
La decisión de morigerar la detención de Lorena Córdoba vuelve a poner en discusión una causa por extorsiones vinculadas con Los Monos.

Pero el episodio tiene un antecedente institucional que no puede quedar al margen: ante la Auditoría General de Gestión del MPA, un fiscal denunció una presunta protección a Córdoba y Mariana Ortigala y habló de un “pacto de impunidad”. Las actuaciones fueron remitidas a la Legislatura; no constituyen una condena ni una conclusión definitiva.
La decisión atribuida al camarista Tomás Orso merece una explicación precisa. Según se informó, rechazó el cese de la prisión preventiva de Córdoba, pero dispuso que permaneciera en su domicilio con una tobillera electrónica. La medida habría quedado sujeta a una revisión en primera instancia, mientras persisten las preguntas sobre su fundamento jurídico y los riesgos procesales que se evaluaron.
Informe fiscal auditor Leandro Mai a la Legislatura by Apropol Noticias
Pero contar esta decisión únicamente como una resolución llamativa deja el caso incompleto. En febrero de 2024, el auditor general de Gestión del Ministerio Público de la Acusación, Leandro Mai, comunicó a la Comisión de Acuerdos de la Legislatura el inicio de un procedimiento de admisibilidad a partir de testimonios sobre el desempeño del fiscal Matías Edery. Entre las actuaciones remitidas estaba la declaración del fiscal Pablo Socca.
Ante la Auditoría, Socca afirmó que existía una presunta “protección institucional” alrededor de Mariana Ortigala y Lorena Córdoba. Según su testimonio, se recibían alertas y denuncias que no derivaban en investigaciones efectivas. Llegó a resumir ese vínculo como un “pacto de impunidad”. La declaración forma parte de un expediente oficial; no es, por sí misma, una decisión que pruebe las responsabilidades denunciadas.
Socca también relató que, en junio de 2023, Luis Schiappa Pietra habría pedido la causa por las extorsiones al dueño de la agencia El Califa a la unidad que la investigaba. Dijo que su equipo había ofrecido información para que se investigara al empresario por su presunta relación con el juego clandestino y que Schiappa Pietra no habría querido asumir el caso. Socca interpretó que podían buscar frenar la causa o paralizar una investigación sobre Ortigala. El pedido y el relato constan en su declaración; la finalidad que le atribuyó fue una inferencia suya.
El informe incorpora además el testimonio del fiscal Miguel Moreno, quien cuestionó el tratamiento procesal que habrían recibido personas del entorno de Ortigala frente a otros imputados. Son denuncias graves, presentadas ante el organismo de control del propio MPA y comunicadas a la Legislatura. El documento, sin embargo, no es una resolución final: dispone iniciar un procedimiento de admisibilidad y no declara culpables a los fiscales mencionados.
Este antecedente no demuestra que la decisión de Orso tenga como propósito proteger a Edery o a Schiappa Pietra. La domiciliaria fue dispuesta por un camarista y las denuncias del informe se refieren a actuaciones fiscales. Pero esa diferencia de planos no justifica ocultar el contexto: obliga a precisar qué se sabe, qué se denunció y qué sigue sin esclarecerse.
La pregunta sobre la cautelar es concreta: ¿qué razones justifican que Córdoba salga de la cárcel y permanezca en su domicilio? La pregunta institucional también lo es: ¿qué respuesta tuvieron las denuncias sobre el posible trato privilegiado a Córdoba y Ortigala, y qué ocurrió con las actuaciones remitidas a la Legislatura?
Hay, además, un contraste que no puede soslayarse: decenas de policías santafesinos permanecen detenidos preventivamente por hechos de menor gravedad y, aun así, se les niega la posibilidad de cumplir la medida en sus domicilios. Para muchos de ellos, la prisión preventiva parece prolongarse “por las dudas”, mientras en este caso se dispone una morigeración para una imputada en una causa de extorsiones. La comparación no reemplaza el análisis particular de cada expediente, pero obliga a preguntar si se aplica la misma vara cautelar a todos. Si existen razones para conceder este trato a Córdoba, también deben explicarse las razones por las que se lo niega a tantos policías en situaciones menos gravosas. La igualdad ante la ley exige criterios claros y decisiones fundadas, no respuestas que cambien según quién esté imputado.
Cuando se informa sobre una medida judicial de esta gravedad sin reconstruir las denuncias previas que involucran a las mismas personas, el público recibe una imagen recortada. No alcanza con presentar la domiciliaria como una rareza procesal: hay que explicar por qué esta decisión se adopta en un caso atravesado por acusaciones de protección institucional que todavía esperan respuestas.
(*) Periodista. Corresponsal en Rosario.

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