OTRA CAUSA ARMADA: Comenzó el juicio a dos expolicías acusados de abuso sexual

OTRA CAUSA ARMADA: Comenzó el juicio a dos expolicías acusados de abuso sexual

La Fiscalía pidió 12 años y la defensa aseguró que el GPS y el ADN demostrarán su inocencia.

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Lautaro Álvarez y Ezequiel Puntano permanecen detenidos desde hace más de dos años y medio por un hecho denunciado en Roldán en marzo de 2023. Ambos rechazaron un juicio abreviado y sostienen que no cometieron el abuso. La defensa afirmó que el tiempo registrado por el GPS del patrullero, las pericias genéticas y las contradicciones de la denunciante desmienten la acusación.

Comenzó este lunes, en el Centro de Justicia Penal de Rosario, el juicio oral contra Lautaro Álvarez y Ezequiel Ricardo Puntano, dos expolicías de 28 años que prestaban servicios en el Comando Radioeléctrico de Roldán y que se encuentran detenidos con prisión preventiva desde 2023.

El debate está a cargo del juez Mariano Aliau. La Fiscalía acusó a los imputados por abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido presuntamente cometido por dos o más personas y por integrantes de una fuerza de seguridad en ejercicio de sus funciones.

La pena solicitada es de doce años de prisión efectiva.

Los acusados rechazaron previamente la posibilidad de resolver la causa mediante un juicio abreviado, que contemplaba una condena de diez años. Según su defensa, ambos se negaron porque sostienen que son inocentes y pretenden que la totalidad de la prueba sea examinada en un juicio público.

La acusación fiscal

De acuerdo con la teoría presentada por la Fiscalía, el hecho habría ocurrido durante la madrugada del 3 de marzo de 2023, sobre la ruta A012, entre las calles Carlos Gardel y Los Nogales, en jurisdicción de Roldán.

Según la acusación, los policías patrullaban en un móvil oficial cuando encontraron a una adolescente caminando sola por un sector descampado.

Los agentes habrían ofrecido trasladarla hasta su domicilio, pero presuntamente desviaron el recorrido hacia la banquina, apagaron las luces del vehículo y uno de ellos pasó al asiento trasero, donde habría cometido el abuso.

La Fiscalía sostiene que el episodio fue interrumpido por una comunicación radial y que, posteriormente, los policías trasladaron a la adolescente hasta su vivienda, donde presuntamente la amenazaron para que no relatara lo ocurrido.

La identidad de la denunciante y determinadas circunstancias personales permanecen bajo reserva judicial.

“Las personas mienten, la ciencia no”

Durante su alegato de apertura, el abogado defensor Martín Mazzeo sostuvo que la acusación fiscal no resiste el análisis de la prueba objetiva.

“Las personas mienten, la ciencia no”, expresó al comenzar su exposición.

El defensor afirmó que esa premisa no era una frase retórica, sino el eje sobre el cual se apoyaría la teoría del caso de la defensa.

Según señaló, el juicio deberá confrontar dos clases de elementos: por un lado, el relato de la denunciante y, por otro, los registros tecnológicos y científicos incorporados a la investigación.

Mazzeo anticipó que la estrategia defensiva estará centrada principalmente en dos pruebas: el registro de GPS del móvil policial y la pericia comparativa de ADN.

Los 234 segundos registrados por el GPS

Uno de los principales argumentos de la defensa se relaciona con el tiempo durante el cual el patrullero permaneció detenido.

De acuerdo con el registro satelital incorporado al expediente, el vehículo estuvo inmóvil entre las 3.19.10 y las 3.23.04.

Es decir, un total de 234 segundos: tres minutos y 54 segundos.

La defensa sostiene que, durante ese breve lapso, deberían haber ocurrido todas las situaciones descriptas en la acusación: la identificación de la adolescente, una entrevista con varias preguntas, una comunicación telefónica con la superioridad policial y el presunto abuso sexual dentro del vehículo.

Mazzeo afirmó que, una vez descontado el tiempo utilizado para la identificación y las comunicaciones, el período restante resultaría insuficiente para que pudiera haberse producido el hecho en las condiciones descriptas por la Fiscalía.

“Es una imposibilidad matemática. La ciencia del GPS no miente”, sostuvo.

Al finalizar su exposición, el defensor utilizó la duración de su propio alegato para reforzar el argumento.

Señaló que había hablado durante cinco minutos y diez segundos y remarcó que el patrullero estuvo detenido durante un tiempo todavía menor.

“En este tiempo tiene que haber ocurrido todo lo que yo les dije y menos todavía, un 25 por ciento menos”, indicó ante el tribunal.

La pericia de ADN

El segundo eje central de la defensa será la prueba genética.

Según fue anticipado durante la audiencia, los peritos genetistas declararán acerca de las muestras biológicas obtenidas durante la investigación.

Mazzeo sostuvo que el perfil genético hallado en las muestras de la adolescente resultó compatible con el novio de la joven y excluyó a los dos policías acusados.

“El único contacto biológico acreditado en este legajo pertenece a un tercero. La ciencia del ADN no miente”, afirmó.

