No alcanza con decir «estudien la Constitución»: la reforma también debe pasar el examen convencional

No alcanza con decir «estudien la Constitución»: la reforma también debe pasar el examen convencional

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Penalistas, colegios de abogados, defensa pública, integrantes de la Corte, organizaciones de derechos humanos y sectores políticos expresaron reparos al paquete de seguridad. Desde APROPOL advertimos, además, que ampliar las facultades policiales sin fortalecer la protección de quienes deben ejercerlas puede convertir al trabajador en el fusible de decisiones tomadas por otros.

La frase del gobernador Maximiliano Pullaro —«Que estudien la Constitución»— pretende cerrar una discusión que, por su gravedad, recién empieza. Quienes cuestionamos la reforma no lo hacemos porque rechacemos la seguridad, la investigación penal o los derechos de las víctimas. Lo hacemos porque ninguna urgencia habilita al Estado a debilitar las garantías que limitan su propio poder.

El sistema penal no está concebido para que el Estado castigue sin freno. En una democracia constitucional, su función comprende investigar y sancionar los delitos, pero también poner límites a la actividad punitiva estatal. Las garantías procesales no son concesiones al delito: impiden que la sospecha se convierta por sí sola en castigo, que la fuerza pública actúe sin reglas y que una persona quede a merced de decisiones sin control. El poder estatal puede ser necesario para proteger a la sociedad, pero debe ejercerse conforme a la ley, con defensa y con revisión judicial cuando están en juego derechos fundamentales.

No es una objeción aislada ni una reacción corporativa. Durante el debate legislativo expresaron reparos integrantes de la Corte Suprema provincial, el Ministerio Público de la Defensa, colegios de abogados de Rosario y Santa Fe, la Asociación de Abogados Penalistas de Rosario, especialistas universitarios, organizaciones de derechos humanos y entidades vecinales. También hubo legisladores que advirtieron sobre posibles afectaciones a derechos y garantías. El Ministerio Público de la Defensa presentó, además, un documento institucional basado en la Constitución, los tratados de derechos humanos y la jurisprudencia aplicable.

No todos esos sectores sostienen exactamente los mismos argumentos ni objetan cada artículo por igual. Pero sus planteos coinciden en algo esencial: el paquete debe examinarse con rigor allí donde amplía facultades policiales y fiscales, modifica los controles judiciales o puede afectar el ejercicio efectivo de la defensa. Entre los puntos que despertaron cuestionamientos figuran las declaraciones en las primeras etapas de una investigación, ciertos allanamientos sin orden judicial previa y la creación de zonas de intervención policial especial. El oficialismo anticipó cambios al texto, lo que vuelve todavía más necesario discutir con claridad qué versión se somete a votación y cuáles serán sus límites.

Llamar «garantismo bobo» a quienes plantean estas objeciones no responde a sus argumentos. Tampoco demuestra que una norma sea constitucional. La discusión no se resuelve atribuyendo intenciones a penalistas, jueces, defensores, docentes o entidades civiles, ni sugiriendo que defender garantías equivale a proteger delincuentes. En una democracia, cuestionar el alcance del poder estatal forma parte del debate público y obliga a quienes legislan a explicar cómo evitarán arbitrariedades y qué mecanismos de control estarán disponibles.

Las garantías no son un obstáculo para investigar: son las reglas que permiten distinguir una investigación legítima de una intervención abusiva y una prueba válida de una obtenida con vulneración de derechos. Si una herramienta se aplica sin límites precisos o con controles insuficientes, puede perjudicar a la persona investigada, debilitar el proceso y comprometer el trabajo de los propios agentes que ejecuten la orden. Una ley que promete celeridad, pero deja zonas de incertidumbre sobre quién decide, quién controla y cómo se revisa lo actuado, no necesariamente fortalece la seguridad. Puede multiplicar conflictos, impugnaciones y responsabilidades.

Hay también una dimensión que suele quedar fuera de la discusión: la situación de los policías. Una reforma que amplía su intervención no puede medir su éxito solamente por las facultades que les concede. Debe considerar la capacitación, los protocolos, los recursos materiales, la protección jurídica y el respaldo institucional que recibirán al aplicar esas normas. Desde APROPOL sostenemos que aumentar la exposición de los agentes sin una protección equivalente los coloca en el lugar de fusibles de decisiones políticas y jurídicas adoptadas en otros niveles. No es una defensa corporativa ni un pedido de impunidad; es exigir reciprocidad institucional y reglas claras para quienes deben actuar en nombre del Estado.

La Constitución Nacional tampoco es la única fuente que debe orientar este análisis. El artículo 75, inciso 22, otorga jerarquía constitucional a tratados de derechos humanos como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención contra la Tortura, entre otros. Esos instrumentos complementan los derechos y garantías reconocidos en la Constitución Nacional. La Corte Interamericana, además, ha desarrollado el deber de ejercer control de convencionalidad dentro de las competencias de cada autoridad estatal.

Por eso, al gobernador le decimos: no alcanza con pedir que estudien la Constitución. También debería estudiarse muy especialmente el campo convencional de los derechos humanos, en particular los tratados que tienen jerarquía constitucional en nuestro país. La seguridad pública necesita herramientas, pero también límites, controles y trabajadores protegidos por la ley. Una reforma sólida debe poder responder a esas exigencias sin descalificar a quienes las ponen sobre la mesa.

 

“Quien quiera oír que oiga”

(*) Periodista. Ex oficial de la PSF. Licenciado en Seguridad Pública y Ciudadana (Universidad Nacional de Chaco Austral -. UNCAUs). Autor de los  libros Doctrina de la Sospecha Permanente(DSP),  «La Teoría del Foco y la Vara» (FyV), «El Principio de Reciprocidad Institucional» (PRI) ,«Gobernar mediante la sospecha», «Ciudadanía de Segunda Clase (CSC)» , ¿En nombre del odio?, «La Masacre de Rosario» y ¿Quién protege al que protege?

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