
Una nueva presentación recibida por APROPOL cuestiona el criterio utilizado para desaprobar a cursantes del Curso de Actualización y/o Perfeccionamiento 2027 en la materia Tiro.

El reclamo sostiene que se habrían considerado únicamente los resultados de la última práctica, pese a existir evaluaciones anteriores aprobadas con calificaciones altas, y advierte que la asignatura no tendría instancia de recuperatorio, lo que podría dejar fuera del curso a varios efectivos después de cuatro meses de capacitación.
Las dificultades denunciadas semanas atrás dentro de la Escuela de Especialidades en Seguridad del ISEP, sede Rosario, sumaron ahora un nuevo capítulo que excede el conflicto particular planteado por una cursante y vuelve a colocar bajo discusión los criterios académicos utilizados en la materia Tiro.
Un efectivo que participa del Curso de Actualización y/o Perfeccionamiento correspondiente al ciclo 2027 se comunicó con APROPOL para señalar que habría quedado fuera de la capacitación luego de desaprobar la última evaluación práctica de tiro, pese a haber obtenido resultados ampliamente satisfactorios en instancias anteriores.
Según su relato, durante la materia a cargo del profesor Bustamante habría rendido previamente dos evaluaciones en las que obtuvo calificaciones de 9 y 10, además de realizar otra práctica de cinco disparos en la que consiguió impactar los cinco. Sin embargo, en la última evaluación, consistente en diez disparos, logró solamente tres impactos y esa instancia habría terminado determinando por sí sola la desaprobación de la materia.

¿Se evaluó todo el proceso o solamente la última tirada?
El planteo del cursante se concentra precisamente en ese punto. Según asegura, inicialmente se les habría informado que la calificación final surgiría de una evaluación conjunta de las distintas actividades realizadas durante el cursado, pero posteriormente habría sido tomado como resultado definitivo únicamente el número de impactos alcanzados durante la última práctica.
De ser así, correspondería establecer cuáles eran exactamente los criterios de evaluación informados previamente, cómo se ponderaban las distintas instancias y si los alumnos conocían con anticipación que una sola práctica podía determinar la aprobación o exclusión del curso.
El efectivo reconoce que su rendimiento en la última tirada fue inferior al registrado anteriormente y atribuye esa situación a problemas personales que afectaron su concentración. Su reclamo, sin embargo, no consiste en solicitar que se ignore esa evaluación, sino en que se considere el proceso completo y exista una instancia que permita recuperar una materia cuya desaprobación tendría como consecuencia quedar fuera de una capacitación desarrollada durante varios meses.
Una materia sin recuperatorio
Otro de los cuestionamientos formulados se refiere a la aparente inexistencia de una instancia de recuperación para Tiro.
Según el testimonio recibido, las materias académicas que se cursan de manera virtual contemplarían recuperatorios, mientras que algunas asignaturas operativas y presenciales no ofrecerían esa posibilidad.
Esa diferencia adquiere especial importancia cuando la desaprobación de una sola materia puede significar la exclusión definitiva del curso.
Los cursantes sostienen que, luego de aproximadamente cuatro meses de capacitación, haber resignado horas adicionales, tiempo familiar y descanso para cumplir con las exigencias del programa, debería existir al menos una instancia objetiva que permita demostrar nuevamente las competencias exigidas antes de disponer una exclusión.
También cuestionan la cantidad de prácticas realizadas
El efectivo señala además que, de las seis clases que inicialmente habrían estado previstas, finalmente se habrían desarrollado solamente tres, circunstancia que también debería ser revisada si la aprobación depende de habilidades prácticas que requieren entrenamiento y repetición.
Según la explicación que habrían recibido, las limitaciones estarían vinculadas con la disponibilidad de cartuchos. Sin embargo, los propios cursantes cuestionan esa justificación y sostienen que debería esclarecerse cómo se administró el material disponible y si la cantidad de prácticas efectivamente realizadas resultó suficiente para garantizar una evaluación equitativa.
