Santa Fe: seis policías detenidos por la muerte de un hombre alojado en la Comisaría Octava

Santa Fe: seis policías detenidos por la muerte de un hombre alojado en la Comisaría Octava

Cinco efectivos pertenecen al Comando Radioeléctrico y uno al Cuerpo Guardia de Infantería. La Fiscalía de Violencia Institucional investiga qué ocurrió desde la detención de Mauro Daniel González hasta que fue hallado sin vida, horas después, dentro de la dependencia policial.

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Seis policías fueron detenidos en las últimas horas por orden del fiscal de Violencia Institucional Ezequiel Hernández, en el marco de la investigación por la muerte de Mauro Daniel González, ocurrida en enero de este año mientras permanecía alojado en la Comisaría 8.ª de la ciudad de Santa Fe. Cinco de los efectivos prestan servicios en el Comando Radioeléctrico y el restante pertenece al Cuerpo Guardia de Infantería.

De acuerdo con la información publicada por Aire de Santa Fe, los agentes permanecerán privados de su libertad a la espera de las audiencias imputativas que se realizarían durante los próximos días en los tribunales de la capital provincial. Hasta entonces, no se informó públicamente cuál será la atribución penal concreta que la Fiscalía formulará contra cada uno.

La detención constituye una medida procesal dentro de una investigación en curso y no equivale a una condena. Cada policía conserva su estado constitucional de inocencia y deberá conocer con precisión qué conducta concreta se le atribuye, sobre qué pruebas se apoya la acusación y cuál habría sido su intervención individual.

La muerte de Mauro Daniel González

Mauro Daniel González tenía 35 años y era oriundo del barrio Yapeyú. Según la reconstrucción difundida, fue detenido el sábado 17 de enero frente a su domicilio, luego de que una llamada al 911 alertara sobre una persona que provocaba disturbios en la vía pública.

Después de su aprehensión, González habría sido trasladado por distintas dependencias policiales hasta quedar alojado en un calabozo de la Comisaría Octava, ubicada en avenida General Paz 7379. Durante la madrugada del 18 de enero, el fiscal que estaba de turno dispuso su libertad. Cuando personal de la dependencia se dirigió a comunicarle la decisión, el hombre no reaccionaba y se constató que había fallecido.

El caso fue presentado inicialmente como una muerte dudosa dentro del penal transitorio. La denuncia impulsada por la familia, representada por el ex juez y abogado Rodolfo Mingarini, derivó en la intervención de la Fiscalía de Violencia Institucional y, meses después, en la detención de los seis policías.

¿Qué ocurrió durante los traslados?

Uno de los puntos centrales será establecer por qué González pasó por distintas sedes policiales antes de llegar a la Comisaría Octava.

Ese recorrido debe quedar reconstruido mediante registros de despacho, geolocalización de móviles, libros de guardia, cámaras de seguridad, comunicaciones radiales, actas de procedimiento y testimonios.

La investigación deberá determinar en qué momento se produjo el deterioro de su salud o las lesiones que pudieran haber contribuido a su muerte. También deberá establecerse si existieron señales visibles que exigieran atención médica inmediata y, de haberlas, quién tenía la responsabilidad de solicitarla.

No es un detalle menor. Si no se determina con exactitud dónde, cuándo y cómo ocurrió cada hecho, existe el riesgo de que la responsabilidad termine cayendo sobre el último eslabón de la cadena simplemente porque allí se produjo el desenlace.

Detenidos antes de la imputación

La privación de libertad de seis policías antes de las audiencias imputativas es una decisión de fuerte impacto personal e institucional.

La Fiscalía deberá justificar qué riesgos procesales concretos motivaron las detenciones: posibilidad de fuga, entorpecimiento probatorio, presión sobre testigos, alteración de documentación u otra circunstancia verificable.

Tratándose de agentes identificados, con domicilio conocido y sometidos a disciplina institucional, la necesidad de la detención debe ser explicada de manera individual y no meramente presumida por la gravedad del hecho investigado.

La búsqueda de justicia para la familia de Mauro González es plenamente legítima. También lo es el derecho de los policías detenidos a una defensa técnica efectiva, acceso inmediato al expediente y conocimiento detallado de las pruebas utilizadas en su contra.

Ambas garantías son compatibles. La investigación seria no necesita sacrificar derechos para alcanzar la verdad.

El Estado también debe revisar sus condiciones de detención

Más allá de las eventuales responsabilidades individuales, el caso vuelve a poner en discusión las condiciones en las que las comisarías santafesinas alojan personas.

Los penales transitorios suelen recibir detenidos en escenarios complejos: intoxicaciones, crisis de salud mental, consumo problemático, excitación psicomotriz, lesiones previas, enfermedades crónicas o estados de alta vulnerabilidad.

Frente a esas situaciones, no basta con cerrar una puerta y dejar a la persona dentro de un calabozo. Se requieren protocolos de evaluación médica, observación permanente, registros confiables, cámaras operativas y personal capacitado para detectar emergencias.

Si el sistema carece de esos recursos o funciona con personal insuficiente, el Estado no puede ocultar sus deficiencias estructurales detrás de responsabilidades individuales.

La pregunta no es solo qué hizo o dejó de hacer cada policía. También corresponde determinar qué condiciones materiales, sanitarias y operativas ofrecía la dependencia para custodiar a una persona en esas circunstancias.

Ni impunidad ni policías utilizados como fusibles

Una muerte bajo custodia debe investigarse hasta las últimas consecuencias. Si hubo delitos, quienes los cometieron deben responder.

Pero tampoco puede aceptarse que, ante una crisis institucional, el sistema seleccione rápidamente a un grupo de trabajadores policiales para contener la repercusión pública sin esclarecer previamente la cadena completa de decisiones y responsabilidades.

El personal operativo no puede convertirse otra vez en fusible de una estructura que exige detener, trasladar y custodiar personas, pero muchas veces no garantiza médicos permanentes, lugares adecuados, cámaras funcionales, capacitación ni respaldo jurídico.

Si el Estado exige custodia, debe ofrecer medios para ejercerla correctamente.

Si exige intervenir frente a disturbios en la vía pública, debe prever qué hacer con personas intoxicadas, alteradas o en crisis.

Si priva de libertad a alguien, debe garantizar que esa persona llegue viva ante la autoridad judicial.

Y si acusa a sus trabajadores, debe hacerlo con pruebas, atribuciones individuales y pleno respeto por el debido proceso.

La verdad no admite atajos

La familia de Mauro Daniel González tiene derecho a conocer qué ocurrió desde que fue detenido frente a su casa hasta que apareció muerto en la Comisaría Octava.

Los policías detenidos tienen derecho a saber qué se les atribuye y a no ser condenados anticipadamente por su uniforme.

La sociedad tiene derecho a una investigación transparente que determine responsabilidades sin encubrimientos, pero también sin generalizaciones.

En los próximos días, las audiencias imputativas permitirán conocer la hipótesis fiscal, las pruebas reunidas y el grado de participación atribuido a cada efectivo. Hasta entonces, corresponde prudencia.

AMPLIAREMOS

(*) Periodista. Corresponsal en Santa Fe.

 

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