El martes se conocerá el fallo en el juicio a los policías de Roldán: la defensa espera una absolución

El martes se conocerá el fallo en el juicio a los policías de Roldán: la defensa espera una absolución

El juez Mariano Aliau dará a conocer el próximo martes el veredicto en el juicio contra Lautaro Álvarez y Ezequiel Ricardo Puntano, los dos expolicías del Comando Radioeléctrico de Roldán acusados de abuso sexual. Luego de la producción de la prueba y de los alegatos de clausura, la defensa manifestó su expectativa de que ambos imputados sean absueltos.

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La fiscal Mariela Gusso solicitó una pena de doce años de prisión para cada uno de los acusados. El abogado defensor Martín Mazzeo, en cambio, sostuvo que las pruebas incorporadas durante el debate no permitieron demostrar la existencia del hecho en las circunstancias planteadas por la acusación y que, por el contrario, surgieron elementos objetivos incompatibles con la hipótesis fiscal.

El eje principal de la defensa estuvo colocado en los registros del sistema de posicionamiento satelital del patrullero, en la reconstrucción de los movimientos del móvil durante la madrugada investigada y en las distintas versiones que habrían aparecido a lo largo del proceso.

El GPS como elemento central

De acuerdo con la reconstrucción presentada durante el juicio, el móvil policial permaneció en la base del Comando Radioeléctrico de Roldán entre aproximadamente las 3 y las 3.16 de la madrugada. Posteriormente salió en dirección a la zona de Tierra de Sueños y, pocos minutos después, los agentes encontraron a la adolescente.

El registro satelital habría determinado que el patrullero permaneció detenido junto a la menor durante 234 segundos, es decir, tres minutos y 54 segundos.

La defensa sostuvo que dentro de ese lapso deben contabilizarse el frenado y aseguramiento del vehículo, la aproximación a la adolescente, la conversación destinada a contenerla, una comunicación telefónica con la superiora de turno, la reorganización del interior del móvil y las maniobras necesarias para retomar la marcha.

Mazzeo calificó esa secuencia como una “imposibilidad matemática”, al considerar que el tiempo disponible no permitiría incluir además el abuso denunciado.

El tribunal deberá determinar el grado de precisión de esos registros, su correspondencia con los lugares señalados y el valor que deben tener frente al resto de las pruebas.

Un testimonio confrontado con los registros

Durante la última jornada declaró personal de la Guardia Urbana de Roldán. Uno de los testigos afirmó que, durante la madrugada en la que se buscaba a la adolescente, habría detenido un móvil policial para informarles a sus ocupantes que la menor estaba desaparecida y mostrarles una fotografía.

El testigo señaló además que los policías con los que habría hablado tenían características físicas similares a los acusados.

Sin embargo, la defensa afirmó que esa versión no coincide con el recorrido registrado por el GPS. Según Mazzeo, en el horario en el que presuntamente se habría producido el encuentro, el patrullero de los acusados se encontraba detenido en la base policial y luego circuló hacia el lugar donde fue encontrada la adolescente.

El abogado sostuvo en su alegato que el móvil nunca permaneció detenido durante cinco o diez minutos en la intersección mencionada por los agentes municipales y que, por lo tanto, el encuentro no pudo haber ocurrido con Álvarez y Puntano en los términos relatados.

La eventual existencia de contradicciones o de un posible falso testimonio deberá ser evaluada por el tribunal y, en su caso, por el Ministerio Público de la Acusación. Por el momento, se trata de un planteo realizado por la defensa dentro del juicio.

La declaración de la psicóloga

Otro de los momentos relevantes del debate se produjo durante la declaración de una psicóloga convocada como testigo de la Fiscalía.

Según la reconstrucción expuesta por la defensa, la profesional indicó que la adolescente le habría atribuido el supuesto abuso al acompañante del patrullero y no al conductor.

Este punto resulta significativo porque la acusación habría ubicado la autoría principal en el policía que conducía el móvil.

Mazzeo señaló que la declaración introdujo una nueva divergencia sobre la identidad del presunto autor y sobre la forma en la que se habría desarrollado el episodio. También cuestionó que algunos de los desplazamientos relatados por la adolescente no aparezcan registrados en el sistema satelital.

La valoración de esas diferencias deberá realizarse con especial prudencia. Las variaciones en el relato de una persona menor de edad no prueban automáticamente la falsedad de una denuncia, pero cuando alcanzan aspectos centrales —autor, lugar, vehículo y secuencia temporal— deben ser confrontadas rigurosamente con la evidencia material.

Las distintas versiones

Durante el juicio también se analizaron las distintas descripciones que la adolescente habría brindado sobre lo sucedido.

En un primer momento habría mencionado a varios hombres que circulaban en un automóvil negro. Posteriormente el relato se habría orientado hacia los policías que la encontraron durante la madrugada. Dentro de esa segunda hipótesis también habrían existido diferencias sobre cuál de los dos agentes habría cometido el abuso y sobre el lugar donde presuntamente ocurrió.

La defensa afirmó que las cámaras de seguridad, el GPS del patrullero y las pericias producidas no respaldaron esas secuencias.

A ello agregó la ausencia de rastros biológicos compatibles con los acusados. Según Mazzeo, las pericias genéticas no encontraron ADN de Álvarez ni de Puntano y habrían detectado material compatible con la pareja de la adolescente.

Estos elementos no resuelven por sí solos el caso, pero forman parte del conjunto probatorio que deberá analizar el juez Mariano Aliau antes de dictar su decisión.

La expectativa de la defensa

Finalizados los alegatos, la defensa expresó una expectativa favorable respecto del resultado del proceso.

Mazzeo considera que la acusación no logró superar el estándar de duda razonable exigido para una condena penal. Para el abogado, los registros objetivos, las inconsistencias señaladas y los testimonios producidos durante el debate impiden afirmar con certeza que el hecho haya ocurrido del modo sostenido por la Fiscalía.

La defensa insiste en que no corresponde exigir a los acusados que demuestren su inocencia, sino que es la acusación la que debe probar la responsabilidad penal con evidencia suficiente, coherente y verificable.

El principio de presunción de inocencia no supone ignorar ni desatender una denuncia de abuso sexual. Exige, precisamente, que una acusación de semejante gravedad sea investigada con rigor y que una eventual condena se apoye en pruebas capaces de excluir explicaciones alternativas razonables.

El martes, la decisión

El veredicto será conocido el próximo martes, en un horario que todavía deberá ser confirmado. Se estima que la resolución podría comunicarse después del mediodía.

El juez Mariano Aliau deberá resolver si la prueba presentada por la Fiscalía alcanza para acreditar la responsabilidad penal de los dos acusados o si las contradicciones, los registros del GPS, las pericias biológicas y la reconstrucción temporal impiden arribar a una condena.

Álvarez y Puntano llegan a la instancia final del proceso con un pedido fiscal de doce años de prisión. Su defensa, en cambio, espera que el tribunal considere que la acusación no fue demostrada más allá de toda duda razonable y dicte la absolución de ambos.

El título mantiene la expectativa de absolución sin anticipar el resultado ni presentar como hechos probados los cuestionamientos efectuados por la defensa.

AMPLIAREMOS

(*) Periodista. Corresponsal en Rosario.

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