el aumento del 2% sobre los salarios de junio, incorporado al haber de agosto de policías y penitenciarios activos. Con las gestiones ya concluidas, ANSES deberá reflejar esa variación sobre los beneficios previsionales y pagar en noviembre las diferencias retroactivas correspondientes.

El Ministerio de Seguridad salteño puso además a disposición de los interesados el teléfono 4683142, de 8 a 15 horas, para consultas relacionadas con la actualización.

La noticia puede parecer un trámite administrativo más, pero permite observar una cuestión previsional de fondo: el mismo aumento salarial tiene recorridos distintos según la provincia conserve o haya transferido su sistema jubilatorio.

En Salta, la actualización termina pasando por ANSES. En Santa Fe, permanece dentro de la Caja provincial.

Y para el retirado o pensionado esa diferencia institucional tiene una traducción muy concreta: quién liquida, quién autoriza y cuánto tiempo transcurre entre el aumento del personal activo y su llegada efectiva al haber pasivo.

 

(*) Periodista. Corresponsal en Buenos Aires.

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