La defensa considera que ese resultado constituye una prueba objetiva favorable a los imputados y que debe ser evaluado en conjunto con los registros del GPS, las cámaras de vigilancia y el resto de la evidencia incorporada al expediente.

No obstante, durante el debate deberá determinarse el alcance concreto de esa pericia, ya que la ausencia de ADN no necesariamente resuelve por sí sola la existencia o inexistencia de todos los hechos denunciados.

Las declaraciones de la adolescente

Otro de los aspectos que será discutido durante el juicio es la consistencia del relato de la denunciante.

La defensa sostiene que la joven habría brindado distintas versiones sobre el lugar, el vehículo, la identidad de los presuntos responsables y el rol atribuido a cada uno.

Según Mazzeo, en una primera declaración la adolescente habría ubicado el episodio en otro automóvil y habría señalado a tres personas diferentes.

Posteriormente, habría modificado esa versión y situado el hecho dentro del patrullero policial, atribuyéndole inicialmente la conducta al acompañante y luego al conductor.

La defensa también cuestionará la forma en que se desarrolló la entrevista en Cámara Gesell.

Mazzeo afirmó que algunas respuestas habrían surgido luego de preguntas que considera inducidas y que determinados cambios en el relato se produjeron después de una interrupción de la entrevista.

La grabación de la Cámara Gesell será reproducida durante el juicio y deberá ser evaluada directamente por el tribunal junto con las declaraciones de los profesionales que participaron de las entrevistas.

La situación emocional previa

La defensa también intentará demostrar que la adolescente atravesaba una crisis emocional previa al encuentro con los policías.

Según fue anticipado, una de las psicólogas que intervino declarará que la joven había discutido con su novio, se había retirado de su domicilio y había realizado manifestaciones vinculadas con conductas de autolesión.

Mazzeo sostuvo que, al ser consultada sobre aquella discusión, la adolescente se habría bloqueado, puesto tensa y dejado de hablar.

A partir de ese elemento, la defensa planteará que el origen de la angustia de la joven podría estar relacionado con aquella situación personal y no con lo presuntamente ocurrido dentro del móvil policial.

Esa interpretación será discutida por la Fiscalía y deberá ser examinada con particular prudencia, ya que una crisis emocional previa no excluye automáticamente la posibilidad de que haya ocurrido posteriormente otro hecho traumático.

El traslado hasta el domicilio

La defensa sostiene que los policías encontraron a la adolescente caminando sola durante la madrugada y que actuaron para asistirla.

Según esa versión, los agentes la trasladaron hasta su domicilio y la entregaron a su madre.

La mujer habría firmado posteriormente una constancia en la que dejó asentada la recepción de su hija y, de acuerdo con el planteo defensivo, no habría advertido inicialmente una situación anormal.

Los policías regresaron aproximadamente cincuenta minutos después porque habían olvidado hacer firmar el acta correspondiente.

La defensa considera que ese regreso voluntario al domicilio y la firma posterior de la documentación resultan incompatibles con la conducta de quienes acababan de cometer un delito y buscaban ocultarlo.

La Fiscalía, en cambio, deberá demostrar que esas actuaciones formaron parte de las circunstancias posteriores al abuso denunciado y que no descartan el hecho.

Más de dos años y medio de prisión preventiva

Álvarez y Puntano permanecen alojados en la cárcel de Piñero desde 2023.

La duración de la prisión preventiva fue cuestionada reiteradamente por sus familiares, quienes realizaron manifestaciones públicas para reclamar el inicio del juicio oral.

La defensa también remarcó el impacto personal, familiar y económico que produjo la prolongada detención de ambos acusados.

El juicio permitirá finalmente que la acusación y la defensa produzcan sus pruebas ante el juez y que las versiones enfrentadas sean sometidas a contradicción.

Dos posiciones completamente opuestas

La Fiscalía considera que el testimonio de la adolescente, acompañado por otros elementos, permitirá acreditar el abuso y justificar una condena de doce años de prisión.

La defensa, en cambio, sostiene que el relato presenta contradicciones sustanciales y que la evidencia científica y tecnológica favorece a los imputados.

Durante las próximas audiencias declararán peritos genetistas, psicólogos, funcionarios policiales, familiares y otros testigos vinculados con el procedimiento y con la investigación.

También serán analizados el GPS del patrullero, las imágenes de cámaras de vigilancia, las comunicaciones policiales, la documentación firmada en el domicilio y las entrevistas realizadas a la denunciante.

Al cerrar su alegato inicial, Mazzeo afirmó que, cuando el tribunal confronte las distintas versiones con los registros objetivos, la hipótesis fiscal quedará desvirtuada.

“La ciencia no miente; las personas, sí. Y la única verdad material en esta causa es la inocencia de mis asistidos”, concluyó.

El juicio recién comienza. Será ahora la producción completa de la prueba, y no las afirmaciones previas de ninguna de las partes, la que deberá determinar si la acusación puede ser acreditada con el grado de certeza necesario para una condena o si corresponde la absolución de los dos expolicías.

AMPLIAREMOS

(*) Periodista. Corresponsal en Rosario

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