Declaran inconstitucionales dos artículos clave de la Ley 14.283.
Por Alberto Martínez (*)
En un fallo que podría sentar un precedente trascendental, el Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral de la 9na Nominación de Rosario declaró la inconstitucionalidad de los artículos 2 y 10 de la Ley 14.283, la norma que modificó el régimen jubilatorio en la provincia de Santa Fe. La sentencia fue dictada en el marco del expediente “González Silvia Susana c/ Provincia de Santa Fe y otros s/ Amparo”.
¿Qué dice el fallo?
La resolución judicial sostiene que las modificaciones impuestas por la ley violan derechos constitucionales, afectando la propiedad previsional, el principio de progresividad y el derecho a un haber jubilatorio justo y digno, tal como lo establecen la Constitución Nacional, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
¿Qué artículos se cuestionan?
-
Artículo 2: Postergaba el reconocimiento de aumentos salariales hasta el dictado de actos administrativos específicos, lo que en la práctica afectaba el principio de movilidad y actualizaciones en tiempo y forma.
-
Artículo 10: Imponía un “aporte solidario” a jubilados que percibieran determinados haberes, sin considerar criterios de razonabilidad ni proporcionalidad.
Ambos artículos fueron tachados de inconstitucionales por el tribunal, que ordenó restituir a la actora sus derechos previsionales sin los recortes establecidos.
Un fallo que se inscribe en una lucha más amplia
Este fallo no es aislado. Se suma a una creciente oleada de litigios iniciados por docentes, trabajadores de salud, policías retirados y agentes estatales, quienes vienen denunciando que la reforma jubilatoria fue implementada sin consenso, sin información clara, y con un claro sesgo de ajuste fiscal sobre los más vulnerables: los jubilados.
La abogada patrocinante, Dra. Milva Sánchez, ha señalado en declaraciones públicas que este tipo de medidas «violan los pactos internacionales con jerarquía constitucional, y transforman el derecho a la jubilación en una variable de ajuste político-económico.»
¿Qué significa este fallo?
-
Sienta un precedente legal directo.
-
Abre la puerta a nuevas acciones judiciales individuales y colectivas.
-
Debilita el discurso oficial de “sistema sustentable” que encubre recortes.
-
Refuerza la necesidad de un sistema previsional justo, solidario y constitucionalmente protegido.
Cronología de fallos contra la Ley 14.283
Fecha | Causa | Tribunal | Resolución |
---|---|---|---|
30/12/2024 | Baliche | Cámara Laboral Rosario – Sala I | Se declara inconstitucional el art. 2 – aporte solidario |
28/02/2025 | Baracat | Cámara Laboral Rosario – Sala I | Idem |
05/03/2025 | Netri | Cámara Laboral Rosario – Sala I | Se cuestiona también el art. 10 – postergación aumentos |
17/03/2025 | Bejer | Cámara Laboral Rosario – Sala I | Fallo favorable – se ordena restitución |
21/04/2025 | Perull | Juzgado Laboral 10ma Rosario | Declara inconstitucional arts. 2 y 10 – fuerte respaldo |
21/04/2025 | Fernández Bibiana | Juzgado Laboral 1ra Rosario | Fallo favorable completo – principio de regresividad afectado. |
Art. 2 = Aporte solidario / Art. 10 = Postergación aumentos (Fuente: Análisis de sentencias judiciales – / APROPOL / FASIPP)
Desde APROPOL, FASIPP y todos los espacios que luchamos por los derechos de los trabajadores —activos y retirados— celebramos este avance. Y seguimos de pie: porque los derechos no se negocian, se defienden.
El Fallo
Fallo “González Silvia Susana c/ Provincia de Santa Fe y otros s/ Amparo”. by Apropol Noticias
Notas relacionadas
ROSARIO: Habló la abogada que patrocinó a las docentes contra la imposición del «aporte solidario»
¡Quien quiera oir que oiga!
(*) Periodista. Licenciado en Seguridad Pública. Especialista en seguridad y derechos laborales de los trabajadores policiales y penitenciarios.
Facebook: Temática Seguridad
Llinkedin: Martínez Alberto Rubén
Web: Temática Seguridad (Blogspot)
APROPOL Noticias