No corresponde adelantar conclusiones sobre ese aspecto sin conocer la planificación oficial de la materia, pero sí parece razonable que una capacitación operativa defina con absoluta claridad cuántas prácticas deben realizarse, qué cantidad de munición corresponde utilizar y cuáles son las condiciones mínimas necesarias antes de evaluar definitivamente a un alumno.
El reclamo alcanzaría a varios cursantes
La presentación recibida no describe la situación como un caso exclusivamente individual. Según el efectivo, existirían otros compañeros afectados por el mismo criterio de evaluación y preocupados por la posibilidad de quedar excluidos del curso.
Ese dato, si se confirma, modifica la naturaleza del problema. Ya no se trataría solamente de revisar una calificación particular, sino de establecer si el sistema aplicado fue uniforme, previamente informado y compatible con las reglas académicas vigentes.
También sería necesario conocer cuántos cursantes resultaron desaprobados en Tiro, cuántos quedaron excluidos por esa circunstancia, cuáles fueron sus resultados en las evaluaciones anteriores y si existe algún mecanismo formal de revisión.
Un antecedente reciente en la misma materia
El nuevo reclamo aparece pocos días después de que APROPOL informara sobre la situación de otra cursante que denunció haber sido apartada de distintas prácticas de Tiro luego de un conflicto con un instructor y que aseguraba permanecer sin una definición formal respecto de su continuidad.
Aunque se trata de situaciones diferentes y no corresponde vincularlas automáticamente, ambas tienen un punto en común que merece atención institucional: la materia Tiro vuelve a aparecer como una instancia capaz de definir la permanencia o exclusión de cursantes sin que los mecanismos de evaluación, recuperación y revisión resulten suficientemente claros para quienes participan de la capacitación.
La reiteración de cuestionamientos debería impulsar a las autoridades del ISEP a revisar no solamente los casos particulares, sino también las reglas generales que gobiernan la asignatura.
Evaluar con exigencia también requiere reglas claras
La formación policial puede y debe ser exigente, especialmente en una materia como Tiro, donde están en juego competencias directamente relacionadas con el manejo de armas de fuego y la seguridad de los propios efectivos y de terceros.
Pero precisamente por esa importancia, las evaluaciones necesitan criterios previsibles, objetivos y documentados.
Exigir competencia profesional no significa eliminar mecanismos de recuperación ni convertir una instancia aislada en una decisión definitiva sin considerar el desempeño anterior, salvo que esa condición haya sido claramente establecida desde el comienzo y forme parte de la normativa académica correspondiente.
Los instructores necesitan autoridad para evaluar, pero esa autoridad se fortalece cuando las reglas son conocidas por todos y cuando existe una vía institucional para revisar una calificación controvertida.
Cuatro meses de esfuerzo no deberían terminar sin una respuesta fundada
El cursante que se comunicó con este medio resume su preocupación en un planteo sencillo: después de cuatro meses de capacitación, de resignar adicionales, tiempo familiar y horas de descanso, considera injusto quedar fuera del curso sin tener siquiera la oportunidad de rendir un recuperatorio.
No solicita una aprobación automática ni pretende que se eliminen las exigencias técnicas de la materia. Reclama que se evalúe la totalidad de su desempeño y que exista una instancia adicional para acreditar las capacidades requeridas.
Ante la aparición de varios testimonios en un mismo espacio de formación, corresponde que las autoridades del ISEP expliquen cuáles son los criterios oficiales de evaluación de Tiro, si existe o no derecho a recuperatorio, qué cantidad de prácticas estaban previstas y bajo qué procedimiento puede un cursante cuestionar una calificación que determina su exclusión.
La capacitación policial requiere disciplina y exigencia, pero también necesita reglas transparentes que permitan distinguir con claridad una desaprobación académicamente fundada de una decisión que los propios cursantes puedan percibir como arbitraria.
