
El Decreto N.º 1531/26 dispone el ascenso del personal que aprobó el concurso correspondiente a 2025. Las nuevas jerarquías tendrán vigencia administrativa desde el 1.º de enero de ese año, aunque las diferencias salariales retroactivas se reconocerán desde el 1.º de octubre, conforme al criterio judicial invocado por el Gobierno. También se establecieron ascensos en suspenso y casos excluidos del proceso.

El gobernador Maximiliano Pullaro firmó el decreto que formaliza los ascensos correspondientes al Concurso de Ascenso Policial 2025, un trámite que llega más de un año y medio después de la fecha desde la cual las promociones comenzarán a tener vigencia.
Se trata del Decreto N.º 1531, firmado el lunes 27 de julio de 2026 junto con los ministros de Justicia y Seguridad, Pablo Cococcioni, y de Economía, Pablo Olivares.
La norma dispone el ascenso del personal de la Policía de Santa Fe que aprobó la totalidad de las instancias del concurso convocado mediante la Resolución Ministerial N.º 803/26, sobre las vacantes establecidas previamente por el Decreto N.º 263/26.
Decreto 1531/26 – Ascensos 2025 Policía Santa Fe by Apropol Noticias
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La extensa nómina incluida en el Anexo B comprende a más de 2.700 integrantes de los distintos escalafones policiales, desde las jerarquías superiores hasta oficiales y suboficiales.
Ascensos con vigencia desde enero de 2025
El artículo 3 del decreto establece que las promociones se consideran vigentes desde el 1.º de enero de 2025.
La decisión reconoce formalmente el grado alcanzado por cada concursante desde aquella fecha. Sin embargo, el reconocimiento de la jerarquía y el pago de las diferencias salariales no siguen exactamente el mismo recorrido.
El artículo 6 autoriza a la Dirección General de Administración del Ministerio de Justicia y Seguridad a liquidar las diferencias entre el salario correspondiente al grado anterior y el de la nueva jerarquía a partir del dictado del decreto.
Para el período retroactivo, el Gobierno provincial invoca el criterio de la Cámara de lo Contencioso Administrativo N.º 1 en los precedentes conocidos como “Morello” e “Ibáñez”.
De acuerdo con esa interpretación, las diferencias salariales serán reconocidas desde el 1.º de octubre de 2025 y hasta la fecha del decreto, siempre dentro del límite máximo de dos años establecido para este tipo de reclamos.
Esto significa que, aunque el ascenso administrativo se retrotrae al 1.º de enero, el reconocimiento económico comienza nueve meses después.
Una demora que vuelve a recaer sobre el personal
El decreto intenta cerrar formalmente el concurso de ascensos 2025, pero deja expuesto nuevamente el retraso estructural con el que se administra la carrera policial.
El personal concursó para una promoción correspondiente a 2025, pero la designación fue concretada recién a fines de julio de 2026.
Durante ese período, miles de policías continuaron desempeñando funciones, asumiendo responsabilidades y esperando una decisión administrativa que debió producirse con mucha mayor rapidez.
El problema no es solamente económico. El ascenso determina jerarquía, autoridad funcional, posibilidades de destino, carrera previsional y reconocimiento profesional.
Cuando el Estado demora estos actos, obliga al trabajador policial a soportar durante meses —y en ocasiones durante años— las consecuencias de una burocracia que no controla.
Modificación de cargos y presupuesto
Para hacer efectivas las promociones, el decreto modifica la planta permanente del Ministerio de Justicia y Seguridad.
La planilla presupuestaria contempla la ampliación y reducción de cargos correspondientes a las distintas jerarquías, como parte del movimiento administrativo necesario para adecuar la estructura policial a los nuevos grados.
Entre otros cambios, se incorporan cargos de director general, director, subdirector, comisario supervisor, comisario, subcomisario, inspector y subinspector, mientras se reducen cargos inferiores que quedan vacantes como consecuencia de las promociones.
La documentación estima una ampliación presupuestaria superior a los 1.743 millones de pesos y una reducción de aproximadamente 887 millones, con una diferencia cercana a los 856 millones de pesos.
Ascensos suspendidos por actuaciones en trámite
El decreto también contiene una nómina de personal cuyos ascensos quedaron suspendidos por registrar causas consideradas obstativas.
La medida no implica necesariamente la pérdida definitiva de la promoción. El artículo 4 dispone que esos ascensos permanezcan en suspenso hasta la finalización de las actuaciones administrativas correspondientes.
En estos casos, el problema central será garantizar que la existencia de una investigación no se convierta en una sanción anticipada.
Una actuación en trámite no equivale a una responsabilidad demostrada. Por eso, el Estado deberá resolver esos expedientes en plazos razonables y evitar que la suspensión del ascenso se prolongue indefinidamente.
De otro modo, la demora administrativa puede funcionar como un castigo de hecho, aunque nunca se dicte una resolución condenatoria.
Personal fuera de vacantes o sin requisitos cumplidos
El Anexo D reúne a quienes no fueron promovidos por diferentes motivos.
La documentación incluye casos calificados como fuera de las vacantes disponibles, no aprobados, ausentes, desistidos, inscripciones sin efecto y postulantes que no reunieron alguna de las condiciones exigidas por el concurso.
Cada agente deberá revisar cuidadosamente la causal consignada en su situación particular.
No todas las exclusiones responden al mismo motivo ni producen iguales consecuencias. Algunas derivan del orden de mérito y la cantidad de vacantes; otras, de requisitos administrativos, evaluaciones, ausencias o antecedentes personales.
En consecuencia, cualquier reclamo deberá partir del análisis individual del legajo, la calificación obtenida, el orden de mérito y la causal expresamente incorporada al anexo.
Un reconocimiento esperado, pero tardío
La firma del decreto constituye una noticia esperada por miles de familias policiales.
Formaliza promociones, modifica la estructura jerárquica y habilita el pago de diferencias salariales que permanecían pendientes.
Pero no debería presentarse como una concesión extraordinaria.
El ascenso es parte de la carrera profesional, surge de un concurso y corresponde al personal que cumplió las condiciones establecidas por la propia administración.
La cuestión de fondo sigue siendo la misma: por qué un ascenso correspondiente a enero de 2025 necesitó llegar hasta julio de 2026 para ser reconocido.
Una institución que exige disciplina, disponibilidad y cumplimiento inmediato también debe ofrecer previsibilidad administrativa y respeto por la carrera de sus integrantes.
La jerarquía no se entrega como premio político. Se obtiene mediante antecedentes, capacitación, evaluación y concurso.
El decreto finalmente llegó. Ahora deberán concretarse las notificaciones, la actualización de los legajos y la liquidación efectiva de las diferencias salariales, sin nuevas demoras que prolonguen un trámite que ya acumuló demasiado tiempo.
(*) Periodista. Corresponsal en Santa Fe.
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