Otro episodio bajo revisión: un cursante habría sufrido una lesión ocular con una munición de paintball
A los cuestionamientos sobre las evaluaciones de Tiro se suma ahora otro episodio que este medio se encuentra investigando periodísticamente. Según información recibida, un cursante de estos ciclos de perfeccionamiento habría resultado lesionado en uno de sus ojos por el impacto de una munición de paintball, con una afectación que sería de consideración y que mantendría comprometida su visión.
La situación adquiere especial gravedad porque, de acuerdo con los datos aportados hasta el momento, no se habrían realizado las actuaciones administrativas correspondientes para dejar formalmente documentado el hecho, determinar cómo ocurrió, establecer las condiciones de seguridad existentes y deslindar eventuales responsabilidades. Si esta omisión se confirma, ya no estaríamos solamente frente a un accidente dentro de una práctica de capacitación, sino ante una posible falencia institucional en el registro, investigación y seguimiento de un episodio que habría provocado una lesión potencialmente seria.
La denuncia
DENUNCIA ANÓNIMA E IMPUGNACIÓN ADMINISTRATIVA
A LA AUTORIDAD INSTITUCIONAL / DIRECCIÓN DE LA ESCUELA DE ESPECIALIDADES
INSTITUTO DE SEGURIDAD PÚBLICA (ISEP)
I. OBJETO
Por medio del presente escrito, en mi carácter de cursante afectado y haciendo uso del derecho a la reserva de identidad, me presento con el fin de formular DENUNCIA ANÓNIMA en contra del instructor civil de tiro Julián B., por arbitrariedad en la evaluación, trato desmedido e incumplimiento del marco normativo previsto en las Normas de Cursado del Curso de Actualización y Perfeccionamiento – Ciclo 2027 (Resolución E.E.S. N.º 020/2026).
Asimismo, solicito formalmente la revisión de la medida de exclusión/separación del cursado y la consecuente concesión de una instancia de recuperatorio / reevaluación para la práctica operacional/tiro.
II. HECHOS Y FUNDAMENTOS
Irregularidad en la Disposición y Evaluación: Nunca fui notificado/a de la resolución por la cual quedo desafectado/a del cursado por supuestas deficiencias o inasistencia atribuibles a la instrucción a cargo del profesor civil Julián B. La medida aplicada resulta desproporcionada y vulnera los criterios de equidad y razonabilidad administrativa.
Criterio Arbitrario del Instructor: El instructor Julián B. ha demostrado un actuar parcial y carente de flexibilidad formativa, sin considerar las causales justificativas ni dar cumplimiento a las instancias graduadas de aprendizaje. Se deja constancia de un trato inapropiado hacia el personal cursante, perjudicando el desarrollo normal de la carrera profesional y la continuidad pedagógica en la institución.
Vulneración del Derecho a Recuperatorio y Debido Proceso: Conforme al régimen normativo de la Escuela de Especialidades (Punto 5, 7 y 10 de las Normas de Cursado), la reglamentación contempla instancias recuperatorias para las evaluaciones y exámenes integradores. La denegación sistemática de una instancia de recuperación o revisión en la materia a cargo del instructor configura una flagrante violación al debido proceso administrativo y al derecho de defensa del cursante.
III. PETITORIO
Por todo lo expuesto, solicito a las autoridades del Instituto de Seguridad Pública:
Se tome por presentada la presente denuncia anónima contra la actuación e instrucción del profesor civil de tiro Julián B.
Se ordene la suspensión de la medida de separación/exclusión dictada respecto de mi condición de cursante.
Se arbitren los medios necesarios para conceder una fecha y mesa de recuperatorio / evaluación extraordinaria de la práctica de tiro ante un tribunal/instructor imparcial.
Se inicie una revisión administrativa sobre el desempeño del mencionado instructor a fin de evitar futuros perjuicios a otros cursantes.
(*) Periodista. Corresponsal en Rosario.



